Casa y apartamento
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Se trata de una serie de leyes federales. Establecen un programa de vivienda de apoyo para personas con discapacidades de bajos ingresos:
- La Ley de Asistencia a las Personas sin Hogar de McKinney,
- La Ley Nacional de Vivienda Asequible - Sección 811,
- La ley de vivienda del 1959 - sección 202, y
- La ley de vivienda de EE. UU. de 1937.
Estas leyes financian los costos operativos y la asistencia de renta para proyectos de vivienda que sirven a personas con discapacidades. Permiten a las personas con discapacidades vivir con independencia. Amplía la oferta de vivienda que se adapta a sus necesidades especiales. También les proporciona servicios de apoyo que abordan sus necesidades.
Esta ley ayudará a las personas sin hogar o de bajos ingresos con discapacidades.
El programa de vivienda de apoyo para personas sin hogar con discapacidades
El objetivo del programa
La Ley McKinney de Asistencia para Personas sin Hogar creó este programa. Su propósito es autorizar al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD) a otorgar ciertas subvenciones a:
- Gobiernos estatales o locales,
- Organizaciones privadas sin fines de lucro, o
- Asociaciones públicas comunitarias de salud mental.
Estas subvenciones son para promover el desarrollo de "vivienda" y "servicios de apoyo". Esto incluye enfoques innovadores para ayudar a las personas sin hogar en la transición de la falta de hogar.
Tipos de proyectos de vivienda de apoyo
En virtud de este programa, HUD puede proporcionar subvenciones a 2 tipos de proyectos de vivienda de apoyo:
Vivienda permanente para personas sin hogar con discapacidades: Estos proyectos ofrecen vivienda a largo plazo en la comunidad y servicios de apoyo. Existen límites en el número de personas sin hogar con discapacidades a las que pueden notificar estos proyectos. Por lo general, el proyecto no puede notificar a más de 8 personas en una sola estructura. Sin embargo, en virtud de ciertos casos, el proyecto puede notificar hasta 16 o más de esas personas.
Vivienda Transitoria: Este tipo de proyecto proporciona vivienda temporal. Se utiliza para promover el movimiento de personas sin hogar y familias hacia vivienda permanente. Está diseñado especialmente para personas sin hogar que han sido desinstitucionalizadas. También es para personas sin hogar con discapacidades mentales y otras discapacidades.
Puede quedarse en una vivienda transitoria durante 2 años. Puede quedarse más tiempo si no ha encontrado vivienda permanente para usted o su familia. Además, si necesita más tiempo para prepararse para vivir de manera independiente. Sin embargo, HUD puede detener la asistencia a todo el proyecto si más de la mitad de las personas permanecen más de 2 años.
HUD puede decidir financiar otros tipos de proyectos o proporcionar alternativas para satisfacer las necesidades de personas sin hogar.
Toda vivienda de apoyo debe ser segura y sanitaria. Debe cumplir con los códigos de vivienda estatales y locales aplicables y con los requisitos de licencia.
Los tipos de ayudas disponibles para los proyectos
La subvención de HUD debe ser para uno o más de los siguientes tipos de asistencia:
- Una subvención de hasta $200,000 para adquirir o rehabilitar una estructura existente.
- Una subvención de hasta $400,000 para la construcción de una nueva estructura.
- Una subvención para alquilar una estructura existente.
- Pagos anuales de hasta el 75% de los costos operativos de la vivienda.
- Una subvención para los costos de los servicios de apoyo proporcionados a personas sin hogar.
¿Quién es elegible para esta vivienda?
Usted es elegible si califica como personas sin hogar y como persona con discapacidad.
Una discapacidad es una limitación física, mental o emocional que:
- Se espera que sea de duración indefinida;
- Interfiere significativamente en su capacidad de vivir libremente, y
- Es posible que unas condiciones de vivienda más adecuadas mejoren su capacidad para vivir de forma independiente.
Una discapacidad incluye una discapacidad del desarrollo o VIH o SIDA.
Se considera que usted es persona sin hogar si:
- Carece de una residencia nocturna fija, regular y adecuada; o
- Usted tiene una residencia principal durante la noche. Puede ser un refugio supervisado o no utilizarse como un alojamiento regular para dormir.
