Corte y audiencias
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Esta Instrucciones solo cubre las apelaciones de una orden o fallo final. Este resumen no cubre las apelaciones antes de que termine su caso, las apelaciones relacionadas con la custodia, el régimen de visitas o la remoción de un niño, ni las apelaciones de las agencias administrativas. Esto es importante porque esas apelaciones tienen diferentes plazos y procedimientos. Si no está seguro de qué reglas se aplican, hablar con un abogado. Más información sobre los conceptos básicos de las apelaciones civiles.
Para iniciar una apelación de una orden judicial o fallo de la Corte de Circuito, debe presentar un Aviso de Apelación. Hágalo dentro de los 30 días después del fallo definitivo, contando los fines de semana y días festivos. El Aviso de apelación informa a la Corte de Circuito y a las otras partes que usted está apelando la orden de la Corte de Circuito. El Aviso también indica qué tipo de reparación está solicitando a la Corte de Apelación.
Dentro de los 7 días después de presentar el aviso de apelación, usted debe:
- Enviar el aviso de apelación a las otras partes o a sus abogados,
- Presentar un aviso, que demuestre que presentó el Aviso de Apelación, y
- Presente una constancia de notificación que demuestre que envió el Aviso de apelación a las otras partes.
El registro de la [no-lexicon]apelación[/no-lexicon] se compone de todos los documentos que se presentaron durante su caso> La Corte de Apelación utiliza el registro para averiguar lo que sucedió en la Corte de Circuito. Es importante porque la Corte de Apelación no puede examinar nada que no esté ya en el expediente.
Para obtener el registro, debe presentar una Solicitud de preparación del Registro en apelación ante la Corte de Circuito donde se decidió su caso. Haga esto dentro de los 14 días después de presentar el Aviso de apelación [no-lexicon][/no-lexicon]. El secretario del circuito preparará un registro completo para la Corte de Apelación dentro de los 63 días después de que se presentó el aviso.
Se debe pagar un honorario al secretario de la Corte de Circuito por el costo del registro en la apelación. Se basa en la cantidad de páginas del expediente. Si no puede pagar los honorarios, puede presentar una renuncia en su caso de la Corte de Circuito.
Adjunte una copia completa de la solicitud de preparación del registro a su Declaración de Radicación del Caso (consulte el Paso 4).
El informe de los procedimientos es un registro mecanografiado del juicio que muestra lo que dijo el juez, las partes, los testigos y los abogados en la corte. Este registro también se llama transcripción. Para obtener la transcripción, debe presentar una Solicitud para el Informe de Procedimientos. Haga esto dentro de los 14 días después de presentar el Aviso de apelación [no-lexicon][/no-lexicon]. Tendrá que pagar honorarios al reportero de la corte. Se requerirá un depósito testamento.
El taquígrafo de la corte presentará la transcripción a la Corte de Apelación dentro de los 49 días después de que se haya presentado el Aviso de [no-lexicon]apelación[/no-lexicon]>
Adjunte una copia completa de la Solicitud de Informe de Procedimientos a su Declaración de Radicación del Caso (consulte el Paso 4).
¿Qué sucede si mi caso en la Corte de Circuito no fue grabado o no estuvo presente un taquígrafo de la corte?
Si los procedimientos de la corte no fueron registrados, puede completar un Informe del Espectador o una declaración de los hechos. Esta es otra forma de proporcionar a la Corte de Apelación un registro de lo que el juez, las partes, los testigos y los abogados dijeron o hicieron en la corte.
El Informe del Espectador requiere la aprobación y certificación del juez de la Corte de Circuito. La declaración de los hechos acordada requiere que las partes acuerden lo que se dijo y se hizo en la corte, pero no necesita la aprobación o certificación del juez de la Corte de Circuito. Cualquiera de los formularios debe presentarse ante el secretario de la corte de circuito dentro de los 49 días posteriores a la fecha en que se presentó el aviso de apelación.
Encuentre las instrucciones y formularios para presentar un Informe del Espectador o Declaración de los Hechos Acordada en la Apelación en el sitio web de Formularios Estatales Estandarizados de las Cortes de Illinois.
