Empresas y trabajo
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
Complete los siguientes formularios:
- Demanda para revisión administrativa. Consulte con la oficina del secretario de la corte local para ver si tienen un formulario de denuncia para revisión administrativa. Si lo hacen, utilice el formulario de su corte local. Si no existe un formulario, usted puede utilizar este formulario. Asegúrese de incluir lo siguiente en la demanda:
- Enumere a todas las partes necesarias como demandados o el caso puede ser desestimado. Las partes necesarias incluyen al director del Departamento de Seguridad de Empleo de Illinois (IDES) y la Junta de Revisión, así como a todas las "partes del expediente".Siempre debe nombrar a su empleador como demandado.
- Describa la decisión tomada por la junta de IDES que desea que el juez revise.
- Solicite a IDES que presente una transcripción de las demás apelaciones.
- Afidavit de última dirección conocida. Consulte con la oficina del secretario de la corte local para ver si tienen un formulario de declaración jurada de última dirección conocida. Si lo hacen, utilice el formulario de su corte local. Si no existe un formulario, usted puede utilizar este formulario.
- Citación. Una citación notifica al demandado que se ha presentado una demanda en la corte en su contra y que el demandado tiene que comparecer ante la corte. Los acusados suelen tener 35 días para presentar una comparecencia. Consulte con la oficina del secretario de la corte local para ver si existe un formulario de citación de demanda para casos de revisión administrativa. Si no existe un formulario, usted puede utilizar este formulario.
Haga esto en la corte de circuito del secretario en el condado donde usted vive. Esto es urgente: Haga esto dentro de 35 días calendario a partir de la fecha de envío de la decisión de la Junta de Revisión. Si el 35 día cae en un día en que la corte está cerrada (sábados, domingos y días festivos), puede presentar su apelación al día siguiente en que la corte esté abierta. Para llegar a tiempo, usted debe:
- Presente su demanda antes del 35 de [mes], y
- El secretario debe "emitir" la citación antes del día 35.
Si presenta su caso en o cerca del 35.º día, hable con el secretario para asegurarse de que el secretario emita la citación de demanda antes del 35.º día.
Presente los siguientes formularios en la oficina del secretario de la corte de circuito :
- Denuncia para revisión administrativa,
- Citación de demanda, y
- Afidavit de última dirección conocida.
El secretario de la corte de circuito cobra una tarifa por presentar la mayoría de los tipos de casos. Sin embargo, la Ley de Seguro de desempleo establece que la Corte no puede cobrar honorarios en una apelación en un caso de desempleo. En la mayoría de los condados, el personal del secretario sabe que esta es la ley. Si el secretario le pide que pague una cuota de presentación, puede pedir hablar con un supervisor. Dígale al supervisor que 820 ILCS 405/1200 dice: "No se cobrarán honorarios a ningún reclamante en cualquier procedimiento en virtud de esta ley por el Director o sus representantes, o por los árbitros o la Junta de Revisión, o por cualquier corte o los secretarios de la misma, excepto según lo dispuesto aquí."
Si usted está presentando su caso en o cerca del plazo de 35 días, y el secretario aún dice que debe pagar una tarifa de presentación incluso después de mostrarle la ley al supervisor, lo más seguro es pagar la tarifa o solicitar una exención de tasas, en lugar de perder el plazo tratando de evitar pagar la tarifa.
Ahora que ha completado sus formularios de la corte, presente sus documentos en línea a través de la presentación electrónica, o en persona si usted califica para una exención del mandato de presentación electrónica de Illinois. Si no dispone de acceso a una computadora o escáner, puede utilizar una terminal pública en la corte para realizar la presentación electrónica de sus formularios. Para más detalles, consulte la sección "Conceptos básicos de la presentación electrónica".
Si presenta el caso en persona, asegúrese de que el secretario le devuelva una copia de su demanda. El secretario sellará la demanda y la copia para mostrar la fecha en que se presentó; la copia que el secretario le devuelva debe tener la fecha estampada. Asegúrese de conservarlo para sus registros.
El secretario de la corte notificará la citación y demanda en IDES, la Junta de Revisión, y su empleador. El secretario utiliza correo certificado para enviar la citación y la demanda. Es una buena idea volver a consultar con el secretario para asegurarse de que el secretario envió la citación de demanda y la queja. Las oficinas de los secretarios son muy buenas en hacer esto, pero sigue siendo una buena idea verificarlo.
IDES y los otros acusados de IDES/Junta de Revisión serán representados por el Fiscal General de Illinois. Presentarán una comparecencia,
En virtud de la ley, IDES debe presentar la transcripción de su audiencia de juez administrativo y todos los demás documentos que son parte del caso en la Junta de Revisión. Esos documentos se consideran la "respuesta" de IDES a la demanda. También se les llama "el expediente".