Ejemplos:
- Un hotel de bienestar,
- Un refugio colectivo, o
- Vivienda transitoria para personas con problemas de salud mental.
Servicios de apoyo
Todos los proyectos deben ofrecer supervisión residencial. Además, otras actividades para garantizar que los residentes reciban servicios de apoyo adecuados. Estos servicios pueden incluir la contratación de un supervisor residencial a tiempo completo o a tiempo parcial.
El término servicios de apoyo incluye:
- Operar un programa de servicios de cuidado infantil,
- Operar un programa de asistencia laboral,
- Ofrecer servicios de salud ambulatorios, alimentos y gestión de casos,
- Brindar asistencia para obtener vivienda permanente,
- Asesoramiento en empleo y nutrición,
- Proporcionar arreglos de seguridad, y
- Ayudar a obtener otros beneficios públicos.
Alquileres para residentes
Es posible que los residentes de estos proyectos deban pagar un cargo por ocupación. Si es así, el cargo puede ser el mayor de los siguientes montos:
- 30% del ingreso mensual "ajustado" de la familia; o
- 10% del ingreso mensual de la familia.
La renta de residentes se puede utilizar en la operación del proyecto. También se puede reservar para ayudar a los residentes de vivienda transitoria a mudarse a una vivienda permanente.
Operación general de los proyectos
Accesibilidad: La vivienda debe ser accesible y usable. Cada residente debe contar con un espacio adecuado y con la seguridad necesaria para sí mismo y sus pertenencias. Cada residente debe tener un lugar adecuado para dormir. Los proyectos deben cumplir con ciertos requisitos de ocupación y construcción.
Comidas: Todos los proyectos que brindan vivienda de apoyo para personas sin hogar con discapacidades deben proporcionar comidas. Alternativamente, instalaciones para la preparación de comidas para los residentes.
Participación de las personas sin hogar: En la máxima medida posible, el proyecto debe involucrar a las personas sin hogar en:
- Construcción,
- Rehabilitar
- Mantener, y
- Ejecutar el proyecto.
Las personas sin hogar pueden ofrecer servicios de apoyo a través de empleo o servicios de voluntariado.
Terminación de la asistencia de vivienda
Un proyecto puede terminar su asistencia si usted viola los requisitos del programa. Sin embargo, deben hacerlo únicamente en los casos más graves. Si un proyecto termina su asistencia, puede reanudarla más tarde.
Al finalizar su asistencia, el proyecto debe otorgarle sus derechos de debido proceso. Estos derechos incluyen, al menos:
- Un aviso por escrito que contenga una declaración clara de los motivos de la terminación;
- Derecho a la revisión de la decisión;
- Una oportunidad de presentar objeciones ante una persona que no tomó la decisión de terminación; y
- Un aviso inmediato y por escrito de la decisión final.
El programa de vivienda transitoria para jóvenes menores
El DCFS puede otorgar licencias a programas de vivienda transitoria para jóvenes. Estos programas proporcionan refugio a los menores elegibles. La vivienda transitoria también puede proporcionar otros servicios, que incluyen:
- Una evaluación de la notificación
- Gestión individualizada de casos; y
- Capacitación en habilidades para la vida
Para ser elegible, un menor de edad debe:
- Tener al menos 16 años, pero aún no 18
- Ir a un programa autorizado
- No tienen un lugar fijo para vivir
- No vivir con su padre o tutor.
- ¿Quiere ser parte del programa de vivienda transicional?
- Obtener el consentimiento de los padres o dar su consentimiento si recibe servicios de intervención en crisis.
Supongamos que un menor de edad se va o que el programa de vivienda transitoria lo despidió antes de cumplir 18. En ese caso, el programa debe contactar a la agencia de servicios para jóvenes que atendió al menor de edad. Esa agencia ayudará con la determinación de una ubicación diferente para el menor de edad.
El programa de vivienda de apoyo de la sección 811
Ley Nacional de Vivienda Asequible - Sección 811
Este programa recibe su nombre de la sección 811 de la ley nacional de vivienda asequible. Esa ley federal establece un programa de vivienda de apoyo para personas con discapacidades y de ingresos bajos.
Su propósito es financiar los costos operativos y la asistencia de renta para vivienda que atiende a personas con discapacidades.
