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Reclamar personas a cargo y pagar impuestos por ellos

Para fines de impuestos federales, también debe determinar quién cuenta como dependiente, pareja y niño.

¿Quién califica como persona dependiente?

Las personas que no viven en los EE. UU. pueden contar como dependientes y ser reclamadas en su declaración de impuestos si usted proporciona más del 50% de su apoyo financiero.

Cada dependiente debe tener su propio Seguro Social (SSN) o número de identificación fiscal (ITIN) para ser reclamado en su declaración de impuestos sobre las ganancias. Los dependientes, incluso si viven fuera de los EE. UU., pueden incluir:

  • Hijo, hija, nieto, nieta, bisnieto, bisnieta, hijastro, hijastra o hijo adoptivo
  • Madre, padre, madrastra, padrastro, abuelo o bisabuelo
  • Hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro o hermanastra
  • Sobrino o sobrina
  • Tía o tío
  • yerno, nuera, cuñado, cuñada, suegro o suegra
  • Niño de crianza que fue colocado en su custodia por orden judicial o por una agencia gubernamental autorizada

¿Quién califica como pareja?

A efectos fiscales federales, el matrimonio significa una unión legal entre dos personas. La palabra pareja significa una persona del mismo sexo o del sexo opuesto que es la pareja del contribuyente.

Los EE. UU. reconocen los matrimonios desde fuera de los EE. UU.

En general, no necesita presentar comprobantes de su matrimonio para reclamar a su pareja como dependiente calificado en su declaración de impuestos. Si el IRS se comunica con usted para obtener comprobantes de su matrimonio, debe presentar una copia de su certificado de matrimonio estadounidense o extranjero en ese momento.

¿Quién califica como niño?

Para calificar como hijo a efectos de los impuestos federales, se deben cumplir todas las siguientes condiciones:

  • Parentesco: La persona debe ser (1) su hijo, hija, hijastro, hijo de acogida o un descendiente (por ejemplo, su nieto) de cualquiera de ellos; o (2) su hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente (por ejemplo, su sobrina o sobrino) de cualquiera de ellos.
  • Edad: La persona debe ser (1) menor de edad 19 al final del año y ser menor que usted (o su pareja si presentan una declaración conjunta); (2) un estudiante de tiempo completo menor de edad 24 al final del año y menor que usted (o su pareja si presentan una declaración conjunta); o (3) discapacitado total y permanentemente en cualquier momento del año, independientemente de la edad. Existen requisitos separados para determinar si una persona está discapacitada total y permanentemente que incluyen obtener una declaración de un médico calificado.
  • Residencia: La persona debe haber vivido con usted más de la mitad del año. Hay excepciones para ausencias temporales, niños que nacieron o murieron durante el año, niños secuestrados e hijos de padres divorciados o separados.
  • Apoyo: La persona no puede haber proporcionado más de la mitad de su apoyo durante el año. Puedes calcular esto comparando la cantidad que contribuiste a la manutención de esa persona con la cantidad total de manutención que esa persona recibió de todas las fuentes (incluidos los propios fondos de la persona). 
  • Declaración conjunta: La persona no puede presentar una declaración conjunta para el año.

¿Puede más de una persona reclamar a un hijo dependiente?

No. Solo una persona puede reclamar a un hijo como dependiente para los beneficios ofrecidos por el IRS (incluido el estado civil de cabeza de familia o el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo). Existen reglas de desempate adicionales que se aplican cuando dos o más personas reclaman al mismo hijo como dependiente.

Para obtener más información y ejemplos, consulte Exenciones, Deducciones estándar e Información sobre la presentación.

 

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
21 de marzo de 2024
Última revisión por parte del personal
21 de marzo de 2024