Corte y audiencias

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Práctica civil de Illinois

Esta guía ofrece un resumen de los principales temas relacionados con procedimiento civil en Illinois. Para obtener una guía más detallada, consulte la Guía de Práctica Civil de Illinois (de Jenner & Block).

Procedimientos remotos

La pandemia de COVID-19 tuvo un gran impacto en el litigio civil en Illinois, especialmente al aumentar el uso de procedimientos remotos en las Cortes de Circuito de Illinois. En virtud de lo previsto por la Ill. S. Ct. R. 45, las partes en casos civiles ahora pueden comparecer ante la corte de forma remota sin necesidad de aprobación previa de esta modalidad. Los "participantes del caso" incluyen no solo a los abogados y litigantes, sino también al juez, a los testigos, a los expertos, a los intérpretes, a los proveedores de tratamiento, a los oficiales de la aplicación de la ley, a los taquígrafos de la corte y a otros. Ill. S. Ct. R. 45(a). Si bien ciertos procedimientos están exentos, la Regla 45 no tiene ningún requisito de carga, y se alienta a las cortes a aplicar la Regla 45 de manera amplia. Ill. S. Ct. R. 45(c); Comentarios del comité sobre Ill. S. Ct. R. 45 (rev. 1 de enero de 2023). Además, incluso en procedimientos normalmente exentos, como juicios y audiencias probatorias, los jueces pueden, previa solicitud, permitir el testimonio por videoconferencia, teléfono u otras fuentes al demostrar causa suficiente. Ill. S. Ct. R. 241

Demanda

Las acciones se inician con la presentación de una demanda.  735 ILCS 5/2-201. En una demanda se establece quiénes son las partes y se efectúan recomendaciones a la corte y a las partes contrarias sobre la acción del demandante . Una denuncia debe contener "alegaciones sustanciales de hecho" para establecer una causa de acción. 735 ILCS § 5/2-601. La denuncia debe utilizar un lenguaje claro y conciso y contener una solicitud de alivio. Véase, en general, Artículo II, Parte 6 del Código de Procedimiento Civil de Illinois, pero más específicamente 735 ILCS 5/2-601 hasta 2-614.

E-filing en Illinois

a partir del 1 de enero de 2018, presentación electrónica se requerirá en la mayoría de los condados de Illinois, tanto para abogados como para personas que se representan a sí mismas en la corte. Consulte con el sheriff o el secretario de la corte de circuito local para más información. También puede leer Conceptos básicos de la presentación electrónica en nuestro sitio. 

Notificación original sobre individuos

Personal y sustituto

En la mayoría de los tipos de acciones civiles, la notificación puede hacerse por:

  • El sheriff del condado donde vive el demandado ,
  • Un notificador de procesos privados con licencia, que sea detective privado con licencia o empleado registrado de una agencia de detectives privados con licencia, o
  • Un notificador de procesos sin licencia, que es cualquier persona mayor de 18 años que no esté involucrada en el caso. Debe obtener permiso del juez para utilizar un notificador no autorizado.

735 ILCS 5/2-202. La notificación de citación se realizará mediante notificación personal, dejando una copia con el demandado personalmente, o mediante notificación sustitutiva, dejando una copia en la residencia del demandado con un miembro de la familia o persona que resida allí, que tenga al menos 13 años, con información sobre su contenido, y luego enviando una copia por correo. 735 ILCS 5/2-203.

Demanda de menor cuantía

Reglas de la Corte Suprema de Illinois 281-289 Además de las formas tradicionales de notificación, en una demanda menor , la notificación dentro del estado puede ser por correo certificado o registrado. Regla de la Corte Suprema de Illinois 284. Las reglas definen una demanda pequeña como aquella que busca daños de $10k o menos, excluyendo intereses y costos. Regla de la Corte Suprema de Illinois 281.

Para una demanda de reclamo menor de menos de $50,000, debe programar una comparecencia entre 40 y 61 días después de que se emita la citación de demanda.

