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Requisito de registro para no ciudadanos

El Requisito de Registro de Extranjeros es una nueva política que exige a ciertos inmigrantes no ciudadanos registrarse en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) a partir del 11 de abril de 2025.

¿Qué es el registro?

A principios de 2025 la Administración Trump anunció que algunos inmigrantes deberán registrarse en línea y proporcionar sus huellas dactilares al Departamento de Seguridad (DHS) en virtud de el nuevo "Requisito de Registro de Extranjeros".

El nuevo requisito comenzará el 11 de abril de 2025. No todos los no ciudadanos deben registrarse a través de este proceso. Muchos no ciudadanos ya son considerados registrados.

Una vez que las reglas de registro entren en vigor, las personas que no son ciudadanos tienen 30 días para registrarse. No registrarse puede resultar en sanciones penales y/o multas. Las personas que no son ciudadanos deben consultar con un abogado de inmigración de confianza o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) para obtener más orientación sobre el registro y sus posibles consecuencias. 

Según este requisito, ¿quién necesita registrarse?

En virtud de el nuevo requisito, los principales grupos de inmigrantes no ciudadanos que deben registrarse utilizando el nuevo proceso establecido por el DHS son:

  • Todos los no ciudadanos mayores de 14 años que permanezcan en los Estados Unidos durante 30 días o más y que no hayan sido previamente tomados de huellas dactilares por el DHS (como al ingresar o a través de una solicitud de beneficios), deben registrarse. Los niños que cumplen 14 años deben registrarse y presentar huellas dactilares dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños número 14, incluso si se registraron previamente antes de los 14 años.
  • Las personas no ciudadanas que ingresaron sin ser inspeccionadas por un oficial de inmigración, que no han sido encontradas por el DHS, o que no tienen autorización para trabajar.
  • Los no ciudadanos que ingresaron sin ser inspeccionados por un oficial de inmigración y han solicitado ciertos beneficios (incluyendo asilo y estado de protección temporal) pero no tienen documentos de autorización de empleo (permiso de trabajo) o que no se les ha emitido un aviso de comparecencia (el documento que se emite para comenzar los procedimientos de remoción)
  • Ciudadanos canadienses que ingresaron por última vez a los EE. UU. sin recibir un Formulario I-94 

¿Quién se considera ya registrado? 

Se consideran registrados los siguientes grupos (no es una lista completa):  

  • Titulares de la tarjeta verde (Residentes Permanentes Legales)
  • Personas a las que se les concedió la libertad condicional, incluida la libertad condicional anticipada (incluso si ha expirado)
  • Personas que llegaron a los EE. UU. con una visa de no inmigrante o de inmigrante (incluso si está vencida)
  • Personas que ya están en procesos de remoción o deportación de inmigración
  • Personas a las que se les otorgó autorización de empleo por cualquier motivo (incluso si está caducada)
  • Refugiados
  • Personas que tienen tarjetas de cruce fronterizo o que ingresaron a los EE. UU. como "tripulantes"
  • Personas que solicitaron la residencia permanente legal (incluso si la solicitud fue denegada)
  • Personas que solicitaron TPS o estatus de asilo

Las personas que hayan solicitado ciertos beneficios y hayan presentado huellas dactilares también pueden considerarse registradas, incluso si la solicitud fue denegada. Sin embargo, esta determinación no siempre es sencilla. Lo mejor es hablar con un abogado o un grupo de ayuda legal para entender cómo se aplican las reglas a su caso.

¿Cuándo inicia este requisito de registro? 

El requisito comenzará el 11 de abril de 2025. Es importante mantenerse al día sobre la implementación y cualquier cambio.

¿Qué podría suceder si se registra? 

Es importante ser honesto cuando usted se registra. Proporcionar información falsa, como usar un nombre falso o mentir sobre su historial migratorio, puede tener consecuencias graves. Para las personas que no son ciudadanos, esto podría significar ser sometidos a un proceso de remoción o enfrentar cargos penales. Los ciudadanos de Estados Unidos podrían enfrentar cargos penales. 

Si usted es indocumentado, registrarse podría llevar a un proceso de deportación ante un juez de inmigración. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) podría enviarle una carta pidiéndole que se presente en una oficina, donde pueden detenerlo o iniciar los procedimientos de remoción. Si no puede demostrar que ha estado en los EE. UU. durante más de dos años, podría enfrentar una remoción acelerada, un proceso de deportación acelerada sin audiencia ante un juez a menos que tenga un temor creíble de tortura o persecución.  

