Escuela y educación

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Escuelas que comparten mi información sin mi permiso

Las escuelas solo pueden compartir la información personal de un estudiante con el estudiante o con el padre, con algunas excepciones. Las personas que pueden obtener el registro de un estudiante sin permiso incluyen:

  • Otras escuelas donde está tratando de inscribirse,
  • Algunas agencias federales o estatales (no de inmigración),
  • Funcionarios de emergencia,
  • El público como parte de un directorio, y
  • La corte como parte de una orden o citación judicial.

La escuela debe conservar todas las solicitudes de registro para su información. Una escuela debe registrar en su registro permanente si comparte su información personal. Estos registros deben incluir los nombres de las personas que solicitaron o recibieron la información. También deben explicar las razones por las que las partes necesitaban la información. Puede solicitar a la escuela que le proporcione una copia de los registros compartidos con otra parte.

Compartir entre distritos escolares

Una escuela solo puede compartir sus registros estudiantiles con otra escuela en un distrito diferente cuando:

  • Es voluntario,
  • El intercambio solo se aplica a un estudiante inscrito en ambos distritos y el estudiante tiene la intención de inscribirse en el distrito de escuela secundaria, y
  • No comparten más información con otro distrito de la que compartirían dentro del mismo distrito.

Más información sobre los registros escolares y la privacidad.

Privacidad de los registros médicos de estudiantes adultos 

La escuela no está obligada a proporcionar acceso a los registros de tratamiento médico o psicológico de los estudiantes de 18 años o más. Esto también se aplica a los estudiantes que asisten a la universidad. Esto se aplica si los registros se elaboran, se mantienen y se utilizan únicamente para el tratamiento. El estudiante puede optar por que se revisen esos registros. Esto puede ser realizado por un médico, un psicólogo u otro profesional.

Derecho a la privacidad de los estudiantes indocumentados

Una escuela no puede presentar el expediente de un estudiante a los agentes federales de inmigración a menos que haya una circunstancia extraordinaria que ponga en peligro la seguridad pública. La escuela puede presentar el expediente si un padre da su consentimiento. O si la información no contiene el estado de inmigración del estudiante. Los funcionarios escolares no reportan. No están obligados a informar sobre los inmigrantes indocumentados a los agentes federales.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
05 de diciembre de 2024
Última revisión por parte del personal
24 de mayo de 2020

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