Familia y seguridad
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Un tutor de reserva es alguien a quien un padre o tutor elige para cuidar de un niño cuando el padre o tutor ya no está dispuesto o no puede tomar ni llevar a cabo las decisiones diarias sobre el cuidado infantil. El padre o tutor puede designar un tutor de reserva mediante un documento escrito, como un testamento o una Petición para el nombramiento de tutor de reserva de menor.
Más información sobre las tutelas de reserva.
Para designar a un tutor de reserva, el progenitor o tutor legal debe primero descargar y completar los formularios correspondientes. Si el menor vive en el condado de Cook, se pueden utilizar los siguientes formularios para designar al tutor de reserva:
- Petición para el nombramiento de tutor de reserva de menor: Este formulario pide a un juez que decida quién será el tutor de reserva del menor. Los siguientes documentos deberán adjuntarse como anexos:
- Prueba A: Enumere los nombres y direcciones de los padres del niño. Si no tienen ninguno, entonces los hermanos adultos del niño. Si no hay padres vivos ni hermanos adultos, entonces los familiares adultos más cercanos.
- Anexo B: Escriba una declaración que explique a la Corte por qué el menor de edad necesita un tutor de reserva. Incluya hechos sobre el acuerdo del padre o tutor con un tutor de reserva y la incapacidad del padre o tutor para tomar y llevar a cabo decisiones cotidianas para el niño.
- Anexo C: Informe a la Corte sobre cualquier documento escrito que tenga que indique quién será el tutor de reserva. Esto puede ser un testamento u otro tipo de formulario. Si hay un testamento o documento que nombre al tutor suplente, adjúntelo.
- Prueba D: Informe a la Corte sobre cualquier otro caso judicial que involucre al menor, como un Divorcio, Adopción, Filiación, manutención de hijos o caso de Menor.
- Prueba E: Si el menor tiene 14 años o más y está de acuerdo con la elección del tutor de reserva del padre o tutor, puede firmar un documento que indique su acuerdo. Este acuerdo se llama nominación.
- Orden de nombramiento de tutor suplente de menor
- Aviso de fecha de audiencia para la moción
Es importante señalar que firmar el documento no otorga al tutor de reserva la autoridad para actuar. El tutor de reserva designado también debe presentar una petición en la Corte. Esto debe hacerse dentro de los 60 días a partir del Aviso de la muerte del padre o de su incapacidad para actuar. De esta manera, el juez puede aprobar al tutor de espera.
En un plazo de 60 días desde el Aviso de la muerte o incapacidad del progenitor, el tutor de reserva debe Presentar los formularios ante la Corte del condado donde reside el menor. Debería consultar las páginas web de la Corte de Circuito de ese condado para encontrar los formularios requeridos.
Si el menor vive en el condado de Cook, se pueden utilizar los siguientes formularios:
- Petición para nombrar a tutor de reserva como tutor de menor
- Orden para nombrar al tutor de reserva como tutor de menores
- Aviso de fecha de audiencia para la moción
No hay costo para Presentar un caso de tutela en Illinois. Sin embargo, puede haber tasas por presentar otros formularios de la corte, especialmente al iniciar un caso. Estas tarifas varían según el tipo de caso y el condado correspondiente. Se recomienda contactar directamente al secretario del circuito para obtener información precisa sobre las tarifas aplicables. Muchos secretarios del circuito también publican esta información en sus sitios web oficiales. Si cumple los requisitos, puede obtener una Exención de tasas. Una exención de tasas le permite presentar sin costo o a un costo reducido.
Ahora que ha completado sus formularios de la Corte, presente sus documentos en línea a través de la presentación electrónica, o en persona si califica para una Exención del mandato de presentación electrónica de Illinois. Si no tiene acceso a una computadora o a un escáner, puede usar una terminal pública para presentar sus formularios electrónicamente en la corte. Consulte los conceptos básicos de la presentación electrónica para más información.
Ahora necesitará una fecha en el tribunal. Cómo averiguará la fecha de la Corte (o la fecha de la Audiencia) y la hora dependerá de cómo haya presentado su caso:
- Presentación electrónica: El sitio web que usted utilizó para presentar electrónicamente puede permitirle seleccionar la fecha y hora de su corte (o de la audiencia). Si no es así, por favor comuníquese con el secretario.
- Presentación en papel: Si presentó en persona en la corte, el secretario le permitirá elegir, o puede que él elija por usted.
Una vez que tenga una fecha de Corte, ponga esta fecha en el Aviso de Fecha de Corte para Moción. Asegúrese de que la fecha sea dentro de al menos dos semanas para tener tiempo de notificar a los padres y otros familiares requeridos por correo certificado y recibir un acuse de recibo.
Si los familiares del menor, tras el Aviso del caso, aceptan la tutela, pueden firmar el Consentimiento para la tutela del menor y la Comparecencia. De manera similar, si el niño tiene 14 años o más y también acepta, puede firmar el formulario de nombramiento de tutor por menor. Si estos formularios se completan, deben presentarse en la oficina del secretario.
Algunos condados pueden requerir una copia del certificado de nacimiento del niño. Si no tiene una copia del Certificado de nacimiento y se requiere una orden judicial para obtenerlo, puede usar el formulario de orden para obtener el Certificado de nacimiento o defunción. También puede usar este formulario si se requiere una orden de la Corte para obtener un certificado de defunción de un progenitor fallecido o extutor.
De manera similar, algunos condados requieren una Verificación de antecedentes criminales, una Verificación de antecedentes del Departamento de Servicios para la Infancia y la Familia (DCFS), o ambos, como el condado de Cook. Otros requieren la toma de huellas dactilares. Consulte con su secretario local qué se necesita.