Los propietarios de proyectos de la sección 811 deben proporcionar a los residentes servicios de apoyo que aborden sus propias necesidades.
Asistencia de renta a inquilinos
En la sección 811 de vivienda, el HUD proporciona asistencia de renta a los inquilinos que son personas con discapacidades elegibles.
Una "persona de muy bajos ingresos" en la sección 811 de vivienda paga una renta reducida por su unidad. Si usted es un inquilino elegible, su renta es el mayor de los siguientes montos:
- 30% de su ingreso mensual "ajustado"; o
- 10% de su ingreso mensual.
La agencia de vivienda pública paga el resto de su renta con un subsidio de renta.
Asistencia a proveedores de vivienda sin fines de lucro
HUD también asiste a grupos privados sin fines de lucro que poseen vivienda de la sección 811. Esta asistencia se realiza para expandir la oferta de vivienda para personas con discapacidad.
Esta asistencia se presenta en forma de un adelanto de dinero. Los anticipos se utilizan para financiar:
- La adquisición,
- La rehabilitación, o
- Construcción de vivienda para apoyar a personas con discapacidad.
Los proyectos también pueden recibir pagos mensuales para cubrir parte del costo de la renta de los inquilinos de muy bajos ingresos.
¿Quién es elegible para la sección 811 vivienda?
Para ser elegible para la admisión, usted debe ser una familia de muy bajos ingresos. Una familia es de muy bajos ingresos si no supera el 50 % del ingreso familiar mediano de la zona.
También debe ser una persona con discapacidad.
Una persona con discapacidad es un hogar compuesto por una o más personas. Al menos uno de los cuales es un adulto que tiene una discapacidad. Una discapacidad es una limitación física, mental o emocional que:
- Se espera que dure indefinidamente;
- Interfiere en gran medida con su capacidad para vivir solo; y
- Le permite vivir libremente si tiene condiciones de vivienda más adecuadas.
También se le considera que tiene una discapacidad si:
- Tiene una "discapacidad" del desarrollo, según se define en la Asistencia para Discapacidades del Desarrollo,
- Tiene una enfermedad mental crónica, o
- Están infectados por el VIH.
Finalmente, para ser elegible, usted debe cumplir con los requisitos de ocupación del proyecto aprobados por HUD. Su discapacidad no puede ser tan grave que, incluso con servicios de apoyo, usted no pueda beneficiarse.
Requisito de no discriminación
Los propietarios deben cumplir con la ley de vivienda justa. Además, existen otras leyes que prohíben la discriminación y promueven la igualdad de oportunidades. Además, los propietarios deben hacer su selección de inquilinos sin tener en cuenta:
- Raza,
- Religión,
- Color,
- Sexo,
- Origen nacional,
- Estado familiar, o
- Discapacidad.
Si HUD aprueba, un propietario puede limitar la ocupación en el proyecto a personas con discapacidades similares. También pueden necesitar un conjunto similar de servicios de apoyo. Incluso si el propietario hace eso, y usted tiene un tipo diferente de discapacidad. El propietario aún no puede excluirlo debido a su discapacidad si puede beneficiarse de esa vivienda.
Procedimientos de selección de inquilinos
Un propietario de vivienda de la sección 811 debe adoptar procedimientos de selección de inquilinos por escrito. HUD debe aprobar estos procedimientos de no discriminación.
Los propietarios deben mantener una lista de espera escrita que muestre:
- El nombre,
- La carrera,
- El género,
- Luego, la etnia, y
- Fecha de cada persona que solicita el programa.
Asignación de unidades
Suponga que es elegible y hay unidades disponibles. En ese caso, el propietario asignará el hogar a una unidad específica. Según las pautas de ocupación de HUD, el propietario debe asignarle una unidad del tamaño adecuado.
Si no hay una unidad adecuada disponible, el propietario lo colocará en una lista de espera. Le notificarán cuando una unidad adecuada esté disponible. Si es probable que pase más de un año antes de que lo admitan. Entonces, el propietario no tiene que incluirlo en una lista de espera y puede rechazar aceptar solicitudes adicionales.
