Familia y seguridad
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¿Qué es una orden de restricción de armas de fuego?
En Illinois, una Orden de restricción de armas de fuego (FRO) es una orden judicial que tiene como objetivo proteger a una persona en crisis (demandado) de hacerse daño a sí misma o a otros con un arma de fuego al privar el acceso a armas de fuego por un período limitado de tiempo. Las leyes que autorizan este tipo de orden también se conocen como "ley de bandera roja" u "orden de protección contra riesgos extremos".
Existen dos tipos que pueden utilizarse juntos:
- Una Orden de Alejamiento de armas de fuego plenaria es una orden que puede estar vigente durante seis meses a un año. Puede concederse tras una audiencia con el juez, donde el demandado es notificado y se le da la oportunidad de acudir.
- Una orden de alejamiento de armas de fuego de emergencia es una orden temporal que puede durar hasta dos semanas. Está diseñado para proporcionar acción inmediata, especialmente en el tiempo entre que el demandado es notificado de la petición para la orden de alejamiento y la audiencia final. Un juez puede otorgar una orden de emergencia después de una audiencia en la que el demandado no necesita ser notificado ni estar presente.
¿Qué puede hacer una orden de restricción de armas de fuego?
Al conceder una Orden de restricción de armas de fuego (FRO), el juez del caso emitirá una orden de registro que ordena a una agencia de aplicación de la ley que quite de la persona en crisis (demandado):
- Cualquier arma de fuego, como pistolas;
- Munición;
- Cualquier parte de un arma de fuego que pueda ensamblarse para fabricar un arma de fuego; y
- Su identificación de propietarios de armas de fuego (FOID) y licencia de porte oculto.
El juez también puede ordenar a la aplicación de la ley que realice un registro en la casa del demandado o en cualquier otro lugar donde se puedan encontrar estos artículos. Al demandado no se le permitirá comprar ni de otro modo obtener armas de fuego mientras la orden esté vigente.
¿Qué debe probar una persona que solicita una orden de restricción de armas de fuego (peticionario) al juez para que se le otorgue la orden?
Para que el juez conceda la Orden de restricción de armas de fuego (FRO), el peticionario debe demostrar al juez que la persona en crisis (demandado) representa una amenaza inmediata de peligro para sí misma o para otros al poseer, comprar o obtener un arma de fuego, munición o piezas que pudieran ensamblarse para convertirse en un arma de fuego. El peticionario también debe detallar cualquier arma de fuego, incluyendo información de identificación como el tipo o la descripción, y la ubicación de las armas de fuego que se cree que el demandado tiene en su poder.
El peticionario también debe demostrar que notificó o intentó notificar a cualquiera de los cónyuges actuales o anteriores del demandado, persona que sea copadre de un menor en común, o alguien con quien el demandado haya salido, sobre esta petición para una FRO si están en peligro de violencia o lo han estado en el pasado.
¿Quién puede presentar una petición para una orden de restricción de armas de fuego?
Un familiar de la persona en crisis (demandado) puede presentar la petición para una orden de restricción de armas de fuego (FRO). lo que incluye:
- Cónyuge actual o anterior,
- Padre o madre,
- Hijo o hijastro,
- Copadre de un menor en común,
- Cualquier persona relacionada por sangre o matrimonio con el demandado, y
- Cualquier persona que comparta una vivienda común, como compañeros de cuarto.
Además, los agentes de la aplicación de la ley pueden presentar una FRO. Si una persona está preocupada por alguien en crisis y no encaja dentro de las categorías anteriores, puede ponerse en contacto con la aplicación de la ley y hacer que presenten una FRO.
¿Dónde puede usted presentar la petición para una orden de restricción de armas de fuego?
La petición para una orden de restricción de armas de fuego (FRO) puede presentarse en:
- Cualquier condado donde viva la persona en crisis (demandado) o
- Cualquier condado donde ocurrió el incidente que involucra al demandado y que se relaciona con la necesidad de la FRO.
¿Puede el peticionario solicitar una orden de restricción de armas de fuego de emergencia mientras espera la orden de restricción de armas de fuego plenaria?
Para que un juez conceda una Orden de restricción de armas de fuego (FRO) plenaria, la persona en crisis (demandado) debe ser notificada de la petición y tener la oportunidad de asistir a una audiencia. En el periodo entre la presentación de la petición para la FRO y esta audiencia completa (que debe celebrarse en un plazo de 14 días), el peticionario puede solicitar una orden de alejamiento de emergencia, a veces llamada orden de alejamiento temporal. La FRO de emergencia puede ser concedida por un juez en una audiencia al día siguiente en que la corte esté en sesión. El demandado no necesita estar presente. La FRO de emergencia puede estar vigente por hasta dos semanas.
