Familia y seguridad
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¿Qué es la Manutención conyugal?
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En Illinois, un juez puede obligar a un cónyuge a pagar dinero al otro de forma continua tras un divorcio. Esto se llama "mantenimiento". Antes se llamaba "manutención conyugal" o "pensión alimenticia". El propósito de la Manutención es ayudar al cónyuge receptor a mantenerse después del Divorcio y a conservar el nivel de vida que tenía durante el matrimonio. Sin embargo, el juez no está obligado a emitir una orden de mantenimiento. La Corte generalmente espera que las personas que pueden trabajar encuentren un empleo y se mantengan por sí mismas.
Las leyes de Manutención son iguales para hombres y mujeres.
¿Qué factores se tienen en cuenta para decidir si un cónyuge puede obtener la manutención conyugal?
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El juez tendrá en cuenta los siguientes factores al decidir la manutención conyugal:
- Los ingresos y propiedad de los cónyuges, incluyendo la propiedad entregada al cónyuge receptor y las obligaciones financieras impuestas a ambos debido al Divorcio;
- Las necesidades de los cónyuges;
- El potencial de ingresos de cada cónyuge, ahora y en el futuro;
- Si el potencial de ingresos actual o futuro de un cónyuge receptor se vio, debido al matrimonio, afectado negativamente por
- Su tiempo dedicado a las tareas del hogar o a las labores domésticas
- Retrasar o renunciar a oportunidades para su carrera, educación o formación;
- Si existe alguna discapacidad que afecte al potencial de ingresos actual o futuro del cónyuge que paga;
- El tiempo necesario para que el cónyuge receptor reciba formación, educación o un empleo, y si puede mantenerse con ese trabajo, así como cómo afectan las Responsabilidades parentales a esto;
- El nivel de vida durante el matrimonio;
- La duración del matrimonio;
- Las edades de los cónyuges, estado de salud, ocupaciones, fuentes de ingreso, empleabilidad, bienes, deudas y necesidades;
- Todas las fuentes de ingresos públicos y privados, incluyendo ingresos por discapacidad y retiro;
- Consecuencias fiscales para cada cónyuge;
- Las contribuciones y servicios del cónyuge receptor a la educación, formación y carrera del cónyuge que paga;
- Cualquier acuerdo entre los cónyuges; y
- Cualquier otro factor que el juez considere "justo y equitativo".
El juez no tendrá en cuenta la "mala conducta conyugal" como el adulterio.
¿Cuánta Manutención conyugal puede ordenar el juez?
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Si los ingresos anuales combinados de los cónyuges son inferiores a $500,000 y el cónyuge que paga no está pagando la manutención conyugal y/o la manutención de hijos de una relación anterior, entonces la cantidad de la manutención conyugal se calcula tomando el 33⅓% de los ingresos netos anuales del cónyuge que paga y restando el 25% de los ingresos del cónyuge receptor. Sin embargo, el nuevo ingreso del cónyuge receptor (neto anual más manutención) no puede superar el 40% del ingreso neto anual original combinado de ambos cónyuges.
La cantidad puede calcularse mediante:
- Multiplicando el ingreso neto anual del cónyuge que paga por 0,333 (cantidad A)
- Multiplicando el ingreso neto anual del cónyuge receptor por 0,25 (Cantidad B)
- Restar la cantidad B de la cantidad A equivale a la cantidad anual de mantenimiento (cantidad C)
A continuación, hay un cálculo del límite de la cantidad de Manutención que puede recibir el cónyuge receptor:
- Sume la cantidad anual de manutención (Cantidad C) al ingreso neto anual del cónyuge receptor (Cantidad D)
- Suma el ingreso neto anual del cónyuge receptor al ingreso neto anual del cónyuge que paga. Multiplique esta cantidad por 0,4 (Cantidad E)
Si el importe D es mayor que el importe E, reduzca el importe de la Manutención conyugal para que sean iguales. Esta es la cantidad anual de Manutención que recibirá el cónyuge receptor.
Ejemplo:
Supongamos que el ingreso neto anual del cónyuge que paga es $50,000, y el ingreso neto anual del cónyuge receptor es $25,000:
- $50,000 (ingreso neto del cónyuge que paga) X 0.333 = $16,650 (Cantidad A)
- $25,000 (ingreso neto de los receptores) X 0,25 = $6,250 (Cantidad B)
- $16,650 (Cantidad A) - $6,250 (Cantidad B) = $10,400 (Cantidad C)
Para calcular cualquier límite en la cantidad:
- $10,400 (Importe C) + $25,000 (ingreso neto del cónyuge receptor) = $35,400 (Importe D)
- $50,000 (ingreso neto del cónyuge que paga) + $25,000 (ingreso del cónyuge receptor) = $75,000. $75,000 X 0,4 = $30,000 (Cantidad E)
Aquí, la cantidad D ($35,400) es $5,400 más que la cantidad E ($30,000). Por lo tanto, $5,400 deben restarse de $10,400 (cantidad C). Por lo tanto, el juez ordenará al cónyuge que paga que le pague al cónyuge receptor $5,000 al año en manutención.
¿Puede un juez desviarse de las directrices para determinar la cantidad de Manutención conyugal?
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Sí, un juez puede decidir ordenar una cantidad diferente de manutención conyugal si no es apropiado dadas las circunstancias mencionadas anteriormente o si existen órdenes de Manutención o manutención de hijos para un parentesco anterior. Si el juez decide no seguir las directrices, debe proporcionar el motivo de la salida.
