Casa y apartamento
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
¿Cuándo un [no-lexicon]propietario[/no-lexicon] necesita proporcionar un servicio público a los [no-lexicon]inquilinos[/no-lexicon]?
El propietario no necesita proporcionar servicios públicos a un inquilino a menos que el área tenga una ley que los requiera o esté en el contrato de renta.
¿Qué pasa si el propietario no paga la factura del servicio público?
Si su edificio tiene 3 o más unidades y el propietario no paga la factura del servicio público, la compañía de servicio público no puede cortar la notificación a los inquilinos a menos que se lo notifique de antemano. El servicio público debe informar a los inquilinos al menos 10 días antes de la desconexión. El aviso debe contener:
- La fecha de corte;
- Una declaración de los derechos de los inquilinos a pagar la cantidad adeudada y el derecho de los inquilinos a deducir lo que se pague de la renta;
- Una declaración del derecho de los inquilinos a pedirle a la corte que designe a alguien llamado receptor que cobrará los alquileres y se asegurará de que se paguen los servicios públicos;
- El monto de las facturas adeudadas y la factura mensual promedio; y
- El nombre de una agencia local de servicios legales gratuitos.
¿Y si solo hay un medidor?
En un edificio de apartamentos con más de una unidad y un medidor, es difícil averiguar cuánto debe cada inquilino por el servicio público. En la mayoría de los casos, el propietario paga por la notificación y luego incluye el monto en la renta. Cuando esto sucede, es posible que no sepa cuánto le está cobrando el propietario a usted y a los otros inquilinos por la notificación.
El propietario no puede obligarle a pagar por la notificación que pasa por un medidor maestro hasta que le informe por escrito lo que pagará cada inquilino. El total de los pagos no puede exceder el monto de la factura. El propietario debe darle una copia de la factura del servicio público si usted la solicita. Esta ley no se aplica a los contratos de renta en los que el propietario establece una renta fija. Esto significa que establecen una cantidad sin reservar el costo de los servicios públicos.
¿Hay cosas que el propietario no puede hacer?
A menos que usted y el propietario lo acuerden por escrito, el propietario no puede obligarle a pagar los servicios públicos durante su contrato de renta. Es ilegal que un propietario:
- Detener el servicio público, lo que significa que el propietario no puede pedirle a la empresa de servicios públicos que corte el servicio. El propietario no puede permitir que la empresa de servicios públicos desconecte el servicio al no pagar la factura.
- Cortar su servicio manipulando el equipo o las líneas.
- Desconecte su servicio público si se atrasa en el pago de su alquiler; A esto se le llama cierre patronal ilegal.
- Hacerle pagar por el servicio a las unidades de otros inquilinos.
- Es ilegal que un propietario le haga pagar facturas de servicios públicos que incluyen el servicio a las áreas comunes del edificio. Esto incluye áreas como pasillos, escaleras y sótanos compartidos con otros inquilinos.
- Nota: Hacer que usted pague los servicios públicos fuera de su unidad puede ser legal. Sin embargo, el propietario debe hacer todas las siguientes cosas antes de que usted firme un contrato de renta o pague un depósito de garantía:
- Le informa por escrito qué áreas del edificio son servidas por su medidor;
- Le proporciona copias de las facturas de servicios públicos de su unidad durante los últimos 12 meses, a menos que usted le indique al propietario por escrito que no lo haga;
- No le obliga a cobrar dinero por los servicios públicos de otros inquilinos; y
- Le informa por escrito cuánto de su renta puede retirar para pagar el servicio público fuera de su unidad.
Si encuentra que sus facturas de servicio público son extrañamente altas, debe verificar si hay un grifo de servicio público ilegal.
¿Qué sucede si el propietario deja de pagar los servicios públicos?
Si el propietario deja de pagar ilegalmente o le pide a la compañía de servicios públicos que corte su notificación, puede demandar al propietario para obtener una orden judicial para reconectar el servicio público. También puede demandar por daños y perjuicios por el monto de una renta completa por cada mes que se detuvo la notificación.
Si el propietario ignoró intencionalmente sus derechos, la corte también podría otorgarle daños especiales. Esto podría ser hasta $300 al mes o $5,000 al mes dividido por el número de inquilinos afectados, lo que sea menor.
Cuando el propietario no paga la factura, usted o los otros inquilinos pueden pagar por la notificación. Si lo hace, la compañía de servicio público debe aplicar el pago a la cuenta del propietario. La ley dice que puede retener cualquier pago que haga de su renta. Es contra la ley que el propietario aumente la renta para cobrar la totalidad o parte de las cantidades que usted retuvo del pago de la renta. Si los pagos del inquilino son suficientes para cubrir el monto adeudado, la compañía de servicios públicos no puede desconectar la notificación o debe restaurar la notificación si fue desconectada.
Cuando el propietario no ha pagado la factura, cualquier inquilino puede pedirle a la compañía de servicios públicos que ponga la factura a nombre del inquilino. Si el inquilino tiene un crédito aceptable, o paga un depósito y acepta pagar las facturas futuras, entonces la compañía de servicios públicos no puede desconectar la notificación y debe restaurar la notificación a cualquier inquilino que haya sido desconectado.
¿Puede demandar a un propietario que le hace pagar por el servicio público de las áreas comunes?
Sí, puede demandar al propietario si le hace pagar los servicios públicos de otras unidades de apartamentos o áreas comunes del edificio sin decírselo.
También puede demandar al propietario por cambiar el contrato de renta de servicios públicos pagados por el propietario a servicios públicos pagados por el inquilino sin decírselo durante el plazo del contrato de renta. En este caso, usted puede demandar al propietario para recuperar el dinero que ya pagó. Si la corte determina que el propietario actuó intencionalmente, la corte puede laudar daños triples. La corte también puede concederle las costas judiciales y los honorarios de los abogados.
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.