Si usted es rechazado
Si el propietario lo rechaza, debe notificarle de inmediato las razones por escrito. Luego, tiene derecho a hacer una solicitud para tener una reunión y revisar el rechazo. Un miembro del personal del propietario que tomó la decisión inicial no puede realizar la revisión.
Supongamos que usted cree que ha sido discriminado debido a su discapacidad. En ese caso, es posible que tenga otros reclamos, como se menciona en otra parte de esta guía.
Requisitos del contrato de renta
El plazo del contrato de renta no puede ser inferior a un año. Cuando el contrato de renta finaliza, el hogar y el propietario pueden firmar un nuevo contrato de renta por un plazo de no menos de un año. Tampoco pueden tomar ninguna acción. Si no se toma ninguna medida, el propietario renovará el contrato de renta por períodos sucesivos de un mes.
El propietario debe usar el formulario de contrato de renta aprobado por HUD.
Se le pedirá que pague un depósito de garantía. Este depósito no puede ser mayor que el pago de un mes al inquilino, o $50, lo que sea mayor. Existen otras reglas de HUD sobre el uso que el propietario puede dar a los depósitos de seguridad y su derecho a un reembolso.
Terminación del contrato de renta
En general, el propietario no puede terminar su contrato de renta sin una buena causa. Por lo general, esto significa que:
- Ha violado grave o repetidamente el contrato de renta; o
- Usted ha estado involucrado en ciertas actividades delictivas.
El propietario debe comunicarle por escrito cualquier decisión de rescindir su contrato de renta. El aviso de terminación debe especificar una fecha en que se termina el arrendamiento. Debe decirle las razones específicas por las que esto ocurrió. El propietario puede hacer cumplir la rescisión solo acudiendo a las cortes, donde puede presentar una defensa.
Requisitos de accesibilidad
Los proyectos de la Sección 811 deben cumplir con los requisitos de accesibilidad de la Ley de Vivienda Justa. También, el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación. Véanse las secciones anteriores de este capítulo.
Además, se aplican los siguientes requisitos:
- Todas las entradas y áreas comunes deben ser fácilmente accesibles,
- En los proyectos de enfermedades mentales crónicas, el 10% de todas las unidades de un centro de vida independiente deben ser accesibles o adaptables. Alternativamente, el 10% de todas las habitaciones y baños en una casa grupal,
- En proyectos para personas con discapacidades del desarrollo o físicas, todas las unidades de vivienda en una instalación de vida independiente deben ser accesibles. Junto con dormitorios y baños en una casa grupal.
Una unidad o habitación es adaptable si puede modificarla para satisfacer sus necesidades.
Requisitos del vecindario
Las viviendas de la Sección 811 deben estar convenientemente ubicadas. No puede tomar una cantidad excesiva de tiempo o dinero viajar desde el vecindario hasta los lugares de trabajo. Los proyectos deben estar ubicados en áreas donde se ubican otras viviendas familiares. No deben estar al lado de otros tipos de instalaciones para personas con discapacidad.
Sección 202 Proyectos habitacionales
Este programa recibe su nombre de la Sección 202 de la Ley de Vivienda de 1959. Proporciona préstamos federales directos para proyectos de vivienda que atienden a familias y personas mayores o discapacitadas.
Un préstamo de la sección 202 debe financiar la construcción o rehabilitación de proyectos para estos hogares. También se puede utilizar para adquirir viviendas existentes para hogares grupales para personas con discapacidades.
Estos proyectos de vivienda deben proporcionar los "servicios necesarios" para sus ocupantes.
El término servicios necesarios puede incluir:
- Salud,
- Educación permanente
- Bienestar
- Informativo,
- Recreativo
- Cuidado del hogar,
- Servicios de alimentación y nutrición,
- Asesoramiento
- Servicios de referencia, y
- Transporte donde sea necesario para acceder a estos servicios.
Selección y admisión de inquilinos
El propietario del proyecto debe tener procedimientos de selección de inquilinos por escrito. Estos procedimientos deben garantizar que los inquilinos sean seleccionados sin discriminación. Debe promover el propósito de mejorar la vivienda para las personas mayores de muy bajos ingresos o con discapacidad.
Los propietarios deben mantener una lista de espera escrita que muestre:
- El nombre,
- La carrera,
- El género,
- La etnia, y
- La fecha de cada persona que solicita el programa.
