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https://www.illinoislegalaid.org/legal-information/responding-domestic-violence-order-protection-case-common-questions
Fecha: 09/08/2025

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En Illinois, una petición para una Orden de Protección puede ser presentada por la parte denunciante (peticionario) que alega que ha experimentado violencia doméstica por parte de su abusador.

El presunto...

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¿Qué es una orden de protección?
¿Cómo obtiene alguien una Orden de protección contra otra persona?
¿El presunto abusador tiene que seguir la Orden de Protección?
¿Cómo se verá afectado un presunto abusador si se otorga una Orden de Protección en su contra?
¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar el lugar donde vive?
¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar su capacidad para poseer armas de fuego o pistolas?
¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar a sus hijos?
¿Una Orden de Protección impide que la parte que denuncia la violencia doméstica haga algo?
¿Qué más debe hacer el/la agresor/a si se le entrega formalmente una Petición de Orden de Protección o una Orden de Protección de Emergencia?
¿Qué recursos están disponibles para ayudar a los presuntos abusadores?
¿Debería conseguir un abogado para que le ayude si le han entregado una petición de una Orden de Protección o una Orden de Protección?

¿Qué es una orden de protección?

Una Orden de Protección es una orden judicial otorgada por un juez que está diseñada para proteger a un sobreviviente de violencia doméstica (peticionario) contra su presunto abusador (demandado) al prohibir cierto comportamiento. Una orden de protección a veces también se conoce como orden de protección.

Hay tres tipos de Órdenes de Protección que se pueden usar juntas para proteger a los peticionarios:

  • Una Orden de Protección plenaria (POP, por sus siglas en inglés) es una orden que puede estar vigente hasta por dos años. Se puede conceder después de una audiencia con el juez en la que se notifica al demandado y se le da la oportunidad de comparecer ante el tribunal.
  • Una orden de protección de emergencia (EOP) es una orden temporal que puede durar hasta tres semanas. Está diseñado para proporcionar protección inmediata, especialmente en un tiempo entre el momento en que el demandado es notificado de la petición para el POP y la audiencia para la Orden de Protección plenaria. Un juez puede otorgar una EOP después de una audiencia en la que el demandado no necesita ser notificado o estar presente.
  • Una orden de protección provisional es una orden temporal que puede durar hasta 30 días. Está diseñado para proporcionar protección inmediata, especialmente en el tiempo que transcurre entre el momento en que se notifica al demandado de la petición de POP y la audiencia. Un juez puede otorgar una Orden de Protección Provisional después de una audiencia en la que el demandado no necesita ser notificado o estar presente, siempre y cuando el peticionario le demuestre al juez que está tratando de notificar al demandado sobre el caso.

Un peticionario puede presentar la solicitud para el POP y el EOP al mismo tiempo. Lea más sobre Órdenes de Protección.

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¿Cómo obtiene alguien una Orden de protección contra otra persona?

Para obtener una Orden de Protección, la parte denunciante (peticionario) debe presentar una Petición de Orden de Protección. En su petición, el peticionario debe explicarle a un juez por qué quiere una Orden de Protección contra el presunto abusador (demandado). Si el juez cree que el peticionario ha sido abusado o acosado, debe otorgar la Orden de Protección.

Después de presentar una Petición de Orden de Protección, el peticionario le explicará al juez en la corte por qué está solicitando la Orden de Protección. El juez puede, entonces: 

  • Otorgar al peticionario una Orden de Protección de Emergencia, que protegerá al peticionario durante 21 días mientras se notifica al demandado sobre el caso.
  • No otorgar al peticionario una Orden de Protección de Emergencia, sino continuar el caso para decidir si le otorga al peticionario una Orden de Protección plenaria después de escuchar ambos lados de la historia.
  • Denegar la solicitud de una Orden de Protección por completo y desestimar el caso.

El demandado debe ser notificado de la petición y se le debe dar información para asistir a la audiencia donde se decidirá la Orden de Protección en pleno. El demandado no necesita ser notificado y se le dará una audiencia cuando se decidirá la Orden de Protección de Emergencia . Obtenga más información sobre cómo responder a una orden de protección presentada contra alguien.

