Corte y audiencias
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
Hay tarifas para presentar la mayoría de los documentos en la corte. También hay honorarios para notificar un caso en la corte. Estas tarifas varían de un condado a otro.
Si no puede pagar las tarifas, puede solicitar que se le eximan de ellas. Este artículo explica el proceso para que se le eximan las cuotas de la corte.
Para completar una Solicitud de Renuncia de Cuotas de la Corte, usted deberá proporcionar información sobre:
- Sus ingresos en el último mes y en el último año,
- Su propiedad,
- Sus gastos mensuales, y
- El número de personas que viven con usted y dependen de su apoyo financiero.
Si recibe beneficios públicos, no tiene que completar información sobre su dinero o propiedad. Los beneficios públicos incluyen:
- SSI,
- Asistencia General,
- SNAP o
- TANF.
Complete los siguientes formularios:
- Solicitud de Renuncia de Cuotas de la Corte: Este formulario contiene información sobre usted, su dinero, propiedad y deudas.
- Orden de Renuncia de Cuotas de la Corte: Este es el formulario que el juez llenará cuando se tome una decisión.
Puede utilizar nuestro programa para:
- Ayudarle a completar los formularios, o
- Imprima una copia de la solicitud y la orden y llénelas a mano.
Haga una copia de la Solicitud de Exención de Cuotas Judiciales y de la Orden de Exención de Cuotas Judiciales.
No es necesario que su exención de cuotas se presente en persona. Se puede presentar electrónicamente, enviar por correo o a través de otros medios permitidos por su corte local. Obtenga más información sobre la presentación electrónica aquí.
A veces, la corte requiere una audiencia para una exención de tarifas si hay un problema de hecho. La corte le informará sobre esta audiencia por correo electrónico si aceptó recibir correos electrónicos de la corte. O lo enviarán por correo a su dirección.
Si la corte programa una audiencia para su caso, usted recibirá la fecha y la hora de la audiencia por teléfono o videoconferencia. Deberá asegurarse de tener la fecha, la hora y la forma correctas de comparecer para su audiencia. Es probable que la corte también le pida que presente documentos específicos para que el juez pueda tomar su decisión. Si no está seguro de cómo presentar esos documentos, puede comunicarse con el secretario del circuito.
Si ha presentado una solicitud de renuncia de honorarios para un caso penal, la corte tiene que celebrar su audiencia en un plazo de 5-10 días hábiles.
¿Qué está buscando el juez en la audiencia?
Si califica para un beneficio público, entonces debería calificar automáticamente para una renuncia total de honorarios. Los beneficios públicos incluyen:
- Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI),
- Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP), o
- Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF.
Sin embargo, la corte puede tener preguntas sobre su estado de beneficio público, por lo que puede programar una audiencia. Por ejemplo, la corte puede tener preguntas si usted recibió beneficios públicos, pero no recertificó esos beneficios.
Si no tiene beneficios públicos o sus ingresos son más altos que el Nivel Federal de Pobreza, la corte aún puede otorgarle una renuncia completa a los honorarios. Sin embargo, la corte utiliza otra información para tomar esa decisión. Otra información puede incluir un desglose de sus gastos mensuales o documentos de respaldo que demuestren que el pago de los honorarios de presentación le causaría dificultades sustanciales. Dicho esto, la corte puede programar una audiencia para hacer preguntas fácticas sobre su situación.
Es importante tener en cuenta que las siguientes cosas no lo descalifican automáticamente para obtener una renuncia de honorarios:
- Tener un trabajo. Los niveles de pobreza federales cambian cuando se considera cuántas personas está usted apoyando.
- Tener un abogado. Puede tener un abogado voluntario o un abogado pagado por alguien que no sea usted.
- Ser propietario de una vivienda. Es posible que esté atrasado en los pagos de su vivienda, lo cual es algo que el juez considerará.
En la audiencia, usted deberá responder a las preguntas con sinceridad sobre su solicitud.
Un juez revisará su solicitud de renuncia de cuotas de corte y tomará una decisión. Esto podría tardar hasta 2 semanas. Pregunte al secretario del circuito cuánto tiempo suele tardar.
Si agregó una dirección de correo electrónico a sus formularios de la corte, la corte puede comunicarse con usted a esa dirección. Asegúrese de revisar su correo electrónico cada día.
Una vez que el juez tome una decisión, firmará la orden de renuncia de cuotas de la corte. Si se aprueba, este es el documento que le permite presentar documentos ante la corte sin costo.
Aprobado para la renuncia total
Obtendrá una renuncia completa (100%) si:
- Usted recibe un beneficio público basado en el ingreso,
- Sus ingresos son el 125% de los niveles de pobreza federal o menos, o
- El juez decide que tener que pagar sería una carga sustancial para usted.
Para ver cuántos honorarios de renuncia es elegible, puede consultar los umbrales de ingreso mensuales y anuales de las cortes de Illinois. Puede leer las Pautas del Poder Judicial de Illinois para un análisis más detallado de cómo la corte decide aplicar la exención de honorarios.
Si el juez aprueba su solicitud, no tendrá que pagar por:
- Presentar documentos de la corte, como una queja, comparecencia, mociones y otros documentos,
- Entregar sus documentos de la corte a las otras partes,
- Asistir a programas obligatorios como mediación, arbitraje, consejería, evaluación, Focus on the Family o programas similares,
- Un traductor o tutor ad litem, y
- Documentos certificados de la corte o transcripciones de los procedimientos de la corte por el secretario.
Lleve consigo una copia de la orden del juez que aprueba su solicitud. Deberá mostrar la orden al secretario del circuito.
Aprobado para la renuncia parcial de un caso civil
Obtendrá una renuncia parcial de honorarios para un caso civil si sus ingresos son el 200% de los niveles federales de pobreza o menos:
Ingresos | % de renuncia |
125%-150% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 75% de las tarifas |
150%-175% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 50% de las tarifas |
175%-200% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 25% de las tarifas |
Aprobado para la renuncia parcial de un caso penal
Obtendrá una renuncia parcial de honorarios para su caso penal si sus ingresos son el 400% de los niveles federales de pobreza o menos:
Ingresos | % de renuncia |
200%-250% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 75% de las tarifas |
250%-300% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 50% de las tarifas |
300%-400% del nivel federal de pobreza (FPL) | Exención del 25% de las tarifas |
Denegado
Si su solicitud ha sido denegada, la corte puede ordenar una de cuatro cosas:
- Es posible que le permita pagar en un momento posterior,
- Puede permitirle realizar pagos en cuotas,
- Puede permitirle realizar pagos bajo otros términos y condiciones que sean específicos de su situación, o
- Puede ordenarle que pague todos los costos de la corte.
En cualquier caso, usted debe estar preparado para pagar todos los costos de la corte. Puede pagar en efectivo o por orden. En la mayoría de los condados, el secretario no aceptará cheques personales. Algunos condados también le permitirán pagar sus tarifas con tarjeta de crédito o débito o en línea. Para saber cómo puede pagar sus tarifas, pregunte al secretario del circuito.
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.