Salud y beneficios
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
TANF significa Asistencia Temporal para Familias Necesitadas. Usted puede presentar una apelación de cualquier decisión que niegue, cambie o suspenda los beneficios de TANF. También puede apelar si el DHS no actúa sobre su solicitud.
Puede presentar una apelación:
- En línea a través de su cuenta ABE,
- Por escrito en su oficina local del Centro de Recursos Comunitarios y Familiares (FCRC), o
- Al llamar al (800) 435-0774.
Recuerde que debe presentar una apelación dentro de los 60 días a partir de la fecha del aviso por escrito.
Puede seguir recibiendo pagos incluso durante una apelación. Para seguir recibiendo pagos, debe presentar una apelación:
- Apelar dentro de los 10 días a partir de la fecha del aviso de cambio; o
- Antes de que la fecha del cambio sea efectiva, lo que ocurra más tarde.
La fecha en que el cambio se vuelve efectivo se incluye en el aviso de cambio. Asegúrese de obtener algún tipo de registro de que presentó su apelación, que muestre la fecha en que se presentó.
Usted tiene derecho a una audiencia justa durante la apelación de una decisión del DHS. Después de presentar la apelación, se supone que el DHS debe llevar a cabo una reunión previa a la audiencia con usted, ya sea en persona o por teléfono. Usted se reunirá con su trabajador de casos y su supervisor.
DHS puede aceptar aprobar el caso o restaurar sus beneficios completos de inmediato, si:
- Su solicitud fue denegada, o
- Sus pagos de TANF se cambiaron o terminaron debido a un error o a un malentendido sobre los hechos.
El DHS puede pedirle que retire su apelación. Solo retire su apelación si está de acuerdo con la decisión del Departamento de Servicios Humanos (DHS). Si llega a un acuerdo, debe asegurarse de obtener el acuerdo por escrito antes de retirar su apelación.
Si el DHS no cambia su decisión y usted no retira su apelación, el DHS programará una audiencia justa.
Un oficial de audiencias imparcial llevará a cabo la audiencia. En la audiencia, usted puede llevar a cualquier persona para que lo represente, incluyendo a un abogado. También puede representarse a usted mismo.
Usted tendrá los siguientes derechos en la audiencia:
- Para examinar (antes o durante la audiencia) los registros que utilizará el Departamento de Servicios Humanos (DHS), incluido el registro de su caso,
- Para presentar su testimonio y otros testigos en apoyo de su reclamo,
- Para presentar documentos que apoyen su caso,
- Para contrainterrogar a otros testigos, y
- Presentar sus argumentos.
Después de la audiencia, el oficial de audiencias enviará su decisión por escrito. Puede presentar una demanda si no está de acuerdo con la decisión en la audiencia de DHS.
Usted puede presentar una demanda en la Corte de Circuito si un oficial de audiencias falla en su contra en una audiencia del DHS. La queja se denomina revisión administrativa. Debe presentar esta demanda a más tardar dentro de 35 días a partir de la fecha en que se le envió la decisión. También dentro de los 35 días, debe asegurarse de que el secretario de la corte de circuito emita las citaciones al DHS.
No puede presentar ninguna nueva prueba. Usted o su abogado tendrán la oportunidad de demostrar que las pruebas presentadas en la audiencia apoyan su caso.
El juez decidirá entonces si el oficial de audiencias:
- Miró los hechos de la manera correcta; y
- Aplicó la ley de manera adecuada.
Luego, el juez hará lo siguiente:
- Aprobar su reclamo;
- Negar su reclamo; o
- Envíe su caso de nuevo al DHS para que lo reevaluen.
Más información sobre Iniciar una demanda.