Publicación

Notificación por publicación está autorizado en reclamos que afectan la propiedad o el estado dentro de la jurisdicción

Orden especial del tribunal

Tras la moción, una corte puede ordenar que se diligencie la notificación por algún otro medio especial en el que el demandante pueda demostrar qué intentos se han hecho para encontrar al demandado y qué hace que la notificación diligenciada conforme la Sección 2-203 no sea práctica.

Objeciones a la jurisdicción sobre una persona

Si la notificación es inapropiada, el demandado debe presentar una moción para anular la notificación del proceso antes de presentar cualquier otro alegato, excepto una moción para la extensión de tiempo. La moción debe estar respaldada por una declaracion jurada a menos que los hechos que constituyen el fundamento de la objeción son evidentes en los documentos en el presentar. Esta moción se presenta únicamente para objetar la jurisdicción sobre la persona.

Advertencia: Si el demandado argumenta el caso antes de objetar la competencia en razón de la persona, el demandado se ha sometido a la competencia en razón de la persona. El demandado debe insistir en que se emita un fallo sobre la cuestión jurisdiccional. Si se niega la resolución, el demandado puede retirarse y presentar una apelación, o el demandado puede proceder a defender el caso. Si se concede la moción para anular, el demandado puede irse, y el demandante tendrá que emitir otra citación, llamada alias citación, e intentar la notificación adecuada en todas partes. 735 ILCS 5/2-301 Ill. Sup. Ct. Regla 103201.

Comparecencia

Se presentará una comparecencia por escrito dentro de los 30 días después de la notificación, a menos que la citación de demanda requiera una comparecencia en un día específico. Regla de la Corte Suprema de Illinois 181. La corte exigirá un honorario para presentar una comparecencia.

Si se está representando a usted mismo en la corte, puede presentar una exención de tasas por correo electrónico si su corte local lo permite. Si usted no tiene acceso a Internet o a una computadora, puede solicitar una exención de presentación electrónica. Las audiencias para solicitar una exención se pueden realizar por teléfono o videollamada dentro de 5-10 días hábiles. 

Obtenga más información sobre el e-filing aquí.

La adición de la subsección 6 a Regla 13c de la Corte Suprema de Illinois ahora permite a un abogado presentar una comparecencia limitada en nombre de su cliente, conocida como Aviso de comparecencia de alcance limitado si está proporcionando servicios desagregados. Hay un aviso de formulario adjunto a la regla, y el abogado debe especificar a qué parte o partes del procedimiento se aplicará la comparecencia de alcance limitado. La subsección 7 de Regla 13c del Sup. Ct. de Illinois detalla cómo el abogado retira la comparecencia.

Respuesta

Cuando el demandado debe presentar una respuesta a la demanda, entonces la respuesta debe presentarse dentro de un período específico, que está determinado por el tipo de caso. La respuesta del demandado puede ser debida tan pronto como la fecha para la presentación de la comparecencia, o puede ser debida 10 días después de la fecha límite para presentar la comparecencia, o puede ser debida en una fecha establecida, o extendida por el juez. Regla de la Corte Suprema de Illinois 181. Una parte que comparece sin haber sido notificado de una citación debe presentar su defensa dentro del mismo plazo que si se le hubiera notificado una citación el día en que comparece. Regla 13b de la Corte Sup. de Ill..

En la respuesta, el demandado debe admitir o negar o declarar que no tiene suficiente conocimiento para admitir o negar cada declaración en la demanda. Toda alegación que no se haya denegado explícitamente se considera admitida, excepto en cuanto a los daños. Si el demandado declara que no tiene suficiente conocimiento de alguna parte de la demanda, el demandado debe adjuntar una declaración jurada sobre la veracidad de esa declaración. 735 ILCS 5/2-610.

El demandado puede plantear una nueva cuestión a modo de defensa en la Contestación, conocida como defensa afirmativa. Un ejemplo podría ser el Estatuto de Limitaciones. La defensa afirmativa también debe incluir una solicitud de reparación. Si el demandado plantea un nuevo asunto en una defensa afirmativa, o las defensas afirmativas se consideran admitidas, el demandante debe responder. 735 ILCS 5/2-602. Véase también 735 ILCS 5/2-613(d).