A continuación, prepárese para su fecha en la corte planeando llevar consigo:
- Petición para nombrar a un tutor de reserva como tutor de menor
- Orden para nombrar al tutor de reserva como tutor de menor (rellenada salvo la información que no conozca y la firma del juez; lleve el original y dos copias para cada menor)
- Aviso de Audiencia sobre la Petición de Tutela de un menor
- Juramento de tutor o Juramento y vínculo de tutor;
- Consentimiento para la tutela del menor y Comparecencia (si procede);
- Nombramiento de tutor por menor (si procede);
- Certificados de nacimiento o muerte (si es necesario; un original y una copia);
- Verificación de antecedentes criminales, Verificación de antecedentes del DCFS o toma de huellas dactilares (si es necesario);
- Se entregaron tarjetas verdes con acuse de recibo que mostraban el aviso a los familiares del menor (si procedía);
- Información que muestre aviso por publicación en un periódico (si procede);
- Identificación con foto; y
- Copias de documentos presentados en su caso o relevantes para el caso, así como pruebas.
Además, planee traer a cualquier testigo que desee para que testifique o declare en la audiencia. Consulte las normas locales para determinar si un niño de 14 años o más también debe asistir.
La fecha de la Corte del caso de tutela puede celebrarse en persona o por teléfono/vídeo:
- Presencial
- Llegue al tribunal al menos 30 minutos antes de la hora de su audiencia. Vaya a la sala de la corte indicada en sus formularios del tribunal. Si sus formularios no incluyen un número de sala de la corte, busque una lista de casos en la corte o pregúntele al secretario de circuito.
- Consulte discretamente con el personal de la sala de la corte y espere a que llamen su nombre y número de caso, y
- Cuando se llame su caso, acérquese al juez y preséntese. Explique brevemente al juez qué desea obtener del caso. Después de escucharle a usted y a la otra parte, el juez le informará qué sucederá a continuación.
- Por teléfono o videollamada
- Prepárese para la llamada confirmando que su tecnología funciona y está lista para que pueda llamar o iniciar sesión. Debería empezar a intentar iniciar sesión al menos 15 minutos antes de la hora de la Audiencia.
- Silénciese cuando no esté hablando y active su micrófono cuando llamen su caso.
- Introduzca su nombre en el software de videoconferencia para que el juez pueda identificarle a usted y a su caso.
Espere a que llamen su caso. Cuando se llame su caso, dé un paso al frente y dígale al juez que desea ser el tutor del niño. Responda a las preguntas del juez. Si el menor de edad tiene al menos 14 años, debe acompañarle. El juez preguntará a los menores 14 y a los mayores si están de acuerdo con la tutela.
En este punto, el juez puede decidir proceder de diferentes maneras:
- El juez puede conceder la tutela, especialmente si todos los familiares requeridos recibieron aviso y están de acuerdo.
- El juez puede necesitar más información y exigir una fecha de corte en otro momento.
- El juez puede nombrar a un Tutor ad Litem (GAL) para representar el interés superior del menor. El GAL llevará a cabo su propia Investigación y reportará al juez.
- El juez puede fijar el caso para juicio en una fecha posterior, momento en el que las partes podrán presentar sus casos. Esto incluye la presentación de pruebas y testigos que declaren.
Si el juez concede su solicitud para ser el tutor del niño, deberá obtener una copia certificada de la orden. Lleve la orden al secretario del tribunal de circuito, quien la certificará y luego le dirigirá al cajero. No salga del edificio hasta que haya hecho esto. Debe certificar la orden de la Corte el mismo día en que la reciba. Si su comparecencia en la Corte fue virtual, debería recibirla por correo electrónico o por correo postal después de la fecha de la Corte.
Si no tiene una exención de tasas, habrá un honorario por cada orden que necesite certificar. Si tiene la Exención de tasas, deberá mostrar su orden de Exención de tasas firmada y sellada al secretario del circuito.
La Corte le emitirá entonces Cartas de Cargo o Cartas de Tutela, que demuestran que tiene la tutela legal del menor. Puede que pueda recibir las cartas el mismo día que su fecha en la corte, o puede que se las envíen por correo electrónico o por correo más adelante. Si se requiere una copia certificada, contacte con la oficina del secretario del circuito. Guarde estos documentos en un lugar seguro. Si se pierden o dañan en el futuro, o si necesita una copia actualizada, puede acudir a la oficina del secretario para solicitar otra copia. Normalmente hay una pequeña tasa para obtener los formularios.
Según la Oficina Administrativa de los Tribunales de Illinois, ser tutor de un menor conlleva muchas responsabilidades:
- Mientras usted sea el tutor de la persona:
- Usted es responsable de la salud, el bienestar y la educación del menor.
- Debe notificar a la Corte y a los padres del menor cualquier cambio en su dirección o en la del menor dentro de los 30 días posteriores al cambio.
- Primero debe obtener el permiso del juez antes de mudarse fuera del estado con el menor o de viajar con el menor fuera del estado durante más de 30 días.
- No puede transferir la custodia del menor a otra persona, incluidos los padres del menor, sin el permiso del juez.
- Puede que se le exija presentar informes anuales de estado ante la corte
- Mientras usted sea tutor del patrimonio:
- Usted es responsable del cuidado, gestión e inversión del patrimonio del menor.
- Debe llevar registros de los ingresos, bienes y gastos del menor.
- Debe comparecer en nombre del menor en cualquier procedimiento legal relacionado con el menor.
- Debe notificar a la Corte y a los padres del menor cualquier cambio en su dirección o en la del menor dentro de los 30 días posteriores al cambio.
- Puede que se le exija presentar informes anuales de estado ante la corte.
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