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¿El presunto abusador tiene que seguir la Orden de Protección?

Si el/la agresor/a (demandado/a) está recibiendo la petición solicitando la Orden de Protección e información sobre una próxima fecha en la corte, entonces el/la juez/a aún no ha firmado la orden plenaria. Obtenga más información sobre cómo responder a una orden de protección presentada contra alguien.

Si un juez ya ha firmado la Orden de Protección o la Orden de Protección de Emergencia, la orden debe ser seguida inmediatamente por el demandado. Si un demandado es condenado por un delito por violar una Orden de Protección en un tribunal penal o es declarado en desacato al tribunal en un tribunal civil o penal, puede enfrentar las siguientes consecuencias:

  • Tiempo en la cárcel,
  • Pago de la restitución al peticionario,
  • Multas
  • Pago de honorarios de abogados y costas judiciales,
  • Servicio a la comunidad,
  • Supervisión, o
  • Antecedentes penales

En Illinois, violar una Orden de Protección puede ser un delito menor de Clase A.  Una segunda o subsiguiente ofensa puede ser un delito grave de Clase 4.

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¿Cómo se verá afectado un presunto abusador si se otorga una Orden de Protección en su contra?

Una Orden de Protección puede afectar al presunto abusador (demandado) de muchas maneras diferentes. Es importante que el demandado lea detenidamente la orden y hable con un abogado si no la entiende. Cada orden tiene detalles específicos, y el demandado debe entender lo que se espera de ellos. Si un demandado no entiende los requisitos de la orden, puede violar la orden y enfrentar cargos penales.

La orden puede indicar qué tan lejos físicamente debe estar el demandado de la parte denunciante (peticionario). También incluirá cualquier otra regla de no contacto. Estos pueden incluir no:

  • Llamadas telefónicas,
  • Hablando en persona,
  • Mensajes de texto,
  • Cartas, faxes, mensajes de voz y correos electrónicos
  • Publicaciones/mensajes en redes sociales, y
  • Contactar a través de un tercero, como un amigo, familiar, compañero de trabajo, vecino, etc.

Un demandado también puede enfrentar consecuencias de inmigración si se otorga una Orden de Protección en su contra. Una Orden de Protección también puede aparecer en algunas verificaciones de antecedentes. 

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¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar el lugar donde vive?

Sí. Una Orden de Protección puede requerir que un presunto abusador (demandado) se mude de la casa que comparte con la parte denunciante (peticionario). Es posible que al demandado se le permita regresar a la casa para recoger sus cosas personales, pero tendrá que vivir en otro lugar.

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¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar su capacidad para poseer armas de fuego o pistolas?

Sí. Una vez que se ha entregado una orden de protección contra el presunto abusador (demandado), no se le permite tener armas de fuego o pistolas. El demandado no puede comprar, adquirir o estar en posesión de armas de fuego, municiones u otras armas peligrosas (como explosivos). Esto incluye artículos de colección y armas de fuego que no les pertenecen. Si el demandado ya posee armas de fuego, no se permite almacenarlas en una caja fuerte dentro de su casa. El demandado puede dejar sus armas de fuego con un abogado, un comerciante de armas de fuego aprobado, o con la policía local o el alguacil.  También se les retirará la tarjeta de identificación del propietario de armas de fuego (FOID) y la licencia de portación oculta.

El 11 de mayo de 2025 entra en vigor en Illinois una nueva ley llamada Ley de Karina (Karina's Law). Esta nueva ley requiere que las armas de fuego, las partes de armas de fuego, el FOID y la licencia de portación oculta se entreguen a la policía en el momento en que el demandado recibe la Orden de Protección o dentro de las 24 horas si el demandado no tiene estos artículos con ellos. La nueva ley también permite que la parte denunciante (peticionario) solicite más específicamente una orden de registro en la Orden de Protección para que las fuerzas del orden puedan tomar estos artículos del demandado y almacenarlos.  La policía debe entonces realizar el registro y la confiscación dentro de un plazo de 96 horas si se ha presentado una denuncia de violencia doméstica a la policía local en los 90 días previos. Si no ha habido un informe, la policía tendrá 48 horas para evaluar la orden y solicitar cualquier corrección. Si se realizan cambios, las fuerzas del orden tendrán 96 horas a partir de ese cambio para llevar a cabo la orden y realizar las expulsiones.

