Corte y audiencias
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Estas instrucciones solo cubren las apelaciones de una orden final o fallo. Esta descripción general no cubre las apelaciones antes de que termine su caso, las apelaciones relacionadas con la custodia, las visitas, o la remoción de un niño, o las apelaciones de agencias administrativas. Esto es importante porque dichas apelaciones tienen diferentes plazos y procedimientos. Si no está seguro de qué reglas se aplican, consulte a un abogado. Más información sobre los conceptos básicos de las apelaciones civiles.
Para iniciar una apelación de una Corte de Circuito orden o sentencia, usted debe presentar un Aviso de Apelación. Hágalo dentro de 30 días después del fallo definitivo, contando los fines de semana y los días festivos. El Aviso de apelación informa al tribunal de circuito y a las otras partes que usted está apelando la orden del tribunal de circuito. El aviso también indica qué tipo de reparación busca obtener de la Corte de Apelación.
Dentro de los 7 días después de presentar el aviso de apelación, usted debe:
- Envíe el Aviso de apelación a las otras partes o a sus abogados,
- Presente un aviso que demuestre que usted presentó el Aviso de Apelación y
- Presente una constancia de entrega que muestra que usted envió el Aviso de Apelación a las otras partes.
El expediente de apelación está formado por todos los documentos que se presentaron durante su caso. La corte de apelación utiliza el expediente para averiguar qué sucedió en la corte de circuito. Es importante porque la corte de apelación no puede ver nada que no esté ya en el expediente.
Para obtener el expediente, debe presentar una Solicitud de Preparación del Expediente en Apelación ante la Corte de Circuito donde se decidió su caso. Haga esto dentro de 14 días después de presentar el aviso de apelación. El secretario de la corte de circuito preparará un expediente completo para la corte de apelación dentro de 63 días después de que se presentó el Aviso.
Debe pagarse un honorario al secretario de la corte de circuito por el costo del expediente en la apelación. Se basa en el número de páginas del expediente. Si no puede pagar las tasas, puede presentar una exención de tasas en su caso de la Corte de Circuito.
Adjunte una copia completa de la Solicitud de preparación del expediente a su Declaración de radicación del caso (consulte el Paso 4).
El informe de procedimientos es un expediente mecanografiado del juicio que muestra lo que el juez, las partes, los testigos y los abogados dijeron en la corte. Este expediente también se llama transcripción. Para obtener la transcripción, usted debe presentar una Solicitud para el Informe de Procedimientos. Haga esto dentro de 14 días después de presentar el aviso de apelación. Tendrá que pagar honorarios al reportero de la corte. Se requerirá un depósito.
El reportero de la corte enviará la transcripción a la corte de apelación dentro de los 49 días después de que se presentó el aviso de apelación.
Adjunte una copia completa de la Solicitud de informe de procedimientos a su Declaración de radicación del caso (vea el paso 4).
¿Qué sucede si su caso en la corte de circuito no fue grabado o no estuvo presente un taquígrafo de la corte?
Si los procedimientos de la corte no fueron registrados, usted puede completar un Informe del espectador o una declaración acordada de hechos. Esta es otra forma de proporcionar a la corte de apelación un expediente de lo que el juez, las partes, los testigos y los abogados dijeron o hicieron en la corte.
El Informe del Espectador requiere la aprobación y certificación del juez de la corte de circuito . La declaración de hechos acordada requiere que las partes acuerden lo que se dijo y se hizo en la corte, pero no necesita la aprobación o certificación del juez de la corte de circuito. Cualquiera de los formularios debe presentarse ante el secretario de la corte de circuito dentro de los 49 días posteriores a la fecha en que se presentó el Aviso de Apelación.
Encuentre las instrucciones y formularios para presentar un Informe del Espectador o Declaración acordada de hechos en la apelación en el sitio web de formularios estatales estandarizados de las Cortes de Illinois.