Hay un proceso de solicitud. Los solicitantes deben completar una certificación y dar su consentimiento para la liberación de responsabilidad de información.
¿Quién es elegible para la vivienda de la sección 202?
Para ser elegible para la admisión, debe ser una familia de personas mayores o discapacitada.
El término "familia con discapacidad" es cualquier familia de:
- Dos o más personas, donde el cabeza de familia o pareja es discapacitado;
- Una persona soltera discapacitada mayor de 18 años; o
- Dos o más personas discapacitadas viven juntas. De lo contrario, una persona discapacitada que conviva con otra persona esencial para su cuidado.
El término persona discapacitada significa lo mismo que una "persona con discapacidad".Ese término se utiliza en virtud de la sección 811 del Programa de Vivienda de Apoyo.
Para ser elegible, también debe cumplir con los requisitos de ocupación del proyecto aprobados por HUD. Su discapacidad no puede ser tan grave que, incluso con los servicios, no pueda beneficiarse de la vivienda.
Algunas unidades en un proyecto de la Sección 202 pueden ser unidades asistidas. HUD paga un subsidio al propietario para cubrir la diferencia entre la renta del contrato y la renta del inquilino de bajos ingresos. Para ser elegible para una unidad asistida, usted debe tener ingresos bajos o muy bajos, según la definición de HUD.
Si no se encuentra en una unidad asistida, debe pagar la renta completa del contrato.
Asignación de unidades
Las reglas para la asignación de unidades son las mismas que en el Programa de la Sección 811.
Si usted es rechazado
Las reglas con respecto a sus derechos si ha sido rechazado son las mismas que en el Programa de la Sección 811.
Requisitos del contrato de renta
Los requisitos de arrendamiento son los mismos que en el Programa de la Sección 811.
Terminación del contrato de renta
Las normas para la rescisión del contrato de renta son las mismas que en el marco del Programa de la sección 811.
Vivienda pública designada para la ocupación por personas con discapacidades
El propósito de la vivienda pública designada
La sección 7 de la ley de vivienda de los Estados Unidos de América de 1937 ofrece la opción de designar ciertos proyectos de vivienda pública para que los ocupen familias discapacitadas o poblaciones mixtas. Las personas con discapacidad tienen prioridad para la admisión a la vivienda pública. Tienen servicios especiales disponibles para satisfacer sus necesidades.
Un Proyecto de Vivienda Pública se refiere a vivienda de bajos ingresos operada por una autoridad de vivienda (PHA). Hay un contrato anual entre HUD y la PHA.
La decisión de una familia discapacitada de no ocupar una vivienda designada no debe afectar a otras viviendas.
Por "familia discapacitada" se entiende una familia cuyo jefe, pareja o único miembro es una persona discapacitada. El término puede incluir a dos o más personas con discapacidades que viven juntas.
Una discapacidad incluye la elegibilidad de la Administración del Seguro Social. Además, si usted tiene una discapacidad física, mental o emocional que:
- Se espera que dure indefinidamente;
- Obstaculiza en gran medida su capacidad para vivir libremente; y
- Le permite vivir libremente si tiene condiciones de vivienda más adecuadas.
Una discapacidad incluye una discapacidad del desarrollo y el VIH o SIDA.
Servicios de apoyo
Cualquier PHA con edificios o unidades designadas para "familias discapacitadas" debe tener un Plan de notificación de Servicios de Apoyo. El Plan debe describir cómo la PHA proporcionará o hará los arreglos necesarios para la prestación de servicios de apoyo adecuados para las familias discapacitadas.
El término servicios de apoyo puede incluir elementos como:
- Servicios de comidas,
- Servicios relacionados con la salud,
- Servicios de salud mental,
- Servicios de consejería no médica,
- Comidas,
- Transporte,
- Cuidado personal,
- Bañarse,
- Baño,
- Mantenimiento del hogar,
- Asistencia con las tareas,
- Seguridad,
- Socializar,
- Ayuda con los medicamentos, y
- Gestión de casos
Otros programas de vivienda de bajo costo
Otros programas gubernamentales proporcionan vivienda de bajo costo a personas con un ingreso bajo. No son necesariamente de ayuda para las personas con discapacidades. Sin embargo, algunas personas con discapacidades pueden calificar para vivir allí. Estos programas son administrados por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD); por el Departamento de Agricultura (RDA) de los EE. UU.; y por la Autoridad de Desarrollo de Viviendas de Illinois (IHDA)>
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU.
