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Estar ausente del trabajo debido al servicio militar

Pregunta

Necesito faltar al trabajo debido a notificación militar u otras notificaciones. ¿Está seguro mi trabajo civil?

Respuesta

Sí. La ley de derechos de empleo y reempleo de los servicios uniformados (USERRA) protege los empleos de las personas que dejan sus trabajos para la notificación militar. USERRA también impide que los empleadores discriminen contra ellos.

¿Estoy cubierto?

Las siguientes personas están protegidas en virtud de USERRA:

  • Personas que solicitan ser miembros de los servicios uniformados, 
  • Veteranos, y  
  • Los miembros de los componentes activos y de reserva de los servicios armados, incluidas las personas en:
    • servicio activo,
    • servicio activo para formación,
    • servicio activo inicial para capacitación,
    • entrenamiento en servicio inactivo, y
    • servicio de tiempo completo en la Guardia Nacional.

Usted no está cubierto si deja el servicio uniformado con una liberación deshonrosa o por mala conducta.

¿Cuáles son mis derechos y beneficios en virtud de USERRA?

Derechos de reempleo

Usted tiene derecho a ser reempleado. Esto significa que le devuelvan su trabajo. Las siguientes condiciones deben cumplirse para que usted tenga este derecho:

  • usted le dio a su empleador un aviso anticipado de su notificación,
  • Usted estuvo ausente por cinco años o menos, y
  • Usted solicitó un nuevo empleo rápidamente después de su notificación.

Derecho a estar libre de discriminación y represalias

Un empleador no puede negarle ninguna de las siguientes notificaciones debido a su notificación:

  • Contratarle,
  • Devolviéndole su trabajo,
  • Permitiéndole mantener su trabajo,
  • Otorgarle un ascenso, o
  • Brindarle cualquier beneficio laboral.

Beneficios en virtud de USERRA

Cuando regrese a su trabajo, su empleador debe otorgarle ciertos beneficios, incluyendo:

  • Contando su licencia militar para el estado de antigüedad,
  • No despedirlo sin una razón durante al menos 180 días después de que regrese al trabajo (o un año para implementaciones más largas), y 
  • Volver a capacitarlo si no puede regresar a su trabajo original. Su empleador debe tratar de ayudarlo a calificar para un puesto. 

Cobertura de seguro médico

Si usted y sus dependientes tienen cobertura en virtud de el plan de salud de su empleador y dejan su trabajo para hacer el servicio militar, tienen derecho a mantener su notificación hasta por 24 meses.

Incluso si no mantiene su cobertura durante su servicio, tiene derecho a que se reinicie inmediatamente cuando regrese a su trabajo.

¿Qué pasa si se violan mis derechos?

Si cree que su empleador ha violado sus derechos en virtud de USERRA, puede elegir uno de dos procesos diferentes:

Presentar ante el Departamento de Trabajo

Puede presentar una queja ante el Departamento de Trabajo de EE. UU., Servicio de Empleo y Capacitación para Veteranos (VETS).

Para obtener asistencia en la presentación de una queja, o para cualquier otra información sobre USERRA, comuníquese con VETS al 1-866-4-USA-DOL o visite el sitio web de VETS aquí. Puede ver las instrucciones sobre cómo presentar una queja aquí.

Ir a la corte

Si presenta una queja ante VETS y no pueden resolverla, puede solicitar que su caso sea referido al Departamento de Justicia o a la Oficina del Asesor Legal Especial de EE. UU. para su representación.

También puede omitir el proceso de VETS y contratar a un abogado para presentar una demanda contra un empleador por violaciones de la Ley de Reempleo de los Servicios Uniformados (USERRA). 

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
18 de junio de 2024
Última revisión por parte del personal
20 de junio de 2024

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