La Declaración de Radicación del Caso le informa a la Corte de Apelación que usted está apelando una orden judicial de la Corte de Circuito. La Declaración también informa a todas las partes en la apelación que usted ha tomado los pasos necesarios para iniciar la apelación. Debe presentar la Declaración dentro de los 14 días de presentar el aviso de apelación. El caso no puede avanzar hasta que pague los honorarios de $50 al secretario de la Corte de Apelación. Si no puede pagar estos honorarios, necesita presentar una renuncia en su caso de la Corte de Apelación.
Adjunte copias completas de la Solicitud de Preparación de Registro de Apelación y Solicitud de Informe de Procedimientos (Transcripciones) con su Declaración de Radicación del Caso (vea los Pasos 2 y 3).
Como la persona que presenta la apelación, usted es el "apelante". El escrito del apelante expone todos sus argumentos explicando por qué la Corte de Circuito no debería haber dictado una orden o fallo en su contra. Su escrito debe explicar de manera clara por qué esa decisión debe ser revocada. Para respaldar sus argumentos, debe citar:
- El registro,
- Estatutos relevantes,
- Reglas, y
- Jurisprudencia.
Para encontrar autoridad legal, necesitará hacer investigación legal ya sea en línea o en una biblioteca de derecho. Aprenda cómo preparar un escrito para la Corte de Apelación y eche un vistazo a los recursos disponibles para apelaciones civiles.
La otra parte en su caso se llama "apelado". El escrito del apelado es una respuesta escrita opcional al escrito del apelante. Explica a la Corte de Apelación por qué la Corte de Circuito actuó correctamente al emitir una orden a su favor. Le da al apelado la oportunidad de convencer a la Corte de Apelación de que los argumentos del escrito del apelante son incorrectos. Si el apelado no presenta el escrito del apelado, no podrá participar en la apelación.
Si el apelado presenta un escrito, usted tiene la opción de presentar un escrito de respuesta. El escrito de respuesta del apelante es el último escrito en el proceso de apelación. El escrito de réplica es una respuesta a los argumentos planteados en el escrito del apelado. El escrito de respuesta no puede plantear ninguna cuestión nueva y no debe reiterar los argumentos ya presentados en su primer escrito del apelante. Debe presentarse dentro de los 14 días después de la fecha de vencimiento del escrito del apelado.
¿Qué hago si necesito más tiempo para presentar documentos en mi apelación civil?
Si no cumplió con la fecha límite o si necesita más tiempo para presentar su apelación, deberá presentar una Moción ante la Corte de Apelación y notificar a la otra parte.
A través de una moción, puede solicitar permiso para presentar un aviso de apelación tardío o una extensión de tiempo para la Declaración de Radicación del Caso o los escritos. En tu moción, explique por qué necesita más tiempo. Luego, presenta electrónicamente la Moción con una orden propuesta y constancia de notificación. La Moción para un aviso de apelación tardía vence dentro de los 30 días de la fecha de vencimiento original del aviso.
Los argumentos orales permiten a las partes exponer su caso de manera verbal ante un panel de tres jueces de apelaciones. Por lo general, la corte le dará a cada parte de 15 a 20 minutos para presentar su argumento y responder preguntas. La Corte de Apelación no está obligada a celebrar audiencias orales, por lo que usted debe hacer una solicitud.
Después de que se presenten todos los escritos y de los argumentos orales (si corresponde), la Corte de Apelación decidirá su caso. La decisión de la Corte de Apelación se presenta en forma de una opinión u orden escrita. La Corte de Apelación puede decidir hacer cualquiera de lo siguiente:
- Afirmar que la decisión de la Corte de Circuito fue correcta,
- Revocar, decidiendo que la decisión de la Corte de Circuito fue incorrecta,
- Devolver el caso a la Corte de Circuito para que tome medidas adicionales ("remand"), o
- Tome cualquier otra medida apropiada.
Si no está de acuerdo con la decisión de la Corte de Apelación, puede presentar:
Una petición de reconsideración debe presentarse dentro de los 21 días después de la decisión de la Corte de Apelación. Se presenta en la Corte de Apelación. Se debe presentar una petición de apelación dentro de los 35 días posteriores a la decisión. Esta petición se presenta en la Corte Suprema de Illinois.
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