El demandado también puede presentar reclamaciones contra uno o más demandantes, o contra uno o más codemandados. Se denominará contrademanda. La contrademanda formará parte de la contestación. 735 ILCS 5/2-608.

Demanda de menor cuantía

Reglas de la Corte Suprema de Illinois 281-289 No se requiere respuesta a menos que lo ordene la corte. Regla 286(a) de la Corte Sup. de Ill.. Las reglas definen una demanda pequeña como aquella que busca daños de $10k o menos, excluyendo intereses y costos. Regla de la Corte Suprema de Illinois 181.

Desalojo

Para las acciones de desalojo, no se requiere respuesta a menos que lo ordene el tribunal. Regla 181(b)(2) de la Corte Sup. de Ill..

Demanda de jurado

La sección 2-1105 del Código de Procedimiento Civil requiere que un demandante que desee un juicio por jurado presente una demanda de jurado ante el secretario en el momento en que se inicia la acción. 735 ILCS § 5/2-1105. Un demandado debe presentar una demanda a más tardar que la presentación de una respuesta. Id. No presentar a tiempo resulta en la exención. Id. Un juicio , la Corte tiene la discreción de otorgar una solicitud tardía para un juicio con jurado al demostrar una buena causa y la falta de prejuicio o inconveniente.

Conforme lo previsto por la ley de Illinois, los casos que conllevan un juicio por jurado en los que la demanda por daños y perjuicios es de $50,000 o menos son juzgados y resueltos por un jurado de seis miembros, a menos que alguna de las partes exija un jurado de 12.

Desestimación voluntaria

En cualquier momento antes del juicio o audiencia , el demandante puede solicitar desestimar voluntariamente la acción sin perjuicio. 735 ILCS § 5/2-1009(a). El demandante debe proporcionar al demandado el reembolso de los costos antes de que el asunto pueda ser desestimado conforme a la sección 2-1009. Si una acción se desestima sin perjuicio en forma voluntaria de conformidad con lo previsto por la sección 2-1009, el demandante podrá volver a presentar el caso dentro de un año.

Obtenga más información sobre el despido voluntario.

Moción para desestimar en lugar de una contestación

Reclamaciones defectuosas y defensas

Una denuncia puede ser desestimada porque es defectuosa o debido a alguna defensa. Los defectos o las defensas pueden ser:

  •  Falta de jurisdicción por razón de la materia,
  •  Falta de capacidad jurídica del demandante o demandado,
  •  Otra causa de acción está pendiente entre las mismas partes por la misma causa,
  •  Acción prohibida por fallo previo
  •  Plazo de prescripción,
  •  Descargo en bancarrota,
  •  Sentencia satisfecha o liberada,
  •  Ley contra fraudes,
  •  El demandado es un menor de edad o con otra discapacidad, y
  •  Demanda excluida por otra materia afirmativa, por ejemplo, demandas por renta donde la renta fue reducida.

Si los motivos defectuosos no comparecen en el rostro del escrito atacado, la moción debe ser respaldada por un afidavit. 735 ILCS 5/2-619a.

Demanda de menor cuantía

Reglas de la Corte Suprema de Illinois 281-289 Solo se permite una moción de desestimación en virtud de la sección 2-619 y una moción conforme la la Sección 5/2-1001, sustitución de jueces, del Código de Procedimiento Civil de Illinois sin permiso de la corte.  Regla de la Corte Suprema de Illinois 287. Las reglas definen una demanda pequeña como aquella que busca daños de $10,000 o menos, excluyendo intereses y costos. Regla de la Corte Suprema de Illinois 281.

Alegatos defectuosos

También se puede objetar una denuncia si el escrito en sí es defectuoso. Ejemplos de alegatos defectuosos incluyen:

  • El alegato es jurídicamente insuficiente; por ejemplo, no se adjunta una copia del contrato alegado.
  • La demanda requiere más detalles y definiciones,
  • La denuncia contiene información irrelevante que debe ser eliminada,
  • Deben añadirse las partes necesarias y
  • Las partes mal unidas deben ser desestimadas.