Si ha estado involucrado en un delito, registrarse podría dar lugar a responsabilidad penal o autoincriminación. El registro le pide que comparta si ha hecho algo ilegal, como usar drogas u otros delitos, incluso si nunca fue arrestado o condenado. Si cree que puede haber hecho algo que podría considerarse un delito, hable con un abogado antes de registrarse.

Es importante hablar con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) antes de registrarse para entender sus derechos. 

¿Qué podría suceder si no se registra? 

Si no se registra, podría enfrentar cargos criminales. Esto puede suceder si tiene contacto con la aplicación de la ley como ICE y ven que no se ha registrado. 

No registrarse también podría afectar sus futuras solicitudes de inmigración. Los beneficios de inmigración son a discreción. Esto significa que el gobierno puede decidir aprobar o denegar su solicitud según su historial. Si no se registra, podría utilizarse en su contra más adelante. 

¿Cuáles son las penalizaciones relacionadas con este requisito?

Las sanciones varían según la infracción, con multas de hasta $5,000, tiempo en la cárcel, o ambas para algunos delitos:  

  • Falta de registro intencional: Se puede imponer una multa de hasta $ 5,000 y / o hasta seis meses de cárcel a cualquier persona que intencionalmente no se registre, o a los padres y tutores que intencionalmente no registren a su hijo menor de 14 años.
  • No llevar comprobantes de registro: multa de hasta $5,000 y/o hasta 30 días de cárcel.
  • No actualizar su dirección con USCIS (un formulario separado que puede presentar en línea) dentro de diez días: hasta una multa de $200 y/o 30 días en cárcel.

El fraude en el proceso de registro, como proporcionar información falsa, ya sea como ciudadano estadounidense o no ciudadano, también podría acarrear consecuencias penales. 

¿Necesito llevar documentos para probar que me registré? 

Sí, debe llevar comprobantes de registro. Existen diferentes formas de comprobantes en función de lo que lo considera registrado (por ejemplo, un aviso de comparecencia ante la corte, una tarjeta de autorización de trabajo, comprobantes de que tiene una solicitud de residencia permanente). 

Una vez que se registre a través de este proceso en línea y haya completado sus huellas dactilares en un Centro de Apoyo de Solicitudes de USCIS, USCIS le emitirá un certificado de "Comprobantes de Registro de Extranjero" que se encuentra en su cuenta en línea. Este documento debe llevarlo consigo como comprobante de que se ha registrado. 

Muchos no ciudadanos en los Estados Unidos ya tienen un documento que sirve como comprobantes de registro como: 

  • I-94 Registro de llegada y salida
  • I-485 Solicitud de Aviso de Recepción de Residente Permanente
  • I-590 Registro para el estado de refugiado
  • Tarjeta de Residencia (I-551)
  • Documento de Autorización de Empleo (EAD) (I-766)
  • Aviso de comparecencia (I-862)
  • Tarjeta de cruce fronterizo (I-185, I-186) 

Incluso si lleva estos comprobantes, recuerde que tiene derecho a permanecer en silencio y a hablar con un abogado si lo detienen o lo arrestan. Obtenga más información sobre qué documentos pueden servir como prueba de registro.

Obtener una consulta legal 

Si tiene preguntas sobre el registro y cómo puede afectarle, consulte a un abogado de inmigración o a un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) que pueda asesorarle sobre sus derechos y cualquier riesgo legal potencial. 

Si corre el riesgo de ser sometido a un proceso de remoción, un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ puede ayudarle a entender las opciones que tiene para luchar su caso y quedarse en los EE. UU. Por ejemplo, si ha estado aquí durante más de diez años, podría ser elegible para la cancelación de remoción basada en dificultades para ciertos ciudadanos estadounidenses o miembros de la familia de residentes permanentes legales. 

No hay costo para registrarse. El único lugar donde puede registrarse es a través del sitio web oficial de USCIS. No pague a nadie para que le ayude a registrarse. En su lugar, busque una consulta legal con un abogado de inmigración de confianza o un representante acreditado por el Departamento de Justicia. 

Las opciones de ayuda legal sin costo o de bajo costo incluyen: 

recursos adicionales 

Para obtener más información sobre sus derechos relacionados con esta política, visite el Centro Nacional de Recursos de Inmigración.  Manténgase al día con la guía de recursos de inmigración para defensores en 2025.
 

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
11 de abril de 2025
Última revisión por parte del personal
07 de julio de 2025

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