¿Se ve afectada la manutención de hijos por la manutención conyugal en un Divorcio?
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Sí. Al calcular cuánto se puede ordenar la manutención de hijos, el juez tendrá en cuenta el ingreso de ambos progenitores. El cónyuge receptor debe incluir cualquier pago de manutención conyugal en su ingreso. Si el ingreso del cónyuge que paga se reducirá por lo que pague en manutención conyugal.
¿Cuánto puede durar la manutención?
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La duración de la manutención depende de la duración del matrimonio:
Duración del matrimonio (en años) | Duración de la manutención conyugal |
Menos de 5 | Duración del matrimonio X 0.20 |
5-6 | Duración del matrimonio X 0.24 |
6-7 | Duración del matrimonio X 0.28 |
7-8 | Duración del matrimonio X 0.32 |
8-9 | Duración del matrimonio X 0.36 |
9-10 | Duración del matrimonio X 0.40 |
10-11 | Duración del matrimonio X 0.44 |
11-12 | Duración del matrimonio X 0.48 |
12-13 | Duración del matrimonio X 0.52 |
13-14 | Duración del matrimonio X 0.56 |
14-15 | Duración del matrimonio X 0.60 |
15-16 | Duración del matrimonio X 0.64 |
16-17 | Duración del matrimonio X 0.68 |
17-18 | Duración del matrimonio X 0.72 |
18-19 | Duración del matrimonio X 0.76 |
19-20 | Duración del matrimonio X 0.80 |
20+ | Duración del matrimonio o indefinidamente |
Por ejemplo, si los cónyuges estuvieron casados durante cinco años (60 meses), la Manutención conyugal puede durar 14 meses (60 meses x 0,24).
Tenga en cuenta que el juez puede desviarse de estas directrices en función de los factores mencionados anteriormente.
Si el cónyuge receptor se vuelve a casar, ¿termina la orden de Manutención conyugal?
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Si el cónyuge receptor se vuelve a casar o comienza a vivir con una pareja de parentesco, las órdenes de manutención conyugal pueden finalizar.
Si alguno de los cónyuges fallece, ¿termina la orden de Manutención conyugal?
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Sí. Si alguno de los cónyuges fallece, las órdenes de manutención conyugal pueden finalizar.
Si el cónyuge que paga está encarcelado, ¿termina la manutención conyugal?
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En el pasado, si el cónyuge que pagaba estaba en la cárcel o encarcelado y debía Manutención conyugal, los pagos se suspendían. En 2025, la ley cambió. Los pagos ya no están pausados y cualquier cantidad que no se pague se convierte en atrasos. Si el cónyuge que paga no puede realizar los pagos mientras está encarcelado, debe Presentar una demanda para modificar la orden de Divorcio.
Si el cónyuge que paga pierde su trabajo, ¿termina la manutención conyugal?
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Si el cónyuge que paga se queda desempleado, la orden de Manutención conyugal sigue vigente hasta que el cónyuge que paga acude a la Corte para pedir al juez que modifique la orden. Dependiendo de las circunstancias, el juez puede colaborar con el cónyuge que paga suspendiendo o reduciendo la orden.
¿Se puede modificar una orden de Manutención conyugal más adelante?
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Sí. A menos que no esté permitido en la orden final de Divorcio, los cónyuges pueden Presentar una demanda para solicitar al juez que modifique una orden de Manutención conyugal en función de cambios sustanciales en la situación financiera de los cónyuges. Esto puede incluir el retiro o completar un título que permita al cónyuge receptor ganar más dinero en el trabajo.
¿Se puede ordenar la Manutención conyugal mediante órdenes temporales?
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Sí, un juez puede ordenar que la Manutención conyugal se pague mediante órdenes temporales, que estarán vigentes mientras el caso principal de Divorcio esté pendiente.
¿Cómo se grava la Manutención conyugal?
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El cónyuge que paga paga impuestos sobre la manutención conyugal. No reciben deducción fiscal. La Manutención conyugal no se considera ingreso para el cónyuge receptor.
¿Qué ocurre si el cónyuge que paga no realiza los pagos?
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Si el cónyuge que paga se niega a realizar los pagos de manutención conyugal ordenados por un juez, el cónyuge receptor puede hacer cumplir la orden de divorcio. El cónyuge que paga puede ser acusado de Desacato judicial. El juez puede ordenar al cónyuge que paga que realice un pago inmediato, añada cantidades por intereses o honorarios, o embargue su salario.
Más información sobre hacer cumplir una orden de Divorcio.
¿Dónde puede alguien aprender más sobre la Manutención conyugal en un divorcio?
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Más información sobre la manutención conyugal en la Ley de Matrimonio y Disolución del Matrimonio de Illinois, 750 ILCS 5/504.
¿Necesita un abogado que le ayude?
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Para casos más sencillos y menos complicados, donde no hay mucha propiedad o deuda, no hay hijos y ambos cónyuges están de acuerdo en todos los aspectos, incluida la manutención conyugal, puede que no sea necesario un abogado.
Sin embargo, se recomienda un abogado en situaciones en las que:
- El Divorcio es Disputado: los cónyuges no pueden llegar a un acuerdo sobre cuestiones importantes relacionadas con hijos, propiedad o deudas;
- Uno de los cónyuges está representado por un abogado: un cónyuge por derecho propio enfrenta una clara desventaja en un divorcio si el otro cónyuge está representado por un abogado; o
- Hay violencia doméstica involucrada en la relación.
Utilice Obtenga ayuda legal para encontrar una organización de asistencia legal gratuita o un abogado privado.
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