La moción debe señalar los defectos específicos. Se debe indicar el alivio solicitado, como anular el alegato o una parte de un alegato o desestimar la demanda. La corte puede permitir o exigir que se presenten alegatos o puede permitir que el demandante modifique su queja, o la corte puede poner fin al litigio en su totalidad o en parte. Otros alegatos, además de las quejas, pueden estar sujetos a la sección 2-615 mociones para desestimar, por ejemplo, respuestas, defensas afirmativas y contrademandas. 735 ILCS 5/2-615.

Demanda de menor cuantía

Reglas de la Corte Suprema de Illinois 281-289 Una moción de desestimar de la sección 2-615 no se permitiría a menos que la corte lo autorizara. Corte Sup. de Ill. 287. Las reglas definen una demanda pequeña como aquella que busca daños y perjuicios de $10,000 o menos, excluyendo intereses y costos. Regla de la Corte Suprema de Illinois 281.

Sentencia sumaria

Después de que el demandado haya comparecido o después de que haya expirado el plazo para que el demandado comparezca, el demandante puede solicitar a la corte que dicte un juicio sumario, veces llamado sentencia sobre los alegatos, al demostrar que no hay un problema genuino de hecho material y, por lo tanto, el demandante tiene derecho a un juicio con arreglo a derecho. El demandante puede solicitar este alivio respecto de algunas o todas sus reclamaciones. Un demandado también puede, en cualquier momento, solicitar un fallo a su favor en cuanto a la totalidad o parte de la reparación solicitada. 735 ILCS 5/2-1005. Véase también Regla del tribunal supremo de Illinois 191.

No hay límite en la cantidad de mociones de juicio sumario que puede presentar una parte.

Forma y notificación de documentos distintos de la demanda

Todos los documentos y alegatos deberán ser legibles y estar titulados correctamente, con el nombre del demandante primero. Además, el nombre, la dirección, el correo electrónico y el número de teléfono de los abogados del expediente son necesarios. Regla de la Corte Suprema de Illinois 131.

Todos los alegatos deberán ser firmados y dirigidos por una de las partes o un abogado que represente a la parte. Las firmas indican que el alegato se ha hecho de good faith y que el alegato no está diseñado para ningún propósito indebido. El abuso de esta norma es motivo de sanciones del tribunal. Regla de la Corte Suprema de Illinois 137.

La adición de la parte e a Regla 137 de la Corte Suprema de Illinois, efectiva el 1/7/13, permite que un abogado ayude a un por derecho propio  litigante con sus alegatos sin tener que firmar el alegato o presentar una comparecencia. El litigante por derecho propio firma su escrito. El abogado también puede confiar en la representación de los hechos de la persona que se representa a sí misma sin necesidad de más investigación por parte del abogado, a menos que el abogado sepa que dichas representaciones son falsas. Ill. Sup. Ct. regla 137e.  Si hay una comparecencia de alcance limitado por parte de un abogado, entonces todos los documentos deben ser entregados tanto a ese abogado como a la parte hasta que el abogado se haya retirado o la comparecencia del abogado termine automáticamente en virtud de Regla 13c7ii de la Corte Superior de IllinoisIll. Sup. Ct. regla 11e.

Los alegatos que no sean la denuncia pueden ser entregados formalmente al abogado del expediente o a la parte contraria por entrega personal o por correo de primera clase, con franqueo prepagado. La notificación también puede ser por fax y correo electrónico. Regla de la Corte 11b5Regla de la Corte 11b6 respectivamente. La inclusión de una dirección de correo electrónico designada en los documentos o el uso de la notificación por correo electrónico se considerará consentimiento por esa parte o abogado para recibir notificación por correo electrónico. La notificación por correo electrónico puede ser revocada. Ill. Sup. Ct. regla 11b6. Los alegatos deben ser notificados a todas las partes del expediente. Regla de la Corte Suprema de Illinois 11.

