a regresar al trabajo con la esperanza de que dejen las listas de discapacidad.La SSA define el trabajo para excluir empleos en los que el salario o sueldo bruto mensual de una persona es inferior a $1470 (o $2460 si es ciega) en 2023. Consulte la página de la SSA para obtener más información. Por lo tanto, muchos beneficiarios de SSDI y SSI que están discapacitados trabajan en empleos a tiempo parcial.
Aviso de Sobrepago: Requisitos básicos
Aviso por escrito
La SSA debe emitir un aviso por escrito al beneficiario actual o anterior cuando afirme que se le han pagado beneficios en exceso. 20 C.F.R. §§ 404.502a, 416.558.
El aviso debe explicar la razón del sobrepago
Se requiere que el aviso de sobrepago explique la base de la decisión de la SSA. 20 C.F.R. § 404.502a establece que el aviso debe incluir "[t]el monto del sobrepago y cómo y cuándo ocurrió.. (Seguro Social). 20 C.F.R. § 416.558(a) requiere que se envíe un aviso de los montos correctos e incorrectos para cada mes en el período a la persona contra la cual se busca el ajuste o la recuperación. (SSI).
El aviso debe incluir ciertos derechos
El aviso debe informar a la persona que ha recibido un sobrepago sobre el derecho a presentar una solicitud de reconsideración para impugnar la determinación de un sobrepago o el monto del sobrepago, así como la capacidad de presentar una solicitud de renuncia Un documento que renuncia a un derecho legal o excusa un requisito de cobro del sobrepago. 20 C.F.R. §§ 404.502a (SSDI); 416.558 (SSI).
Obtener una copia del aviso de su cliente
Si el cliente no tiene copias del aviso de sobrepago(s), entonces el defensor debe hacer un seguimiento con una oficina del distrito del Seguro Social. En general, los defensores deben comenzar por comunicarse con el enlace del abogado de la oficina de distrito que maneja al reclamante Una persona que usa una corte para exigir algo de otra persona y solicitar que se le proporcionen copias del aviso.
Formularios de la SSA para defensores
Los defensores deberán proporcionar un Consentimiento para la Liberación de Responsabilidad firmado por el cliente o un formulario de Nombramiento de Representante firmado.
Apelar Avisos de Sobrepago
Existen dos enfoques básicos para impugnar un sobrepago. Si usted cree que el sobrepago es erróneo, entonces debe presentar una apelación Una solicitud para cambiar la decisión de la corte . Si, por otro lado, la persona tiene un sobrepago legítimo pero no fue responsable de causarlo, entonces usted solicita una renuncia del sobrepago. 20 C.F.R. § 404.506; POMS GN 02250.005. A veces, puede presentar tanto una apelación como una solicitud de renuncia, dependiendo de los hechos del caso. Ambas opciones se discutirán en detalle en las siguientes secciones.
Los pagos en exceso pueden ser objeto de apelación utilizando el proceso de apelación administrativa del Seguro Social. 20 C.F.R. §§ 404.902(j), (k) y 404.905; 416.1402(c) y 416.1405.
Plazos de apelación
Los plazos de apelación son cortos: las apelaciones de decisiones adversas deben presentarse dentro de los 60 días a partir de la fecha en que el reclamante recibe la decisión. La SSA asume que un reclamante recibe la decisión dentro de los cinco días posteriores a la fecha en que se emite la decisión de la SSA. Por lo tanto, la SSA considerará que una apelación se presenta a tiempo si se presenta dentro de los 65 días a partir de la fecha de la decisión de la SSA que negó los beneficios.
¿Qué apelación?
El proceso de apelación administrativa se aplica a la mayoría de las determinaciones, por ejemplo, decisiones sobre discapacidad, montos de beneficios, sobrepagos, etc. 20 C.F.R. §§ 404.900 (SSDI) y 416.1400 (SSI).
Niveles de apelación
Al abogar en nombre de su cliente, es importante conocer los diferentes niveles del proceso de apelación administrativa de la SSA, cómo y cuándo presentar una apelación, quién toma las decisiones, el estándar de revisión y si se aceptará nueva evidencia Cualquier cosa utilizada para demostrar que algo es cierto.
El proceso de apelación administrativa de la SSA incluye tres niveles de revisión: Reconsideración, Audiencia del Juez de Derecho Administrativo y Consejo de Apelaciones. La decisión del Consejo de Apelaciones se considera la decisión administrativa final de la Administración del Seguro Social (SSA). Una vez que el reclamante agota el proceso de apelación administrativa de la SSA, puede solicitar una revisión presentando una queja Una declaración escrita para iniciar una demanda que diga lo que hizo el acusado en la corte de distrito federal. 42 U.S.C. §§ 405(g), 1383(c)(3).
Solicitud de reconsideración
La reconsideración es el primer nivel de revisión en el proceso de apelación administrativa de la SSA. 20 C.F.R. §§ 404.907; 416.1407.
