Escuela y educación
Conceptos clave en la educación especial Manual del abogado

Conceptos clave en la educación especial

servicios de intervención temprana 

Las familias de niños con discapacidades desde el nacimiento hasta los tres años de edad pueden ser elegibles para servicios de intervención temprana. Los servicios de intervención temprana se ofrecen sin costo y están diseñados para satisfacer las necesidades de desarrollo de un bebé o niño pequeño con discapacidades. 34 CFR §303.12-13.

Si es elegible, la familia del niño y el coordinador de notificación crearán un Plan de Notificación Familiar Individualizado (IFSP). Este plan incluye la fecha en que el niño hará la transición de los servicios de intervención temprana. 

Todos los servicios de intervención temprana deben comenzar dentro de los 30 días a partir de que el padre o tutor del niño dio su consentimiento al plan de notificación familiar individualizado. HB4999

Los niños pueden continuar recibiendo servicios de intervención temprana hasta el comienzo del año escolar después de su tercer cumpleaños, si:

  • Son menos de tres, 

  • Recibir servicios de intervención temprana, y 

  • Cumple años entre el 1 de mayo y el 31 de agosto.

Consulte 325 ILCS §20 para obtener más información sobre los servicios de intervención temprana en Illinois.

Educación Pública Gratuita y Apropiada (FAPE)

Cada estado está obligado a proporcionar a cada niño elegible para la educación especial una educación pública gratuita y apropiada, incluso cuando es expulsado o suspendido. Una educación "apropiada" es aquella que está diseñada para satisfacer las necesidades únicas del niño en la educación preescolar, primaria y secundaria. Los distritos escolares no están obligados a proporcionar la "mejor" educación o maximizar el potencial de un niño, pero la instrucción debe permitir que un niño haga "progresos educativos". 34 C.F.R. §300.101(a); 23 Código Administrativo de Illinois §226.50. Esto se aplica cuando los niños calificados tienen entre 3 y 21 años. Esto significa el día antes de que el estudiante cumpla 22 años, a menos que el cumpleaños del estudiante sea durante el año escolar, en cuyo caso es elegible para los servicios hasta el final del año escolar. 105 ILCS §5/14-1.02. Para la educación temprana, el Estado debe asegurarse de que se le ofrezca al niño una educación pública gratuita y adecuada (FAPE) y un Plan de Educación Individualizado (IEP) o un Plan de Servicios Individualizados (ISFP) antes de su tercer cumpleaños. Consulte 34 C.F.R. §§300.101-103 y 23 Ill. Admin. Code §226.50 para obtener más información sobre FAPE.  

Localización de niños

Cada estado debe desarrollar e implementar un método para localizar, identificar y evaluar a los niños con discapacidades que necesitan educación especial o cualquier servicio relacionado. Esto incluye a personas sin hogar, niños en escuelas privadas, niños migrantes, así como niños que pueden estar avanzando de un grado a otro. 34 C.F.R. § 300.111; 23 Código Administrativo de Ill §226.100.

Illinois aclara esta responsabilidad explicando que estos métodos deben incluir:

  • Evaluación anual para niños menores de 5 para identificar necesidades de educación especial o servicios de intervención temprana;
  • Revisión continua del desempeño y progreso de cada niño por parte de los maestros y otros profesionales; y
  • Coordinación con programas de intervención temprana para garantizar que la transición se realice según el cronograma federal.

Véase 23 Código Administrativo de Illinois §226.100.

Entorno menos restrictivo (LRE)

Cada estado está obligado, en la máxima medida apropiada, a educar a los estudiantes discapacitados junto con otros estudiantes que no son discapacitados. La remoción de niños discapacitados solo debe ocurrir cuando la educación en una clase de educación general con el uso de servicios complementarios de educación especial no es apropiada. 34 C.F.R. § 300.114. Los estados también están obligados a garantizar que haya un continuo de colocaciones alternativas disponibles para satisfacer las necesidades de los niños con discapacidades en materia de educación especial y servicios relacionados. 34 C.F.R. §300.115>

The IEP team, including the parents of the child, should determine the child's placement annually. El niño no debe ser retirado de las aulas de educación general apropiadas para su edad únicamente por la necesidad de modificaciones al currículo de educación general. 34 C.F.R. §300.116> Los requisitos para LRE también se aplican a entornos no académicos, como actividades extracurriculares y comidas.  

Titular de los derechos educativos

En virtud de IDEA, la persona que tiene los derechos de toma de decisiones educativas de un estudiante en asuntos de educación especial es la persona que cumple con la definición de "padre" en 34 CFR §300.30. Esto incluye a los padres biológicos y adoptivos, así como a los padres de crianza temporal, una persona que actúa en lugar de un padre biológico con quien vive el niño, o una persona que es legalmente responsable del bienestar del niño. In cases where the child is living in a youth shelter or group home, the Illinois State Board of Education (“ISBE”) will appoint a surrogate parent to make educational decisions on behalf of the minor. 23 Ill. Admin. Code § 226.550. Of course, once the student turns 18 years old, they acquire their educational decision-making authority, unless they decide to assign this authority to their parent or another adult, or have been adjudged incompetent. 23 Ill. Admin. Code §226.690, 105 ILCS §5/14-6.10.

Colocación en instalaciones de educación especial

Un estudiante puede ser colocado en una instalación que no está aprobada por ISBE si el equipo del IEP determina que el distrito escolar no puede satisfacer las necesidades del estudiante. Dentro de los 10 días de la solicitud, ISBE debe aprobarla. Para obtener la aprobación, la instalación debe:

  • Show that the teachers have appropriate licensure to serve the student population,
  • Tener un currículo adecuado para la edad,
  • Proporcionar datos de inscripción y asistencia, y
  • Tener la capacidad de implementar el Plan de Educación Individualizado (IEP) del estudiante.

A hearing officer also may approve an emergency placement.

El distrito escolar solicitante debe demostrar que realizó un esfuerzo de buena fe para ubicar al estudiante en una instalación aprobada por la ISBE. El distrito escolar debe pagar a la instalación al menos una vez por trimestre, a menos que se acuerde lo contrario.

La colocación debe revisarse anualmente por el equipo del IEP. Puede continuar siempre que la instalación cumpla con las necesidades del estudiante. Cada 3 años, el equipo debe determinar si hay instalaciones aprobadas que pueden aceptar al estudiante.

Última revisión
05 de noviembre de 2024
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08 de noviembre de 2024