Si una demanda o defensa se basa en un instrumento escrito, como un contrato o un testamento, se debe adjuntar una copia del instrumento como exhibición o recitado dentro del alegato. 735 ILCS § 5/2-606. Si el instrumento no es accesible para el demandante, el demandante debe adjuntar una declaración jurada al escrito a tal efecto.

Cuando se requiera la notificación de un constancia de entrega , se deberá presentar ante el secretario. Regla de la Corte Suprema de Illinois 12.

Continuaciones

Los aplazamientos pueden concederse por causa justificada y a discreción de la corte( 735 ILCS5/2-1007).

Descubrimiento

Descubrimiento es el mecanismo mediante el cual las partes descubren cuáles son las pruebas y defensas de las otras partes antes del juicio. Véase, en general, Ill. Sup. Ct. regla 201 y 735 ILCS 5/3-1003.

Interrogatorios

Los interrogatorios son preguntas escritas que una parte formula y que la otra parte debe responder. Solo se permiten 30 interrogatorios, incluidas las subpartes, a menos que las partes acuerden lo contrario o la corte conceda permiso para más. Todas las partes con derecho a aviso deben ser notificadas con copias de los interrogatorios. La Corte Suprema de Illinois ha aprobado interrogatorios para ciertos tipos de casos, y se les anima a los litigantes a utilizarlos cuando sea posible. Esto incluye:

  • Interrogatorios de vehículos motorizados a un demandante o a un demandado,
  • Interrogatorios matrimoniales, y
  • Interrogatorios de negligencia médica a un demandante o a un demandado, médico o hospital.

La parte que recibe los interrogatorios tiene 28 días para responder o presentar una objeción. Regla de la Corte Suprema de Illinois 213.

Solicitudes de producción

Cualquiera de las partes puede solicitar que otra parte presente documentos, objetos o cosas tangibles, o que permita el acceso a inmueble con el fin de realizar inspecciones o estudios, o que divulgue información calculada para llevar al descubrimiento del paradero de cualquiera de estos artículos, siempre que la naturaleza, el contenido o el estado de dichos documentos, objetos, cosas tangibles o inmueble sea relevante para el asunto de la acción. La parte que formule la solicitud deberá incluir el plazo en el que se deben entregar las respuestas, pero no menos de 28 días. La parte que reciba la solicitud debe producir los documentos para su copia de la manera en que se mantienen normalmente. La parte que recibe la solicitud debe "complementar de manera oportuna" la solicitud con elementos de respuesta que posteriormente estén bajo su control. Todas las partes con derecho a aviso deben ser notificadas con una copia de cualquier solicitud notificada. Una enmienda que entró en vigor el 1 de julio de 2014 permite a las partes especificar la forma para producir información almacenada electrónicamente. Si la solicitud no especifica la forma de la información almacenada electrónicamente, una parte puede presentarla en la forma en que se mantiene normalmente o en una forma razonablemente utilizable. Regla de la Corte Suprema de Illinois 214.

Solicitudes de admisión

Una parte puede notificar una solicitud para que otra parte admita que ciertos hechos relevantes son verdaderos o que ciertos documentos relevantes son genuinos. La parte receptora de la solicitud debe admitir o denegar mediante declaración jurada u objeción dentro de los 28 días de haber recibido la solicitud, o se considerará que la solicitud es cierta. Solo se permiten 30 solicitudes, incluidas las subpartes, a menos que las partes acuerden lo contrario o la Corte conceda permiso para más. Regla de la Corte Suprema de Illinois 216.