Fecha límite para presentar
Un reclamante tiene 60 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de reconsideración. Como la SSA otorga tiempo para el envío, se asume que el reclamante recibe una decisión dentro de los 5 días a partir de la fecha de la decisión. Como resultado, un reclamante tiene 65 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de reconsideración. 20 C.F.R. §§ 404.909(a)(1) y 404.901; 416.1409 y 404.1401.
Cómo presentar una apelación
La solicitud de reconsideración se presenta en una oficina del distrito del Seguro Social. Se puede enviar por correo (use correo certificado Un servicio de notificación de documentos como el Servicio Postal de EE. UU. que envía a una parte un recibo como comprobante de que los documentos fueron enviados y entregados para tener comprobantes de recibo) o se puede entregar en mano. Si bien no es obligatorio, generalmente es recomendable presentar la apelación en la Oficina del Distrito de Seguro Social que esté más cerca del hogar del cliente. Si conoce el código postal de su cliente, puede encontrar su localizador de oficinas del Seguro Social. También puede presentar una Solicitud de Reconsideración en el sitio web de la SSA. Esta es una manera eficiente de solicitar una reconsideración.
Toma de decisiones
Por lo general, el personal de la Oficina del Distrito del Seguro Social toma la decisión sobre las solicitudes de reconsideración que involucran apelaciones de sobrepago, solicitudes de renuncia y solicitudes para negociar un monto de sobrepago. El estándar de revisión es de nuevo. El demandante puede presentar pruebas adicionales.
Audiencia ante un Juez de Ley Administrativa (ALJ)
Si la solicitud de reconsideración del reclamante es denegada, puede solicitar una audiencia ante un ALJ. 20 C.F.R. § 404.929: 416.1429. La solicitud de audiencia se presenta en una oficina del Distrito de Seguro Social. Todas las solicitudes deben entregarse en persona o enviarse por correo certificado u otro servicio que proporcione comprobantes de que la SSA recibió la apelación. También puede presentar una apelación solicitando una audiencia ante un ALJ en el sitio web de la SSA.
La solicitud de una audiencia se procesa inicialmente en la Oficina de Distrito, y luego se presenta el archivo de la apelación y todas las pruebas a la Oficina de Discapacidad Adjudicación A formal court decision y Revisión (ODAR). Hay cuatro ODAR que manejan casos en el área metropolitana de Chicago: Evanston, Chicago, Oak Brook y Orland Park. Una vez que la ODAR apropiada reciba el caso (según la dirección del reclamante), se asignará a un Juez de Derecho Administrativo y se fijará para la audiencia. Se debe advertir a los defensores que hay largas demoras para obtener audiencias con los Jueces Administrativos (ALJ) en las cuatro Oficinas de Audiencias y Recursos (ODAR) en el área de Chicago. La mayoría de los casos tardan al menos un año en resolverse una vez que el caso es recibido por la Oficina de Audiencias de Recursos (ODAR) correspondiente.
Fecha límite para presentar
Un reclamante tiene 60 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de audiencia ante el ALJ. Como la SSA otorga tiempo para el envío, se asume que el reclamante recibe una decisión dentro de los 5 días a partir de la fecha de la decisión. Como resultado, un reclamante tiene 65 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de audiencia. 20 C.F.R. §§ 404.933(b)(1) y 404.901; 416.1433 y 416.1401.
Cómo presentar una apelación
La Solicitud de Audiencia se presenta en una Oficina del Distrito de Seguro Social o en línea. Al igual que con las Solicitudes de Reconsideración, se puede enviar por correo (use correo certificado para tener comprobantes de recepción) o entregarse en mano, o puede apelar en el sitio web de la SSA.
Toma de decisiones
Un Juez de Ley Administrativa toma la decisión en la audiencia. Las audiencias son no contenciosas y no están sujetas a la mayoría de las reglas de prueba. Se realiza un registro de la audiencia y el juez administrativo (ALJ) debe emitir una decisión por escrito. 20 C.F.R. §§ 404.944-404.955 (SSDI); y 416.1444-416.1455 (SSI). El estándar para la revisión es de novo y usted puede presentar pruebas adicionales.
Nivel del Consejo de Apelaciones
El Consejo de Apelaciones es el tercer y último nivel de revisión en el proceso de apelaciones administrativas de la SSA. 20 C.F.R.§§ 404.967; 416.1467.
Plazo para la apelación
Un reclamante tiene 60 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de revisión ante el Consejo de Apelaciones. Debido a que la SSA otorga tiempo para el envío, se asume que una decisión se recibe dentro de los 5 días a partir de la fecha de la decisión. Como resultado, un reclamante tiene 65 días a partir de la fecha de la decisión para presentar una solicitud de audiencia. 20 C.F.R. §§ 404.968(a)(1) y 404.901; 416.1468 y 416.1401.
