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Fecha: 09/05/2025

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Un residente de una residencia de ancianos no pierde ningún derecho garantizado por la ley al mudarse a una residencia de ancianos. Las leyes otorgan a los residentes de residencias de ancianos ciertos derechos adicionales. Muchos de estos derechos se detallan a continuación. Si un centro de atención de enfermería viola alguno de estos derechos, los residentes pueden:

  • Busque ayuda del defensor del pueblo para el cuidado a largo plazo,
  • Presentar una queja ante la residencia de ancianos,
  • Presentar una queja ante el Departamento de Salud Pública de Illinois (Departamento de Salud Pública), o
  • Presentar una demanda.

Varias agencias pueden ayudarle a presentar quejas o demandas.

Tiene derecho a ser informado de Medicaid sobre las reglas de empobrecimiento conyugal (210 ILCS 45/2-101.1). Usted y su pareja tienen derecho a dividir sus bienes cuando uno de ustedes necesite Medicaid para cubrir los gastos de la residencia de ancianos. La pareja que no necesita Medicaid puede conservar bienes hasta una cierta cantidad de dólares. Los centros de enfermería deben informarle sobre estos derechos y cómo solicitar Medicaid.

Usted tiene derecho a sus necesidades humanas básicas (210 ILCS 45/2-101). En virtud de la ley de residencias de ancianos, usted tiene el derecho a ser tratado con cortesía y respeto por los empleados de su residencia de ancianos. Usted tiene derecho a que se satisfagan sus necesidades humanas básicas de manera oportuna, incluyendo:

  • Agua
  • Alimentos
  • Medicamento
  • Aseo
  • Higiene personal

Usted tiene el derecho de administrar sus finanzas (210 ILCS 45/2-102). Se le debe dar acceso a cualquier dinero que una residencia de ancianos tenga para usted. La residencia de ancianos debe tener su permiso para gastar su dinero. Cualquier cantidad superior a $100 debe depositarse en una cuenta que genere intereses. La residencia de ancianos debe proporcionarle a usted o a su representante un estado de cuenta trimestral sobre sus finanzas. Una excepción es si usted o un tutor le dan al administrador permiso por escrito para gestionar sus asuntos.

Usted tiene derecho a sus bienes personales (210 ILCS 45/2-103). Usted tiene el derecho de usar su ropa y utilizar sus bienes personales en su vivienda. Esto no es cierto si hay una razón médica por la que usted no debe hacerlo, la cual debe ser documentada por un médico. Cualquier ropa que proporcione la residencia de ancianos debe quedarle bien. La residencia de ancianos está obligada a proporcionar un espacio de almacenamiento adecuado para sus bienes personales. Deben proporcionar seguridad para los bienes personales para proteger su propiedad contra pérdidas o robos. Se le debe otorgar acceso diario a su propiedad.

Usted tiene el derecho de usar su propio médico, ver sus registros médicos y participar en su propio cuidado (210 ILCS 45/2-104). Usted tiene el derecho de utilizar a su propio médico, ya sea a su costo o a expensas de su seguro médico. Cuando usted utiliza su propio médico, la residencia de ancianos no es responsable de ninguna negligencia médica. También tiene derecho a información médica completa y actualizada. Eso incluye cualquier diagnóstico o tratamiento, en términos que usted pueda entender. En la medida en que usted pueda, tiene el derecho de participar y tomar decisiones sobre su atención médica. Usted tiene el derecho a no ser sometido a tratamientos experimentales sin su consentimiento informado por escrito. Cualquier tratamiento experimental debe ser autorizado y supervisado por un comité de ética institucional. Cualquier tratamiento debe administrarse según lo ordenado por un médico. El director del centro revisará primero las órdenes de un nuevo médico. Si usted es una mujer residente en edad fértil, debe recibir evaluaciones obstétricas y ginecológicas, así como la atención prenatal necesaria. Además, usted tiene el derecho de rechazar cualquier tratamiento si esa negativa no perjudica a otros.

Usted tiene derecho a una evaluación cuando hay un nuevo propietario de la instalación (210 ILCS 45/2-104.1). Cuando un nuevo propietario compra una instalación después de que se retiró la licencia de la instalación, el nuevo propietario debe evaluar minuciosamente las condiciones de cada residente como si cada residente fuera admitido recientemente.

Usted tiene el derecho a mantener un testamento vital (210 ILCS 45/2-104.2). Un testamento vital es un documento que registra sus deseos sobre los tratamientos que salvan vidas. Si tiene un testamento vital o una orden de "no resucitar", entonces la residencia de ancianos debe respetar sus deseos. Cada instalación debe contar con políticas y procedimientos para llevar a cabo sus deseos.

Tiene derecho a una nueva evaluación cuando es admitido con una enfermedad mental grave (210 ILCS 45/2-104.3). Si pasa 90 días o más en una residencia de ancianos después de haber sido admitido con una enfermedad mental grave. Luego, debe ser reevaluado por el Departamento de Servicios Humanos:

  • Después de 90 días,
  • 6 meses, y
  • Anualmente, para evaluar su necesidad de atención continua.