La Declaración de radicación del caso informa a la corte de apelación que usted está apelando una orden de la corte de circuito . La Declaración también informa a todas las partes en la apelación que usted ha tomado las medidas necesarias para comenzar la apelación. Debe presentar la Declaración dentro de 14 días de presentar el aviso de apelación. El caso no puede avanzar hasta que usted pague la tarifa de $50 al secretario de la corte de apelación. Si no puede pagar esta tasa, necesita presentar una exención de tasas en su caso de la Corte de Apelación.
Adjunte copias completas de la Solicitud de preparación de expediente de apelación y Solicitud de informe de procedimientos (transcripciones) con su Declaración de radicación del caso (vea los pasos 2 y 3).
Como la persona que presenta la apelación, usted es el "apelante". El escrito del apelante expone todos sus argumentos explicando por qué la corte de circuito no debería haber emitido una orden o sentencia en su contra. Su escrito debe explicar por qué esa decisión debe ser revocada de manera clara. Para respaldar sus argumentos, debe citar:
- El expediente,
- Estatutos pertinentes,
- Reglas y
- Jurisprudencia.
Para encontrar autoridad legal, necesitará realizar investigación legal ya sea en línea o en una biblioteca de derecho. Aprenda cómo preparar un escrito para la corte de apelación y consulte los recursos disponibles para apelaciones civiles.
La otra parte en su caso se llama el "apelado." El escrito del apelado es una respuesta escrita opcional al escrito del apelante . Explica a la corte de apelación por qué la corte de circuito actuó correctamente al emitir una orden a su favor. Le da al apelado la oportunidad de convencer a la Corte de Apelación de que los argumentos del escrito del apelante son incorrectos. Si el apelado no presenta el Escrito del Apelado, no podrá participar en la apelación.
Si el apelado presenta un escrito, usted tiene la opción de presentar un escrito de respuesta. El escrito de respuesta del apelante es el último escrito en el proceso de apelaciones. El escrito de respuesta es una respuesta a los argumentos presentados en el escrito del apelado. El escrito de respuesta no puede plantear ningún problema nuevo y no debe repetir los argumentos ya presentados en su primer escrito del Apelante . Debe presentarse dentro de los 14 días después de que el escrito del apelado venza.
¿Qué hago si necesito más tiempo para presentar documentos en mi apelación civil?
Si no cumplió con su fecha límite o si necesita más tiempo para presentar su apelación, deberá presentar una moción ante la Corte de Apelación y hacer la entrega legal a la otra parte.
A través de una moción, usted puede solicitar permiso para presentar un Aviso de Apelación tardío o una extensión de tiempo para la Declaración de Radicación del Caso o los escritos. En su moción, explique por qué necesita más tiempo. Luego, presente electrónicamente la moción con una orden propuesta y una constancia de entrega. La moción para un aviso de apelación tardío se debe presentar dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento original del aviso.
Los argumentos orales permiten a las partes presentar su caso de manera verbal ante un panel de tres jueces de apelación. Por lo general, la corte permitirá que cada parte 15 a 20 minutos para presentar su argumento y responder preguntas. La corte de apelación no está obligada a celebrar audiencias orales, así que debe solicitarlo.
Después de que se presenten todos los escritos y, tras los argumentos orales (si corresponde), la corte de apelación decidirá su caso. La decisión de la corte de apelación se emite en forma de una opinión u orden escrita. La corte de apelación puede decidir hacer cualquiera de las siguientes acciones:
- Afirme que la decisión de la corte de circuito fue correcta,
- Revocar, al decidir que la decisión del tribunal de circuito fue incorrecta,
- Devuelva el caso a la corte de circuito para que se tomen medidas adicionales ("remand"), o
- Tome cualquier otra acción adecuada.
Si no está de acuerdo con la decisión de la corte de apelación, usted puede presentar:
Una petición de reconsideración debe ser presentada dentro de 21 días después de la decisión de la corte de apelación. Se presenta ante la corte de apelación. Debe presentar una petición para permiso de apelación dentro de los 35 días posteriores a la decisión. Esta petición se presenta ante la corte suprema de Illinois.
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