Familia y seguridad
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En Illinois, existen diferentes tipos de órdenes de protección y restricción. Estas son órdenes judiciales firmadas por un juez que ofrecen protección a los sobrevivientes de violencia doméstica, acoso, agresión sexual y otros tipos de violencia interpersonal. Cada uno tiene ciertos requisitos de elegibilidad para solicitar esa orden.
¿Cuáles son los diferentes tipos de órdenes de protección y restricción en Illinois?
Existen diferentes tipos de órdenes de protección y restricción según el tipo de protección que se necesita y quién puede solicitarlas:
- Orden de protección: Puede ser solicitada por una persona sobreviviente de violencia doméstica, violencia en el noviazgo o violencia familiar. Ofrece protección contra la persona agresora.
- Orden civil de no contacto: Puede solicitarla un sobreviviente de violación, agresión sexual o abuso sexual. Brinda protección contra el perpetrador.
- Orden de no contacto por acecho: Un sobreviviente de acecho puede solicitar esta orden, lo que brinda protección contra un acosador.
- Orden de restricción de armas de fuego: Puede solicitarla un miembro de la familia o del hogar para proteger a una persona en crisis que podría hacerse daño a sí misma o a otras personas con un arma de fuego, como una pistola. La policía también puede ser un peticionario.
- Orden de restricción de protección en el lugar de trabajo: Un empleador puede solicitar esto para proteger a un empleado que es sobreviviente de violencia doméstica de su abusador en el lugar de trabajo.
Las órdenes enumeradas aquí son órdenes de protección "civiles" que se solicitan en la corte civil. También hay órdenes de protección "penales" que son solicitadas por el Fiscal del Estado como parte de un caso penal por los mismos actos de abuso. Solicitar una orden de protección penal dentro de un caso penal puede minimizar el trauma y la inconveniencia de asistir a procedimientos separados para obtener una orden de protección o restricción civil. Las órdenes de protección penal se pueden solicitar y otorgar en cualquier momento mientras el caso penal está pendiente o cuando ha terminado.
¿Cuánto tiempo duran las órdenes de protección y las órdenes de restricción?
Cada tipo de orden de protección y restricción mencionada anteriormente tiene al menos dos duraciones:
- Órdenes plenarias: órdenes que pueden durar varios años, según el tipo. Estas órdenes son otorgadas por un juez en la corte después de una audiencia en la que tanto la persona sobreviviente (parte peticionaria) como la persona agresora, acosadora o infractora (parte demandada) reciben una notificación de la audiencia y la oportunidad de asistir.
- Órdenes de emergencia: órdenes temporales que puede dar el juez después de una audiencia "ex parte", es decir, una audiencia en la que solo está presente el sobreviviente. En una audiencia “ex parte” no es necesario notificar a la persona agresora, acosadora o infractora, ya que su propósito es brindar protección inmediata a la persona sobreviviente entre el momento en que se presenta la solicitud de la orden de protección y la audiencia en la que se decidirá sobre la orden plenaria. Una orden de emergencia suele durar de 14 a 21 días, dependiendo del tipo.
Las peticiones para las órdenes plenarias y de emergencia se pueden presentar ante el tribunal al mismo tiempo y, por lo general, si se solicita una orden de emergencia como parte de la petición inicial, solo se debe presentar una petición.
¿Qué es una orden provisional?
En los casos de Orden de Protección (OP) por violencia doméstica, además de la orden de emergencia y la orden plenaria, la ley permite otro tipo de orden llamada “orden interina” (interim). Si la persona agresora (parte demandada) ya ha sido notificada sobre la solicitud y la próxima audiencia para la OP, o si se ha intentado notificarla, el juez puede otorgar una OP interina con una duración mayor a 21 días.
Los jueces también pueden emitir una orden por más de 21 días si las partes acuerdan una fecha de audiencia programada para el futuro.
¿Cómo puede una persona sobreviviente decidir qué tipo de orden de protección o restricción necesita?
Dependiendo del tipo de abuso y de si el abusador o agresor es o fue un miembro de la familia, un miembro del hogar o una pareja sentimental, la persona sobreviviente puede decidir qué tipo de orden es la más apropiada. Un sobreviviente también puede usar el programa ¿Qué orden de protección es la adecuada para mí? o esta tabla del Procurador General de Illinois.