Se le debe informar sobre todas las demás opciones para su atención.

Usted tiene derecho al respeto y a la privacidad en la atención médica (210 ILCS 45/2-105)> Usted tiene derecho a recibir un tratamiento médico confidencial y discreto, así como a atención personal. Cualquier persona que no esté directamente involucrada en su atención médica debe tener su permiso para estar presente en:

  • Un examen,
  • Una conversación,
  • Una consulta, o
  • Un tratamiento.

Usted tiene el derecho a estar libre de restricciones físicas o químicas innecesarias (210 ILCS 45/2-106). Un médico debe ordenar el uso de sujeciones. Se debe documentar la necesidad médica de una sujeción física o química. Usted o su representante autorizado deben proporcionar su consentimiento informado para el uso de restricciones, a menos que sea necesario por breves períodos para atención que salve vidas. Cualquier restricción aplicada debe ser realizada por una persona entrenada en esa restricción específica. Siempre que se utilice una restricción, usted tiene el derecho de que se notifique a una persona u organización de su elección dentro de las 24 horas. Las restricciones no deben utilizarse con fines de castigo o conveniencia. Si utiliza el lenguaje de señas para comunicarse, debe tener el uso libre de sus manos cada hora.

Tiene el derecho a no recibir medicamentos innecesarios (210 ILCS 45/2-106.1). Una instalación médica no puede proporcionarle ningún medicamento innecesario. No se le pueden administrar dosis excesivas de ningún medicamento. No pueden administrar un medicamento durante un tiempo excesivo sin necesidad médica y un monitoreo adecuado. Usted o su tutor deben dar su consentimiento informado para el uso de cualquier medicamento psicotrópico, excepto en casos de emergencia. Esto incluye:

  • Antidepresivo,
  • Antimaníaco, y
  • Medicamentos ansiolíticos que modifican el comportamiento.

No se le puede negar la residencia en la instalación por negarse a tomar medicamentos psicotrópicos. A menos que la instalación pueda demostrar que esto pondría en riesgo la salud y la seguridad de otras personas.

Usted tiene el derecho de aceptar o rechazar una pulsera de identificación (210 ILCS 45/2-106a). Un centro puede usar una pulsera de identificación por orden de un médico. Es posible que deba usar una muñequera si reside en una unidad de Alzheimer y tiene antecedentes de deambulación. Sin embargo, su tutor o poder notarial puede indicar que se retire la muñequera.

Usted tiene derecho a estar libre de todas las formas de abuso y negligencia (210 ILCS 45/2-107). Como residente de una residencia de ancianos, usted tiene derecho a estar libre de abuso y negligencia. Es el deber de cualquier miembro del personal que tenga conocimiento de negligencia o abuso reportarlo.

Usted tiene derecho a comunicaciones y visitas privadas y a vivir con su pareja (210 ILCS 45/2-108). Por lo general, una residencia de ancianos no puede impedirle recibir correos electrónicos, correo postal o llamadas telefónicas. Sin embargo, cuando el gobernador ha emitido una proclamación en virtud de la sección 7 de la ley del Departamento de Envejecimiento de Illinois, existen algunas limitaciones y expectativas para el régimen de visitas en los hogares de ancianos. 
 
Mientras se invoca la ley, los centros de atención médica deben asegurarse de que al menos un visitante pueda visitar a un residente o paciente del centro de atención médica. Los miembros del clero no se consideran visitantes a los efectos de esto. Las instalaciones de atención médica también deben adaptar las pautas de su política de régimen de visitas según las recomendaciones de los Centros de Medicare y Medicaid de EE. UU. y los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. Su instalación debe informarle a usted y a sus representantes legales sobre cualquier cambio en sus políticas.
 
Es posible que los visitantes deban someterse a evaluaciones de salud si la instalación de atención médica lo requiere. La instalación también puede requerir que los visitantes usen equipo de protección personal. 
 
La instalación de atención médica puede negar el acceso a un visitante que no cumpla con el requisito de evaluación de salud. La instalación también puede negar el régimen de visitas si determina que este pondría en peligro la salud física o la seguridad de un paciente, del visitante o de los trabajadores de la salud, o que de otro modo crearía un problema de salud o seguridad pública.
 
Si a un visitante se le niega el régimen de visitas, el establecimiento debe poner esa información por escrito y explicar por qué se le negó el régimen de visitas.

