Familia y seguridad
La audiencia de EOP Manual del abogado

Proceso

En la corte, el juez decide si hay suficientes pruebas o no. La carga de la prueba recae en el peticionario, y el estándar es la preponderancia de los comprobantes. Si hay pruebas suficientes, el juez emite una EOP y continúa el caso para que se pueda notificar al demandado. 750 ILCS 60/212

La audiencia terminará de una de tres maneras.  El juez testamento:

  • Conceder una orden de emergencia y continuar el asunto para audiencia en una orden plenaria.
  • Denegar la orden de emergencia, pero continuar con el asunto para la audiencia en una orden plenaria, o
  • Desestimar la orden de emergencia y desestimar el caso.

Nota: Hay una decisión crítica que el peticionario debe tomar aquí si su solicitud de EOP es denegada, pero el juez continúa el asunto para una audiencia sobre una orden plenaria. Si no hay un EOP en vigor cuando se notifica al demandado, podría haber violencia de represalia y enojo por parte del demandado dirigido al peticionario. En esta situación, su cliente debe decidir si se siente cómodo con que se notifique al demandado, aunque el EOP no esté vigente en el momento de la notificación. Si usted o su cliente no se siente cómodo con esto, deben retirar su petición.

Requisitos

Los jueces buscarán una "buena causa" para otorgar una orden de emergencia. 750 ILCS 60/217. Se considerará la última comunicación entre el peticionario y el demandado. Si hubo un retraso entre la comunicación y la solicitud de la orden, es probable que la víctima tenga que explicar el retraso. 

La "causa justificada" puede entenderse de las siguientes maneras:

  • Para la mayoría de los recursos, es necesario que "el daño que se pretende prevenir sería probable que ocurriera si se le diera al demandado algún aviso previo, o un aviso mayor al que realmente se dio, sobre los esfuerzos del peticionario para obtener alivio judicial."  750 ILCS 60/217(3)(i).
  • Para obtener la posesión exclusiva de la residencia, debe haber un peligro inmediato de abuso. La seguridad del peticionario supera la posible dificultad para el demandado. Este recurso no se negará porque el peticionario potencialmente tenga o podría tener un refugio alternativo. 750 ILCS 60/217(3)(ii).
  • Para el remedio de la posesión de bienes personales, debe ser probable que haya una disposición inadecuada de los bienes personales si no se le da aviso al demandado, o el peticionario debe tener una necesidad grande y apremiante de los bienes personales. 750 ILCS 60/217(3)(iii).

Tenga en cuenta que la carga de la prueba es la preponderancia de los comprobantes, incluso si se encuentra en la corte penal.

Resultado

Después de que se ingresa el EOP, se establece una fecha de audiencia plenaria y se anota en el EOP. Se emitirá una citación de demanda para el demandado. 

Tenga en cuenta que, debido a que esta es una orden ex parte, la corte no ordenará lo siguiente:

  • Que el demandado se someta a consejería obligatoria,
  • Asignación temporal de responsabilidades parentales,
  • Manutención temporal de hijos,
  • Restitución por daños a la propiedad, o
  • Pago de los gastos de refugio.

Asegurar la tenencia exclusiva de la residencia

Si a su cliente se le ha otorgado la posesión exclusiva de la residencia y necesita que el demandado sea removido de su residencia, deberá coordinarse con la aplicación de la ley local.

El proceso varía de condado a condado. En el Condado de Cook, los pasos son:

1. Haga una copia adicional del EOP para usted.

2. Instruya a su cliente para que se dirija a la estación de policía más cercana a la residencia, notifique a la policía sobre el EOP y solicite que el demandado sea retirado de la residencia. Dado que los departamentos de policía pueden tener procedimientos diferentes, su cliente debe estar preparado para seguir las instrucciones de la policía.

3. La policía acompañará al peticionario a la residencia y los oficiales de policía sacarán al demandado de la casa. 

4. Su cliente debe solicitar al oficial que realice una "Notificación de Forma Corta" y que le entregue una copia. 

Última revisión
30 de junio de 2020

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