Esta petición de FRO de emergencia puede ser presentada al mismo tiempo que la petición de FRO plenaria.
¿Qué sucede si la persona en crisis (demandado) viola la orden de restricción de armas de fuego?
Si una persona viola una orden de restricción de armas de fuego vigente en su contra, se debe llamar a la aplicación de la ley. La persona en crisis (demandado) puede ser acusada de un delito menor de Clase A.
¿Existe una tarifa para presentar una petición de orden de restricción de armas de fuego?
No. No se cobra ninguna tasa por presentar una petición para una orden de restricción de armas de fuego.
¿Cuánto tiempo dura una orden de restricción de armas de fuego? ¿Puede renovarse una orden de restricción de armas de fuego?
Una orden de restricción de armas de fuego (FRO) de emergencia puede durar hasta dos semanas. Una FRO plenaria puede estar en vigor de seis meses a un año.
Una FRO se puede renovar en cualquier momento dentro de los 3 meses previos a que expire la FRO actual. Después de esto, puede renovarse una vez más por un máximo de un año.
¿Puede la persona en crisis (demandado) dar por terminada una orden de restricción de armas de fuego?
Sí, la persona en crisis (demandado) tiene una oportunidad para pedir al juez que termine la Orden de restricción de armas de fuego antes de que expire. El demandado deberá demostrarle al juez que no representa un peligro para sí mismo ni para los demás.
¿Puede el demandado en crisis recuperar alguna vez sus armas de fuego?
Una vez que la orden de restricción de armas de fuego expira o termina, las armas de fuego, la tarjeta FOID y la licencia de portación oculta pueden ser devueltas a la persona en crisis (demandado).
¿Es la orden de restricción de armas de fuego de Illinois ejecutable en otro estado? ¿Es una orden de restricción de armas de fuego de otro estado ejecutable en Illinois?
La orden de restricción de armas de fuego de Illinois es ejecutable en otros estados. La orden tendrá que ser "inscrita" en el otro estado, y el proceso para hacerlo varía de un estado a otro.
De igual manera, una orden de restricción de armas de fuego de otro estado puede ser ejecutable en Illinois. La persona que presentó la petición Para una orden similar a la Orden de restricción de armas de fuego de otro estado, usted puede presentar una copia certificada de la orden de ese otro estado con la corte de circuito de Illinois donde usted considera que puede ser necesaria la aplicación.
¿Dónde puede encontrar formularios, pasos y más información sobre cómo presentar una orden de restricción de armas de fuego?
Para los formularios del Condado de Cook, el término "armas de fuego" se puede buscar en la página de búsqueda de formularios de la corte de la Secretaría de la Corte de Circuito del Condado de Cook. Los pasos para presentar la solicitud se pueden encontrar en el sheriff del condado de Cook. Página web de la orden de restricción de armas de fuego de la oficina .
En todo el estado, se pueden utilizar los formularios en la página de formularios de orden de restricción de armas de fuego de los tribunales de Illinois.
¿Existen recursos, organizaciones o agencias locales que puedan ayudarle a obtener una orden de restricción de armas de fuego?
En el condado de Cook, la oficina del abogado del estado puede ayudarle a presentar órdenes de restricción de armas de fuego (FRO).
Los agentes de la aplicación de la ley también pueden presentar peticiones de FRO.
¿Dónde puede encontrarse más información sobre las Órdenes de restricción de armas de fuego?
La ley de orden de restricción de armas de fuego de Illinois se puede encontrar en 430 ILCS 67/ y contiene información sobre orden de restricción de armas de fuego. La información también se puede encontrar en el sitio del fiscal general de Illinois y en el sitio del Departamento de Salud Pública de Illinois.
¿Debería contratar a un abogado para que le ayude si desea obtener una orden de restricción de armas de fuego?
Una persona que esté preocupada por otra persona que posee armas de fuego y que sea un peligro para sí misma o para otros puede querer contactar con un abogado para recibir ayuda con los formularios de la orden de restricción de armas de fuego o los procesos de la corte. Sin embargo, las personas con frecuencia atraviesan este proceso sin la asistencia de un abogado. Si la persona no puede obtener o pagar un abogado, debe sentirse libre de solicitarlo por su cuenta. La persona también puede ponerse en contacto con las fuerzas del orden, ya que la policía puede presentar estos formularios por sí misma.
Además de los recursos anteriores, puede usar Obtenga ayuda legal para encontrar una organización de asistencia legal gratuita o un abogado privado cerca de usted.