Declaraciones

Regla de la Corte 202-207210. Las deposiciones son, en general, el examen oral de una persona para el descubrimiento. Las declaraciones también se pueden tomar con fines de evidencia para el juicio. Si se notifica de una declaración testimonial y no se indica si es para la etapa de descubrimiento o si es evidencia, se considerará una declaración testimonial correspondiente a la etapa de descubrimiento. Las declaraciones no pueden durar más de 3 horas, excepto por estipulación También puede ser un acuerdo sobre una acción en el caso, como extender un plazo. o se muestra una buena causa. Regla 206d de la Corte Suprema de Illinois. Las declaraciones pueden ser grabadas o tomadas de forma remota y electrónicamente. Regla 206hg. La parte que toma la declaración deberá pagar los honorarios relacionados con la toma de la declaración. Regla de la Corte Suprema de Illinois 208. La declaración de una parte se diligencia mediante notificación y la declaración de una persona que no es parte se diligencia mediante citación judicial.  Ill. Sup. Ct. Regla 204a. Las declaraciones se toman en el condado donde el declarante reside, trabaja o realiza negocios, pero la declaración del demandante puede llevarse a cabo en el condado donde la acción está pendiente. Regla de la Corte Suprema de Illinois 203.

Citaciones judiciales

La sección 2-1101 del Código de Procedimiento Civil autoriza al secretario de cualquier corte de Illinois en la que haya una acción pendiente, o a cualquier abogado admitido para ejercer en Illinois (como funcionario de la corte), a emitir citaciones judiciales para los testigos y a los condados en una acción pendiente. Tras una moción que demuestre causa justificada, la corte puede anular o modificar una citación judicial.

Cumplimiento del descubrimiento

Las partes deben hacer esfuerzos razonables para resolver conflictos sobre descubrimiento, y solo después de que el counsel responsable del juicio indique que, tras el contacto personal con la parte contraria, no se pueden resolver los conflictos, podrán las partes buscar reparación ante la corte. Ill. Sup. Ct. regla 201k. Participar en el descubrimiento renuncia al derecho de usted a objetar al descubrimiento. Por lo general, el descubrimiento no se presenta ante la corte, pero tal vez sí se requiera según las reglas locales o por orden de la corte. Las sanciones por no cumplir con el descubrimiento pueden incluir suspender el proceso, prohibir la presentación de futuros alegatos, desestimar la demanda, la contrademanda, o la defensa, impedir que un testigo testifique o incluso suspender el dictado de la sentencia. Regla de la Corte Suprema de Illinois 219.

Descubrimiento limitado y simplificado en ciertos casos

Todos los reclamos por $50,000 o menos, o casos sujetos a arbitraje obligatorio,

Demanda de menor cuantía

Reglas de la Corte Suprema de Illinois 281-289 No se permite el descubrimiento en una demanda menor a menos que sea con el permiso de la corte. Regla de la Corte Suprema de Illinois 287. Las reglas definen una demanda pequeña como aquella que busca daños y perjuicios de $10,000 o menos, excluyendo intereses y costos. Regla de la Corte Suprema de Illinois 281. Mociones posteriores al juicio en casos no jurados

Se puede presentar una moción para la nueva audiencia, modificación o nuevo juicio dentro de los 30 días a partir de la audiencia. 735 ILCS 5/2-1203.

Una moción presentada a tiempo suspende la ejecución del fallo. De lo contrario, el juicio se considera firme. Solo la primera moción posterior al fallo actúa para suspender la ejecución de la sentencia y para interrumpir el plazo para presentar una apelación. Una vez que la corte decide sobre la primera moción posterior a la sentencia, comienzan a transcurrir los plazos de apelación y cualquier período de suspensión. Vea también 735 ILCS 5/2-1401 alivio de las sentencias.

Fallo por incomparecencia

Se puede dictar un fallo por incumplimiento si un demandado no comparece o presenta su defensa. También puede anularse o dejarse sin efecto si el demandado presenta una moción dentro de los 30 días del fallo por incomparecencia.  735 ILCS 5/2-1301.

Exoneración de sentencias

Las sentencias pueden ser anuladas después de 30 días y antes de 2 años según 735 ILCS 5/2-1401.

El propósito de la petición es llamar la atención de la corte de juicio sobre hechos que no constan en el expediente y que, si la corte los hubiera sabido, habrían impedido el fallo. Pero el alivio no tiene la intención de excusar la negligencia de la parte o de su abogado. Para prevalecer en la petición de alivio, la parte que solicita el alivio debe demostrar la existencia de una demanda o defensa meritoria y la diligencia de la parte al presentar la demanda y al presentar la petición. La petición debe estar respaldada por un afidávit.