Cómo presentar una apelación
La solicitud de revisión de la decisión de la audiencia se puede presentar en una oficina del distrito del Seguro Social. También se puede enviar por correo directamente (use correo certificado para tener comprobantes de recepción) a la oficina del Consejo de Apelaciones en Virginia. Cualquier evidencia para que el Consejo de Apelaciones la considere debe incluirse con la solicitud. C.F.R. 20 §§ 404.968, 416.1468.
Toma de decisiones
El Consejo de Apelaciones en la oficina de Falls Church, Virginia, o Baltimore, Maryland, se encargará de revisar la decisión del ALJ. El Consejo de Apelaciones revisará los casos en los que: 1) parezca haber un abuso de discreción por parte del ALJ; 2) hay un error de derecho; 3) las acciones, hallazgos o conclusiones del ALJ no están respaldadas por pruebas sustanciales; o 4) existe una cuestión de política o procedimiento que pueda afectar al interés público general. §§ 404.970, 416.1470. El demandante puede presentar pruebas adicionales siempre y cuando solo se apliquen al tiempo antes de la audiencia. Por lo general, el Consejo de Apelaciones actúa sin una audiencia, pero se puede solicitar una argumentación oral. Si el Consejo de Apelaciones decide que el caso del demandante plantea una cuestión importante de derecho o política que se beneficiaría de una argumentación oral, proporcionará un aviso al menos 10 días antes de la audiencia programada. §§ 404.976, 416.1476. El Consejo de Apelaciones puede afirmar, modificar Cambiar o ajustar, o revertir la decisión del ALJ y debe emitir una decisión por escrito. 20 C.F.R. §§ 416.1479, 404.979.
corte de distrito federal
El Consejo de Apelaciones es la etapa final de la apelación administrativa a través de la SSA. La decisión del Consejo de Apelaciones puede ser revisada mediante la presentación de una acción en la corte de distrito federal. §§ 404.981, 416.1481.
Métodos de cobranza de la SSA
Para ambos programas, SSDI y SSI, la ley federal requiere que la SSA cobre todos los sobrepagos realizados, sin importar la causa.
Recuperación de beneficios mensuales
Para las personas que actualmente reciben beneficios, la SSA recuperará de los cheques mensuales de beneficios.
Si a una persona se le paga en exceso después del 27 y 2025 de marzo, la SSA la colocará automáticamente en "recuperación completa". Esto significa que se retendrá el 100% de su beneficio mensual del Seguro Social para pagar el pago en exceso. Para los sobrepagos entre marzo 25, 2024 y marzo 27, 2025, la tasa de cobro de la SSA es del 10% del monto del beneficio mensual o $10, lo que sea mayor. La retención Cuando un empleador retiene parte del salario de una persona para cubrir sus impuestos para los sobrepagos de Ingreso de Seguridad Suplementario (SSI) se mantiene en 10%, suponiendo que no haya fraude El engaño de alguien(s) con la intención de causar daño (sin incluir falsificaciones y contrabando). .
Si un beneficiario no puede permitirse que se le retenga el monto total de su beneficio, puede comunicarse con la SSA al (800)772-1213 para hacer una solicitud de una tasa de recuperación más baja.
Cobrar otros pagos del gobierno
En ciertas circunstancias, las deudas por sobrepago de SSDI y SSI se pueden cobrar de otros pagos del gobierno federal, incluidos los reembolsos de impuesto a las ganancias y los salarios federales.
Reembolsos de impuesto a las ganancias
La SSA puede solicitar al Departamento del Tesoro que compense los reembolsos del impuesto a las ganancias adeudados a los contribuyentes que tienen sobrepagos pendientes del Seguro Social y SSI. 20 C.F.R. §§ 404.520-404.526; 416.580-416.590. Dichas compensaciones están autorizadas por 31 U.S.C. § 3720A. El Departamento del Tesoro sigue ciertos procedimientos para recuperar los reembolsos. 31 C.F.R. § 285.2.
Recuperación entre programas
En ciertas circunstancias, los beneficios de SSDI pagados en exceso se pueden recuperar de los pagos de SSI. 20 C.F.R. §§ 404.530-404.545. Además, en ciertas circunstancias, los beneficios de SSI pagados en exceso se pueden recuperar de los pagos de SSDI. 20 C.F.R. §§ 416.572-416.575.
Embargo Administrativo de Salario
En ciertas circunstancias, la SSA puede embargar el salario de una persona para cobrar los sobrepagos del Seguro Social y SSI. 20 C.F.R. § 404.527. Sin embargo, las situaciones en virtud de las cuales embargo Cuando se retira el dinero de un deudor de su cheque de pago o cuenta bancaria para pagar una deuda que debe son limitadas y hay varios pasos que pueden tomar las personas para evitar este embargo por completo.