Se supone que IDES debe presentar el expediente dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que reciben la citación, , pero a menudo llegan tarde porque hay muchos casos en su contra en las cortes. Es casi seguro que el juez le dará a IDES más tiempo para preparar y presentar el expediente.
La mayoría de los empleadores no presentan una comparecencia en el caso judicial. Si el empleador presenta una comparecencia, usted debería recibir una copia por correo.
En algunos condados, el secretario también puede darle su primera fecha de corte cuando presente su demanda. En otros condados, deberá fijar una fecha en la corte por primera vez. En esos condados, el juez fijará una fecha eventualmente si usted no la fija por sí mismo.
En los condados donde el secretario le da la fecha de la corte cuando presenta el caso, la forma en que usted se enterará de la fecha de la corte (o la fecha de la audiencia) y la hora depende de cómo presentó su caso.
- Presentación electrónica: El sitio web que utilizó para presentar electrónicamente puede permitirle elegir la fecha de la corte (o la fecha de la audiencia) y la hora. Si no es así, por favor comuníquese con el secretario.
- Presentación en papel: Si usted presenta en persona en el juzgado, el secretario le permitirá elegir o puede elegir por usted.
Si el secretario no le da una fecha de corte cuando presente el caso, espere hasta que hayan pasado los 30 días desde la notificación de la citación para que IDES y el empleador presenten sus comparecencias. Luego, comuníquese con el secretario y solicite que se fije una fecha para una audiencia de estado con el juez.
Si fija la fecha, deberá hacer la entrega legal de un Aviso de Audiencia al abogado de IDES. Si el empleador ha presentado una comparecencia,
Llegue temprano y vístase como lo haría para una entrevista de trabajo. Esta fecha de la corte probablemente será la primera de unas cuantas. La primera cita en la corte generalmente se llama "audiencia de estado". Si el abogado para IDES no ha presentado el expediente con la transcripción de su audiencia de árbitro y los otros documentos que formaron parte de lo que consideró la Junta de Revisión, el juez puede darle a IDES más tiempo y fijar otra fecha de audiencia.
Una vez que el abogado de IDES presente el expediente, el juez podrá establecer un "calendario de presentaciones". Un calendario de presentación es una serie de fechas límite para diferentes documentos, como los siguientes:
- Memorando de ley en apoyo de la demanda : aquí es donde usted discute su argumento en detalle y por escrito.
- Respuesta Breve: los abogados de IDES presentarán un Escrito de Respuesta para responder a su Memorando.
- Escrito de réplica: Si lo desea, puede presentar un Escrito de réplica para responder al Escrito de respuesta de los demandados.
En una de las fechas de la corte, después de que se hayan presentado todos los escritos, es posible que deba presentar un argumento oral. Esta es su oportunidad de argumentar ante el juez por qué la junta de revisión cometió un error. El juez también puede hacerle preguntas sobre su argumento.
No traiga testigos a la Corte porque el juez no les permitirá testificar. El juez no puede escuchar nueva prueba de usted o de los testigos. El juez decidirá si la junta de revisión cometió un error basándose en la información que tenía.
¿Qué sucede si pierdo?
Si usted pierde el ARA en la Corte de Circuito, puede apelación. Para apelar, usted debe presentar un Aviso de Apelación en la corte de circuito a más tardar 30 días a partir de la fecha de la orden final. Consulte la Guía de apelaciones civiles para obtener más información sobre este proceso.
Gané. ¿Qué sucede ahora?
Si usted ganara su ARA, el caso se enviaría de nuevo a IDES. A veces, el juez ordena una nueva audiencia. A veces, el juez dice que IDES estaba equivocado y que usted no debe ser descalificado. Luego, IDES tomará una decisión que sea coherente con la decisión del juez de la corte de circuito.
Usted puede recibir beneficios del seguro de desempleo a partir de ahora. También puede cobrar los beneficios retroactivos. Los beneficios retroactivos son beneficios que usted debió haber recibido desde el momento en que presentó la solicitud por primera vez y era elegible. Incluso si gana la apelación, solo podrá obtener beneficios retroactivos si buscó trabajo y se certificó con IDES cada 2 semanas.
Esté atento al correo, incluso si gana el caso. Su antiguo empleador o IDES aún pueden presentar una apelación ante un tribunal superior. Si lo hacen, es posible que usted deba escribir un escrito en la corte de apelación describiendo por qué la decisión de la corte de circuito fue correcta y debe ser confirmada.
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