Corte y audiencias

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Responder a una demanda

Una demanda comienza cuando una persona o empresa presenta una Citación y una Demanda (o Petición ). La persona o empresa que presentó la demanda se llama demandante o peticionario. Si se presenta una demanda en su contra, usted es el demandado o demandado.

La citación de demanda le informa que se ha presentado una demanda en su contra. La citación de demanda también le informa sobre lo que debe hacer a continuación, por ejemplo, presentar una Respuesta o comparecer en una fecha de corte.

La Demanda o Petición le indica de qué se trata la demanda. También le indica:

  • Lo que el demandante piensa que sucedió,
  • Las leyes que respaldan las demandas del demandante y
  • Lo que el demandante solicita.

Comparecencia y respuesta

Si se le entrega debidamente una citación de demanda, puede presentar una comparecencia y una respuesta para proteger sus derechos. Sin embargo, usted no irá a la cárcel ni recibirá multas si no responde.

Una comparecencia informa a la Corte y al demandante que usted está al tanto de la demanda presentada en su contra. Es una declaración formal de que usted va a participar en los procedimientos de la corte. Sin embargo, en muchos casos, la comparecencia es un documento que se presenta y luego la fecha de la corte ocurre más tarde. Si su citación de demanda le indica una fecha de corte para comparecer, eso se llama una "primera comparecencia". La fecha de la corte se puede llevar a cabo en persona o de forma remota. Pero el juez aún puede requerirle que presente un documento formal de comparecencia

Una Respuesta responde a la Demanda del Demandante. La demanda enumera las razones del demandante para demandarle. La Respuesta responde a cada motivo.

No tiene que presentar una Respuesta  a menos que el juez se lo indique si:

  • La demanda es por 10,000 $ o menos, o bien
  • Usted es un demandado en un desalojo .

Si usted está obligado a presentar una Respuesta y no lo hace, el juez lo encontrará en incumplimiento y puede decidir a favor de la otra parte.

Nota: Si le dicen que debe ir a la corte porque la otra parte afirma que está violando una orden judicial anterior y que debe ser declarado en desacato, asegúrese de asistir a la fecha de la corte. Si no va a la corte, el juez podría emitir una orden judicial para su arresto. 

Complete sus formularios de Respuesta y Comparecencia.

Reglas para las respuestas

En su respuesta, usted debe responder a cada una de las declaraciones numeradas de la demanda. Debe:

  • Admita: usted está de acuerdo con la declaración,
  • Denegar: usted no está de acuerdo con la declaración, o
  • No tiene el conocimiento suficiente para admitir o negar: no sabe si es cierto y, por lo tanto, niega la afirmación.

Si elige la última opción, también debe adjuntar un Afidavit que indique que usted no sabe si las declaraciones indicadas son verdaderas. También puede certificar bajo sanción de perjurio que su Answer es verdadera cuando usted dice que no sabe. 

No tiene que dar solamente una respuesta para cada párrafo numerado en la demanda del demandante. Usted puede admitir partes del párrafo y negar otras.

Nota: Si desea impugnar la forma en que recibió la citación de demanda y queja o si desea desestimar la queja porque la demanda no tiene una base legal, debe presentar una moción antes de presentar su respuesta. Para obtener más información, consulte la sección Motions a continuación. 

Defensas

La Respuesta es también el documento donde usted puede argumentar defensas afirmativas. Una defensa afirmativa Es un argumento que usted presenta como motivo por el cual el demandante no debería ganar el caso.

Por ejemplo, una persona tiene un cierto tiempo después de que suceda algo para presentar una demanda. Esto se llama un plazo de prescripción. Si el demandante presenta una demanda después de que se agotó el plazo de prescripción para su caso, usted debe incluir esto en su Respuesta como una defensa afirmativa.

Si presenta su respuesta sin defensas afirmativas, no puede presentarlas más tarde, a menos que le pregunte a la corte en una moción si puede enmendar su respuesta para agregar defensas afirmativas y la corte esté de acuerdo en permitirle enmendar.

Contrademandas

La Respuesta también es donde se incluyen las contrademandas. Las contrademandas son reclamos legales que usted tiene contra el demandante sobre los asuntos del caso.

Por ejemplo, supongamos que alguien lo demanda por daños a su automóvil debido a un accidente en el que estuvo involucrado. Podría presentar una contrademanda Es contra la parte que inició el caso (demandante). Si usted cree que ellos tuvieron la culpa y le deben dinero en su lugar.