Ejecución de sentencias - procedimientos complementarios

Revival

Las sentencias generalmente son ejecutables por siete años, 735 ILCS 5/12-108, pero las sentencias pueden revivirse dentro de 20 años del registro de la decisión, o 10 años para las sentencias del consumidor 735 ILCS 5/2-1602.   Las sentencias por manutención de hijos y las sentencias civiles que surjan de acciones que involucren asesinato en primer grado o delitos graves de clase X no tienen que ser revividas. 735 ILCS 5/2-1602g.

Intereses sobre las sentencias

Generalmente, los intereses posteriores al fallo se acumulan al 9% anual sobre cualquier saldo de fallo impago (6% si el deudor es una entidad gubernamental). 735 ILCS 5/12-109735 ILCS 5/2-1303. La tasa es del 5% para los fallos dictados el 20/1/1 o después que sean de $25,000 o menos y sean para bienes o servicios de consumo (no por lesiones corporales o muerte). 735 ILCS 5/2-1303(b). La tasa es del 6% para las sentencias dictadas a partir del 1/7/21 por lesiones personales y acciones de muerte por negligencia.

Un acreedor judicial, o su sucesor en interés cuando ese interés aparece registrado, tiene derecho a llevar a cabo procedimientos complementarios con el fin de interrogar al deudor de la sentencia o a cualquier otra persona para descubrir bienes o ingresos del deudor que no estén exentos de la ejecución de la sentencia, una orden de deducción o embargo, y de obligar a la aplicación de bienes o ingresos no exentos descubiertos para el pago de la cantidad adeudada en virtud de la sentencia. Véase en general 735 ILCS 5/2-1402Regla de la Corte Suprema de Illinois 277.

Citación personal

El acreedor del fallo puede ordenar que el deudor del fallo comparezca ante la corte para revelar, bajo juramento, qué bienes tiene, y también que traiga documentación sobre los activos que posee. El procedimiento de citación se inicia con la notificación de una citación emitida por el secretario. El demandado recibirá una citación que ordena su comparecencia con una advertencia de posible arresto por falta de comparecencia. Cualquier persona que reciba una citación para descubrir bienes Pide a la persona que comparezca ante la corte y sea interrogada bajo juramento. La corte pregunta cuánto dinero tienen y qué propiedad poseen. debe comparecer ante la corte en la fecha y hora indicadas, para testificar sobre bienes. Si el deudor del fallo no cumple, en última instancia, el acreedor del fallo puede pedirle a la corte que emita una orden judicial o un embargo corporal para que el acreedor pueda ser traído por el sheriff para responder a la citación personal y enfrentar un posible desacato. 735 ILCS 5/2-1402Ill. Sup. Ct. Regla 277.

Citación de terceros - Sin wages

El acreedor del fallo puede emitir una citación a un tercero, como un banco, que podría tener bienes del deudor del fallo. El banco congelará cualquier bien que no esté exento y luego habrá una audiencia o fecha de devolución en la que la corte decidirá si los bienes no exentos serán entregados al acreedor. 735 ILCS 5/12-701 et seq, embargo.

Citación de terceros - embargo de salario

El acreedor del fallo también puede enviar un aviso de citación al empleador del deudor del fallo para descubrir si el deudor del fallo tiene salarios que no están exentos. El empleador está obligado a responder a un interrogatorio sobre cualquier salario pagado y si están exentos. Si se ingresa la orden de retención de salarios, el empleador debe calcular la cantidad de salarios embargables en cada período de pago y entregárselos al acreedor del fallo. 735 ILCS 5/12-801 et seq, deducciones de salario.

Citas adicionales

Si ha habido un procedimiento supletorio previo sobre el mismo fallo contra la parte, ya sea el deudor del fallo o un tercero, no se iniciará ningún otro procedimiento contra usted, excepto con autorización de la corte. El acreedor del fallo debe demostrar, bajo declaración jurada:

  • Que exista una razón para creer que la parte contra la que se pretende iniciar el procedimiento tiene propiedad o ingreso a los que el acreedor tiene derecho a acceder o, si es un tercero, está en deuda con el deudor,
  • Que la existencia de la propiedad, ingreso o endeudamiento no era conocida por el acreedor durante la tramitación de cualquier procedimiento suplementario previo, y
  • Que se solicite el procedimiento complementario adicional de buena fe para descubrir bienes y no para acosar al deudor o a un tercero.

