Dinero y deudas
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
Debe asegurarse de calificar para la bancarrota tomando una estimación de ingresos.
Debe obtener asesoramiento crediticio dentro de los 180 días antes de presentar la bancarrota del capítulo 7 o su caso será desestimado. Una lista de agencias de asesoría crediticia aprobadas por el gobierno federal está disponible en el sitio web del fiduciario de EE. UU.
Después de terminar, obtenga un certificado que muestre que completó el asesoramiento. Haga una copia para la corte. Usted prometerá a la corte que ha completado el curso de consejería al completar la Petición Voluntaria para Personas que Presentan una Bancarrota en el Paso 4.
Deberá proporcionar a la corte información sobre, entre otras cosas, lo siguiente:
- Inmueble que posee,
- Bienes personales, como dinero en efectivo, ropa, artículos para el hogar o automóviles, que usted posee,
- Deudas que usted debe, de cualquier tipo,
- Pagos recientes realizados a acreedores u otros, y
- Regalos o donaciones grandes a amigos, familiares u organizaciones benéficas.
Haga varias copias de lo siguiente. Tendrá que entregar copias a su fiduciario del capítulo 7 y a cualquier acreedor que lo solicite:
- Sus talones de pago de los últimos 60 días, y
- Su declaración de impuestos más reciente.
Complete y firme los formularios que se indican a continuación. Realice 3 copias de cada formulario.
- Petición Voluntaria para Personas que Presentan una Bancarrota. Utilice este formulario para Comenzar el proceso de presentar una solicitud de bancarrota del capítulo 7.
- Su declaración sobre sus números de Seguro Social. Utilice este formulario para dígale a la corte de bancarrota cuál es su número de Seguro Social.
- Su Declaración de Asuntos Financieros para Personas que se Declaran en Bancarrota. Utilice este formulario para Informe a la corte sobre sus actividades financieras recientes.
- Aviso requerido para individuos que se declaran en bancarrota. Lea y firme este formulario para informar a la corte que comprende sus opciones para presentar una bancarrota.
- Una copia del Certificado de Asesoría (ver arriba).
Si no tiene dinero para pagar las tarifas de la corte, también debe completar una de las siguientes solicitudes:
- Solicitud para que las personas paguen los honorarios de presentación en cuotas. Pide a la corte que le permita pagar los honorarios de presentación en cuotas en lugar de todo de una vez.
- Solicitud para que se exima de los honorarios de presentación del Capítulo 7. Pide a la corte que renuncie por completo a los honorarios de presentación.
Ahora que ha completado sus formularios, realice las siguientes acciones:
- Presentar los formularios ante el secretario de bancarrota en la corte de bancarrota más cercana donde usted vive. Puede encontrar la corte de bancarrota más cercana utilizando el localizador de cortes.
- Pague los honorarios de presentación de la corte, pague en cuotas o obtenga una renuncia de honorarios. Hay tarifas para presentar sus formularios de bancarrota. Si no tiene el dinero para pagar los honorarios, presente la Solicitud para que las personas paguen la cuota de presentación en cuotas o la Solicitud para que se exima de la cuota de presentación del Capítulo 7 que llenó en el Paso 4. La corte revisará su solicitud y decidirá si debe pagar las tasas judiciales.
Todos los formularios están disponibles en el sitio web de las cortes de EE. UU. y en el sitio web de su corte de bancarrota local.
Complete los siguientes formularios con la información que ha recopilado:
- Anexo A/B: Propiedad. Informa a la corte sobre la propiedad que posee.
- Anexo C: La propiedad que indulta. Informa a la corte sobre la propiedad que indultará como reclamo.
- Anexo D: Acreedores que tienen créditos garantizados por propiedad. Informa a la corte sobre cualquier acreedor garantizado, como un prestamista de hipoteca o de automóviles.
- Programa E/F: Acreedores que tienen reclamaciones no garantizadas. Informa a la corte sobre cualquier acreedor no garantizado prioritario y acreedores generales no garantizados.
- Anexo G: Contratos en ejecución y arrendamientos no expirados. Informa a la corte sobre cualquier obligación contractual pendiente o contrato de renta en curso, como un contrato de renta de apartamento.
- Programa H: Sus codeudores. Informa a la corte sobre otras personas que podrían ser responsables de sus deudas, como los cosignatarios.
- Anexo I: Su ingreso. Informa a la corte sobre su ingreso.
- Anexo J: Sus gastos. Informa a la corte sobre sus gastos.
- Anexo J2: Gastos del hogar separado del deudor 2. Si está solicitando una bancarrota conjunta, utilice este formulario para informar a la corte sobre los gastos del otro deudor. Esto solo se aplica si el otro deudor vive en un hogar diferente.
Utilice los horarios anteriores para completar los siguientes formularios:
- Un resumen de sus bienes y pasivos y cierta información estadística. Complete este formulario después de completar los Anexos A-J (arriba). Utilice la información de los Anexos A-J para completar este formulario.
- Declaración sobre los anexos de un deudor. Llene y presente este formulario cada vez que presente los Anexos (arriba) o los Anexos enmendados.
Debe completar y presentar todos los formularios necesarios cuando presente su petición o dentro de los 14 días de presentar su petición. Si no lo hace, lo más probable es que su caso sea desestimado.
Esto incluye, sin limitación:
- Horarios A-J,
- El resumen y la declaración,
- Cualquier evidencia de pago de los empleadores recibida 60 días antes de la presentación, como recibos de sueldo,
- Una declaración de ingreso neto mensual, y cualquier aumento en los ingresos o gastos que usted espera que ocurra después de presentar la declaración, si los hubiera, y
- Una copia de su declaración de impuestos o transcripciones del año fiscal más reciente.
Si tiene una deuda garantizada, debe presentar el siguiente formulario dentro de los 30 días de presentar:
- Declaración de Intención para las Personas que Presentan en virtud de el Capítulo 7. Informa a la corte lo que desea hacer con ciertas deudas garantizadas y la propiedad relacionada. Utilice la información del Anexo D para ayudarle a completar este formulario.
Enviar por correo la Declaración de Intención a todos los acreedores garantizados. No tiene que enviar la petición, solo la Declaración de Intención.
Si no hace esto, puede perder la protección de la suspensión automática. A continuación, se permitirá a los acreedores garantizados retirar la propiedad.
Presente un Certificado de Entrega ante la corte diciendo que ha enviado por correo la Declaración de Intención a todos los acreedores garantizados. Vea un ejemplo aquí.
Próximos pasos?
Esto es solo el comienzo de su caso. Hay varios pasos en un caso de bancarrota antes de que sus deudas sean descargadas. Obtenga más información sobre la cronología de un caso de bancarrota.
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