Al igual que con las defensas afirmativas, si presenta su Respuesta sin contrademandas, no puede presentarlas más adelante a menos que le pregunte a la corte en una moción si puede enmendar su Respuesta para agregar contrademandas y la corte acepte permitirle enmendar.

Presentando su respuesta y comparecencia 

Después de presentar electrónicamente su Respuesta y Comparecencia, usted debe entregar los documentos al demandante. Esto significa enviarles una copia de todo lo que presente. Si el demandante tiene un abogado, usted debe notificar al abogado en su lugar. Por lo general, se requiere que el servicio se realice electrónicamente por:

  • Uso de una presentación electrónica sistema, o
  • Por correo electrónico.

Si el demandante no tiene un abogado o una dirección de correo electrónico, también puede enviar los documentos por correo o entregarlos en persona.

Después de hacer la entrega legal de los documentos, usted debe presentar un comprobante de entrega ante el secretario del circuito.

Mociones

A veces, un demandado querrá presentar una moción antes de presentar una respuesta.

Por ejemplo, si tiene una razón legal para impugnar la forma en que se le entregaron la citación de demanda y la queja, presentaría una Moción para anular la notificación.

O si usted tenía una razón legal para que se desestimara la Demanda desestimara, usted presentaría una Moción para desestimar.

Solicitar un juicio con jurado.

Hay 2 formas de tener un juicio civil:  

  • Juicio sin jurado: el juez decide lo que cree que sucedió y luego decide quién gana el juicio según la ley.
  • Juicio con jurado: un jurado decide lo que sucedió, y luego el juez decide quién gana.

Si usted desea un juicio con jurado, debe solicitar uno:

  • Para demandas que solicitan más de 10,000 $, debe presentar un formulario de Solicitud de juicio con jurado (Jury Request) antes o al mismo tiempo que presenta su respuesta y comparecencia.
  • Para demandas que solicitan 10,000 $ o menos, debe presentar el formulario Solicitud de juicio con jurado (Jury Request) en o antes de su primera fecha en la corte.

Si usted cumple con estos plazos, el juez debe conceder su solicitud de juicio con jurado.

Illinois requiere la presentación electrónica de todos los documentos judiciales. Cuando presente electrónicamente su Comparecencia, seleccione la opción de demanda de jurado. O, si la demanda es por más de 10,000 $, puede presentar electrónicamente un formulario de Solicitud de juicio con jurado (JURY REQUEST) por separado antes o cuando presente electrónicamente su Respuesta.

Debe pagar una tarifa adicional para un juicio con jurado. Si no puede pagarlo, puede solicitar una exención de tasas

Presentación ante la corte

Una citación de demanda generalmente le indicará cuándo debe ir a la corte. Se llamará "fecha de presentación de comparecencia" o "fecha de devolución". Si no comparece ante el tribunal a tiempo, perderá el caso y se puede dictar un fallo por incomparecencia en su contra. 

Si usted va a la corte, el juez le dirá cuándo tiene que presentar su Answer. Asegúrese de presentar la respuesta en o antes de la fecha límite establecida por el juez.

Para algunas demandas, la citación de demanda indicará que debe presentar una Comparecencia y Respuesta dentro de 30 días después del día en que se le entregó. Es posible que desee hablar con un abogado antes de presentar.  

Para otras demandas, como reclamos menores o desalojo, la citación de demanda tendrá una fecha en la que debe comparecer ante la corte. La citación de demanda indicará si debe comparecer de forma remota o en persona.

Si tiene una discapacidad y desea solicitar una adaptación razonable para asegurarse de que pueda participar, comuníquese con su secretario del circuito

Si se dicta un fallo por incomparecencia en su contra

Si no presenta su comparecencia o respuesta o si la presenta tarde, el juez podría dictar un fallo por incomparecencia en su contra. Esto significa que el juez permitió que el demandante ganara el caso porque usted no presentó los documentos requeridos o no asistió a la fecha de la corte.  

Si el juez dicta un fallo por incomparecencia en su contra, usted puede pedirle que lo anule presentando una Moción para anular el fallo por incomparecencia. Si el juez anula la sentencia en rebeldía, eso significa que el caso continuará.  

Tienes 30 días para presentar esta moción y demostrar al juez que tenías una buena razón para no presentar tu comparecencia o respuesta. Después de 30 días, es mucho más difícil eliminar el fallo, y probablemente necesitará hablar con un abogado.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
09 de febrero de 2026
Última revisión por parte del personal
06 de marzo de 2026