Regla 277a de la corte sup. de Ill..

Bienes exentos

Generalmente, los siguientes bienes están exentos de los acreedores:

  • Lleve a casa un salario de hasta $1,608.75 al mes; esta cantidad cambia anualmente,
  • Retiro,
  • $15,000 de equidad de la vivienda,
  • Un automóvil que vale $2,400 o menos,
  • Herramientas de trabajo con un valor de $1,500 o menos,
  • Hasta $4,000 de cualquier "otra" propiedad,
  • Los fondos del préstamo para estudiantes $ 20 USC 1095ad, y 
  • Ingreso del seguro social, beneficios por discapacidad, pensión, desempleo, beneficios públicos, compensación laboral, beneficios para veteranos y manutención. 735 ILCS 5/12-1001;  735 ILCS 5/12-1006;  735 ILCS 5/12-901.

Liberación y satisfacción

Una vez que el deudor del fallo haya pagado completamente el fallo, el acreedor del fallo ejecutará una liberación y satisfacción del fallo. Si el acreedor se niega, el deudor puede presentar una petición ante la corte. 735 ILCS 5/12-183.

Sentencias apelativas

Cada fallo final de la corte de circuito es apelable de derecho al presentar un aviso de apelación. Ill. S. Ct. R. 301. Después de que se haya registrado un fallo definitivo, el apelante debe presentar un aviso de apelación ante el secretario de la corte de circuito dentro de los 30 días después del registro de la decisión del fallo definitivo, o si se ha presentado una moción posterior al fallo, dentro de los 30 días después del registro de la decisión de la orden que resuelve la última moción posterior al fallo pendiente dirigida contra el fallo u orden final. Ill. S. Ct. R. 303(a)(1).

Después de presentar un aviso de apelación a tiempo, el apelante debe presentar dos documentos principales: la declaración de radicación del caso y el expediente en apelación. Además, el aviso de apelación debe notificarse a todas las demás partes dentro de los siete días y debe incluir una prueba de servicio.

El escrito de apertura del apelante debe presentarse dentro de los 35 días a partir de la presentación del expediente de apelación (o el certificado en su lugar). Ill. S. Ct. R. 343(a). La respuesta del apelado debe presentarse dentro de 35 días a partir de la fecha de vencimiento del informe del apelante, y la respuesta del apelante debe presentarse dentro de 14 días a partir de la fecha de vencimiento de la respuesta del apelado. La regla 341 establece requisitos detallados sobre el formato y la longitud de los escritos.

Una parte puede apelar una decisión de la Corte de Apelación ante la Corte Suprema de Illinois como una cuestión de derecho en los casos en los que se considera inválida una ley de los EE. UU. o de Illinois, o en los que surge, por primera vez, una cuestión en virtud de la Constitución de los EE. UU. o de Illinois. Ill. S. Ct. R. 317. En cualquier caso que no sea apelable ante una corte de apelación como cuestión de derecho, una parte debe presentar una petición de permiso para apelar ante la Corte Suprema de Illinois. Ill. S. Ct. R. 315(a). Such a petition must be filed within 35 days after either the judgment, a subsequent order denying a petition for rehearing, or a modified decision issued upon denial of rehearing. Ill. S. Ct. R. 315(b).

Exención de tarifas de presentación

Se deben renunciar a los honorarios y cargos si una corte determina que una de las partes es un indigente , según se define en el estatuto. 735 ILCS 5/5-105Ill. Sup. Ct. Regla 298. La parte debe presentar una solicitud ante la corte acompañada de una declaración jurada que demuestre su incapacidad para pagar debido a la falta de ingresos y recursos.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
12 de diciembre de 2024
Última revisión por parte del personal
20 de diciembre de 2024

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