No pueden censurar sus comunicaciones a menos que haya una razón documentada. Por ejemplo, para protegerlo del acoso. La residencia de ancianos debe asegurarse de que usted pueda recibir visitas durante horas razonables. A menos que haya una razón médica documentada que impida que usted reciba visitas. La residencia de ancianos debe proporcionar espacio para las visitas. Los miembros del personal deben tocar la puerta antes de entrar en su habitación, excepto en casos de emergencia. Si usted y su pareja residen en la misma instalación, el administrador debe permitirle vivir en la misma habitación. Hay una excepción si no hay habitaciones disponibles o si no es médicamente seguro. En ciertos casos, el personal debe hacer todo lo posible para facilitar una videollamada entre usted y un familiar. Deben hacer esto cuando el Gobernador declara que hay una pandemia, una catástrofe o una emergencia de salud pública. Sin embargo, no tienen que hacer esto si representa un riesgo.

En virtud de la ley de personas de apoyo esencial, usted también tiene el derecho a elegir a una persona de apoyo esencial. Esta persona puede visitarlo fuera del horario habitual de visitas. Una persona de apoyo esencial:

  • Asiste con las actividades diarias de la vida, y
  • Ofrece apoyo, como:
    • Físico,
    • Emocional,
    • Mental, y
    • Apoyo social. 

Tiene el derecho a ejercer su religión libremente (210 ILCS 45/2-109). Una residencia de ancianos debe acomodar su religión. A solicitud suya, deben hacer los arreglos necesarios para que usted asista a los servicios religiosos de su elección. Una residencia de ancianos no puede obligarle a practicar ninguna religión ni a recibir ninguna notificación.

Usted tiene derecho a ver a su abogado, trabajador social y otros invitados (210 ILCS 45/2-110). Las siguientes personas deben tener acceso a usted durante horas razonables:

  • Su abogado,
  • Cualquier empleado de una agencia pública, o
  • Miembros del público en general.

La visita debe ser con el propósito de:

  • Representándolo,
  • Informarle sobre sus derechos, o
  • Hacer los servicios disponibles para usted.

Los visitantes deben notificar a la residencia de ancianos de su presencia. Deben identificarse ante usted y obtener su permiso para entrar en su hogar. Sin embargo, un administrador puede restringir el acceso de una persona si:

  • Perjudicaría su salud y seguridad,
  • Amenazar la seguridad de su propiedad, o
  • Su visita es con fines comerciales.

Usted tiene derecho a ser dado de alta de la residencia de ancianos (210 ILCS 45/2-111). Si usted o su tutor le dan a la residencia de ancianos un aviso por escrito de que desea abandonar la instalación, debe ser dado de alta. La residencia de ancianos no puede mantenerlo allí sin su consentimiento.

Usted tiene el derecho de presentar quejas (210 ILCS 45/2-112). Usted puede presentar quejas en su propio nombre o en nombre de otro residente. Puede presentarlos al administrador de la residencia de ancianos, a la Junta de Instalaciones de Atención a Largo Plazo o a otra agencia.  Puede presentar su queja sin restricciones, interferencias, coerción ni discriminación. La residencia de ancianos no puede tomar represalias contra usted con una amenaza de liberación u otra represalia. La residencia de ancianos debe proporcionarle la información de contacto de la oficina adecuada para presentar una queja.

La residencia de ancianos debe establecer un procedimiento interno de quejas que debe incluir:

  1. El proceso para que un residente pueda reportar una queja,
  2. Los plazos para responder a una queja,
  3. Información sobre el derecho de un residente a recibir ayuda para presentar una queja por parte de un defensor,
  4. Si la queja no se resuelve por la residencia de ancianos, el residente debe recibir una respuesta dentro de los 25 días de ese aviso.
  5. La residencia de ancianos debe cumplir con los requisitos de la ley estatal y federal de Illinois de denunciar posibles abusos, negligencia, apropiación indebida de la propiedad de los residentes o explotación, según se alega en la queja, y
  6. La residencia de ancianos debe conservar una copia de todas las quejas, respuestas y resultados durante 3 años.

Usted tiene el derecho de negarse a realizar trabajo (210 ILCS 45/2-113). La residencia de ancianos no puede exigirle que trabaje para la instalación. Usted tiene el derecho de negarse a realizar cualquier labor.

Si decide trabajar, el trabajo debe ser con fines terapéuticos y estar relacionado con el plan de atención del individuo. Si decide trabajar, debe recibir una compensación igual o superior a la tasa de salario prevaleciente. La tasa de salario prevaleciente significa el salario promedio pagado a los trabajadores en la residencia de ancianos por el mismo tipo, calidad y cantidad de trabajo.

Usted tiene derecho a estar libre de discriminación ilegal (210 ILCS 45/2-114). La residencia de ancianos no puede discriminarlo en violación de las leyes de Illinois.

Usted tiene el derecho de monitorear electrónicamente su habitación (210 ILCS 45/2-115). La instalación debe permitirle monitorear electrónicamente su habitación. Los dispositivos deben colocarse de conformidad con la ley de monitoreo electrónico autorizado en centros de atención a largo plazo.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
22 de enero de 2025
Última revisión por parte del personal
31 de enero de 2025

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