Dinero y deudas

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No realicé pagos bajo un plan de pago del Capítulo 13

Un plan del Capítulo 13 requiere que usted se ponga al día con algunas o todas sus deudas. Por esta razón, para tener éxito en un caso del Capítulo 13, necesitará tener más ingreso que cuando se atrasó en sus deudas. De lo contrario, usted tendrá que vivir con un presupuesto muy ajustado durante el plan.

Muchos planes del Capítulo 13 no tienen éxito. No hay períodos de gracia para los pagos en virtud de un plan del Capítulo 13. Si no realiza pagos en virtud de el plan, el fiduciario de bancarrota puede pedirle a la corte que desestime su caso por falta de pago. Cuando esto sucede, también pierde la protección de la bancarrota y todas las deudas originales se restablecen. Si el fiduciario busca desestimar su caso por falta de un pago, usted puede presentar una oposición por escrito en la corte para explicar sus circunstancias y argumentar su posición en una audiencia. Debe explicar por qué no realizó su pago y cómo podrá realizar el pago si tiene más tiempo.

Para tratar de evitar esa situación, tan pronto como sepa que podría haber un problema con el pago oportuno en virtud de su plan del Capítulo 13, hable con su abogado (si tiene uno) y con el fiduciario. El fiduciario puede aceptar que usted difiera un pago del plan (si, por ejemplo, tiene una dificultad financiera temporal que le dificulta realizar el pago). Aplazar uno o dos pagos puede ser justo lo que necesita para ponerse al día con los pagos de su plan. También puede considerar solicitar a la corte que modifique su plan si sus circunstancias han cambiado (por ejemplo, pérdida de empleo o surgimiento de una factura médica grande).

Modificación del plan

Los cambios en su situación financiera pueden dificultar los pagos continuos del plan en el futuro cercano. Si ese es el caso, puede solicitar a la corte que reduzca los montos de pago de su plan presentando una moción. La moción debe:

  1. Explique las razones por las que desea modificar su plan,
  2. Proponer un nuevo plan de pago, y
  3. Proporcione a la corte la mayor cantidad de documentación posible para respaldar su solicitud. Si la corte concede su moción, ajustará formalmente el monto de su pago por el resto de su plan.

Liberación por dificultades económicas

En algunas circunstancias raras, puede solicitar una liberación por dificultades económicas después de no completar el plan de pago. Por lo general, dicha descarga solo está disponible si:

  • El hecho de que usted no complete los pagos del plan se debe a circunstancias fuera de su control y no por su culpa,
  • Los acreedores han recibido al menos tanto como lo que habrían recibido en una bancarrota del Capítulo 7, y
  • No es posible modificar el plan.

Por ejemplo, su lesión o enfermedad que le impide trabajar puede ser la base para una liberación por dificultades. Una liberación por dificultades económicas no eliminará todas las deudas, y muchos tipos de deudas continuarán incluso si se concede una liberación. Por ejemplo, las siguientes deudas generalmente continúan después de una liberación por dificultades:

  • Impuestos (estatales y federales),
  • Préstamos estudiantiles,
  • manutención de los hijos, pensión alimenticia y otras deudas que surjan de un divorcio o separación, y
  • Deudas garantizadas (si conservó la propiedad, como una casa o un automóvil).

Conversión al Capítulo 7

Si no puede modificar su plan y no se beneficiaría de una liberación por dificultades, puede considerar convertir su caso del Capítulo 13 en un caso del Capítulo 7. Para poder hacer esto, primero deberá calificar bajo la prueba de medios

La conversión al Capítulo 7 liberará todas las deudas calificadas, siempre y cuando no haya recibido una liberación del Capítulo 7 en los últimos 8 años. Sin embargo, a diferencia de una liberación por dificultades, un fiduciario de bancarrota del Capítulo 7 venderá su propiedad no exenta para pagar a sus acreedores.

Desestimación del caso

Si la modificación del plan, una liberación por dificultades económicas o la conversión de un caso no funcionan para usted, siempre puede permitir que la corte desestime su caso y vuelva a presentar otro caso del Capítulo 13 una vez que su situación financiera mejore.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
20 de julio de 2022
Última revisión por parte del personal
20 de julio de 2022

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