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¿Puede una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador afectar a sus hijos?

Sí. Una Orden de Protección otorgada contra un presunto abusador (demandado) puede prohibirle ver o contactar a sus hijos, incluidos los hijos que tienen con otras personas que no sean la parte denunciante (peticionario). La orden puede explicar el tiempo de crianza y el poder de decisión de los hijos.

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¿Una Orden de Protección impide que la parte que denuncia la violencia doméstica haga algo?

No. Una Orden de Protección es una acción unidireccional que solo afecta las acciones del presunto abusador (demandado). La parte denunciante (peticionario) no se ve afectada por ello.

Si el demandante se comunica con el demandado, habla con ellos o va a su casa, el demandante no está violando la orden. Sin embargo, si el demandado responde a los intentos del demandante de comunicarse con él o está más cerca del peticionario de lo que permite la orden, el demandado está violando la Orden de Protección. El demandado puede ser declarado en desacato al tribunal o acusado penalmente.

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¿Qué más debe hacer el/la agresor/a si se le entrega formalmente una Petición de Orden de Protección o una Orden de Protección de Emergencia?

Si el presunto abusador (demandado) ha recibido una petición de Orden de Protección o una Orden de Protección de Emergencia, debe conservar cualquier información registrada que pueda ser útil en su caso, con información visible de fecha y hora. El demandado debe estar preparado para presentar estas pruebas ante el juez en la audiencia sobre la Orden de Protección plenaria. lo que incluye:

  • Grabaciones telefónicas, mensajes de voz o grabaciones de contestadores automáticos,
  • Correos electrónicos y cartas,
  • Recibos de tarjetas de crédito,
  • Fotografías,
  • Grabaciones de video, y
  • Mensajes o publicaciones en redes sociales.

El demandado debe llevar consigo una copia de la orden de protección en todo momento. Tener la orden de decirle a un oficial de policía lo que se le permite y lo que no se le permite hacer bajo la orden ayudará a proteger sus derechos.

Un demandado puede elegir si comparecer o no ante el tribunal para la próxima fecha de audiencia. Sin embargo, si el demandado recibe la notificación del caso y no comparece ante el tribunal, se puede dictar una orden plenaria contra él.  Obtenga más información sobre cómo responder a una orden de protección.

Si un demandado recibe una notificación de que se ha dictado una orden plenaria en su contra después de que no se presentó ante el tribunal, tiene 30 días para presentar una moción pidiéndole al juez que reconsidere la orden plenaria. Después de 30 días, el demandado aún puede presentar la demanda, pero será más difícil eliminar la orden plenaria. Obtenga más información sobre cómo presentar una moción. 

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¿Qué recursos están disponibles para ayudar a los presuntos abusadores?

El Departamento de Servicios Humanos de Illinois tiene un Programa de Intervención de Abuso de Pareja (PAIP, por sus siglas en inglés) que puede ser útil. Puede presentar una solicitud llamando a la Línea de Ayuda contra la Violencia Doméstica del Estado de Illinois al: (877) TO END DV (877-863-6338) o (877) 863-6339 (TTY)
 

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¿Debería conseguir un abogado para que le ayude si le han entregado una petición de una Orden de Protección o una Orden de Protección?

Un presunto abusador (demandado) puede querer conseguir un abogado si se le ha entregado legalmente una petición de una Orden de Protección o si se le ha otorgado una Orden de Protección en su contra. Es importante entender lo que significa y requiere la orden. Puede afectar muchos aspectos de su vida.

Puede usar Obtenga ayuda legal para encontrar una ayuda legal gratuita o un abogado privado cerca de usted.

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Última revisión completa realizada por un experto en la materia
08 de abril de 2025
Última revisión por parte del personal
04 de mayo de 2025

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