El HUD es una agencia del gobierno federal que administra varios programas de vivienda en alquiler, entre ellos:
- Vivienda pública: El inquilino alquila un apartamento propiedad de una autoridad de vivienda local (PHA);
- Sección 8 Vivienda con vales: El inquilino renta vivienda de un propietario privado, y la PHA paga una parte de la renta; y
- sección 8 Nueva Construcción, sección 8 Rehabilitación Sustancial o sección 8 Rehabilitación Moderada
: HUD proporciona a un desarrollador de inmueble fondos para construir o reparar vivienda. El desarrollador luego renta el apartamento o la casa a un inquilino a una renta reducida.
El Departamento de Agricultura, RDA
La RDA es una agencia federal que proporciona oportunidades de vivienda en áreas rurales. La RDA proporciona dinero a los desarrolladores privados de inmuebles, que luego alquilan la casa o el apartamento a una renta reducida. La RDA también opera programas para ayudar con la propiedad de vivienda y la reparación de viviendas.
La Autoridad de Desarollo de Viviendas de Illinois
La IHDA es una agencia estatal que proporciona a los desarrolladores de inmuebles fondos para construir vivienda multifamiliar. A continuación, el desarrollador renta un apartamento a un inquilino a una renta reducida.
Ocupación conjunta de vivienda subvencionada por personas con discapacidad
Las personas con discapacidad pueden ocupar una casa o apartamento subsidiado de manera conjunta. Esta ley se aplica a todos los programas de vivienda operados por HUD e IHDA.
Para ser elegible para el beneficio de esta ley, cada uno de los inquilinos debe tener 62 años o más. De lo contrario, tiene una discapacidad física o mental que se espera que dure para siempre. Debe afectar la capacidad de vivir con libertad. Cada inquilino debe cumplir con todos los demás requisitos de elegibilidad del programa de vivienda subsidiada. Finalmente, los inquilinos deben presentar un certificado ante el secretario del condado donde se ubica la vivienda.
Dónde acudir para obtener más información
Estatutos y regulaciones
Puede encontrar
el Programa de Vivienda de Apoyo en la Ley de Asistencia para Personas sin Hogar de McKinney en 42 USCA §11381-11389. La regulación federal para ese programa se puede encontrar en 24 CFR Parte 583.
El programa de la sección 811 de la ley Nacional de Vivienda Asequible se puede encontrar en 42 USCA 8013. Las regulaciones federales para ese programa se pueden encontrar en 24 CFR Parte 891.
Las regulaciones federales para el Programa de la sección 202 también se pueden encontrar en 24 CFR Parte 891.
Las disposiciones de vivienda pública designadas de la ley de vivienda de EE. UU. 1937 se pueden encontrar en 42 USCA §1437e. Las regulaciones federales para la vivienda pública designada se pueden encontrar en 24 CFR Parte 945.
La ley de tenencia conjunta de vivienda subsidiada se encuentra en 310 ILCS 75.
Cómo localizar proyectos de vivienda subsidiada en su área
Los proyectos de vivienda que ofrecen servicios de apoyo se designarán de una de las maneras anteriores. Por ejemplo, se describirán como sección 811 o sección 202 o como una combinación de sección 202/811. Estos proyectos funcionan en varias ciudades a lo largo del estado de Illinois.
Las listas de proyectos de vivienda subsidiada están disponibles en el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD). También puede encontrar proyectos de vivienda locales existentes de su autoridad de vivienda local.
Para obtener una lista de programas de alquiler subsidiados en su área:
- Puede llamar a HUD al (312) 353-6236, ext. 2132 (vivienda multifamiliar); (312) 353-5944 (TTY)
- Puede llamar a IHDA al (312) 836-5383; (312) 836-5222
- Puede llamar a la RDA al (800) 835-5159 (sección de vivienda rural); (217) 398-5396 (TTY)
- Puede visitar el sitio web de HUD