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¿Se aplican las normas estatales para casos de reclamos menores en todo el centro y sur de Illinois? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Sí, las Reglas 281-289 de la Corte Suprema de Illinois se aplican a todos los casos de reclamos menores en Illinois. Más información sobre las normas de la Corte de reclamos menores.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Alexander, Jackson, Johnson, Massac, Pope, Pulaski, Saline, Union y Williamson? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Las reglas locales del 1º Circuito Judicial de Illinois 3.1 a 3.2 (Procedimiento de reclamos menores) se aplican a los casos de reclamos menores en los condados de Alexander, Jackson, Johnson, Massac, Pope, Pulaski, Saline, Union y Williamson.

En el 1º Circuito Judicial, la fecha de primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte disponga lo contrario. La Citación debe incluir el texto completo de la regla 3.1. 

Si un demandado que ha sido notificado no presenta una Comparecencia ni acude a la Corte en la fecha de retorno, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión de fallo por incomparecencia. El demandante puede tener que demostrar la cantidad que se le debe a menos que el demandado ya haya acordado por escrito pagarle al demandante una cantidad específica por incumplimiento de un contrato escrito. Un acuerdo para pagar una cantidad específica por incumplir un contrato también puede denominarse daños y perjuicios liquidados. Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

Si ambas partes están presentes en la fecha de Comparecencia, el juez celebrará una conferencia informal para ayudar a las partes a llegar a un Acuerdo. Cuando las partes no logran llegar a un acuerdo:

  • El juez puede fijarlo para la próxima fecha disponible del Juicio, o
  • Si ambas partes están listas para Juicio, no se solicita un jurado y el juez tiene tiempo, el juez puede juzgar el caso de inmediato.

Las reglas 3.1 a 3.2 cubren:

  • Usando formularios de Citación,
  • Cuando es posible un fallo por incomparecencia si un demandado no hace comparecencia,
  • Desestimar el caso si el demandante no se presenta en la fecha de comparecencia, y
  • Fijando una fecha para el Juicio.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Crawford, Edwards, Franklin, Gallatin, Hamilton, Hardin, Jefferson, Lawrence, Richland, Wabash, Wayne y White? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

La regla local 15 del 2º circuito judicial de Illinois (reclamos menores) se aplica a los casos de reclamos menores en los condados de Crawford, Edwards, Franklin, Gallatin, Hamilton, Hardin, Jefferson, Lawrence, Richland, Wabash, Wayne y White.

En el 2º Circuito Judicial, la fecha de primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte ordene lo contrario. 

Los demandados en casos de reclamos menores en el 2º Circuito Judicial deben presentar una Comparecencia el día de la declaración o antes de la fecha de la declaración para evitar el fallo por incomparecencia. Si un demandado que ha sido notificado no presenta una Comparecencia ni acude a la Corte en la fecha de retorno, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión de fallo por incomparecencia. Para obtener un fallo por incomparecencia, el demandante debe:

  • He presentado una demanda verificada,
  • Han presentado un afidavit aceptable, y
  • Demuestre la cantidad que se le debe en la Audiencia, a menos que el demandado ya hubiera acordado por escrito pagar al demandante una cantidad específica por incumplir un contrato escrito (también llamado daños liquidados).

Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

Si ambas partes están presentes en la fecha de la Comparecencia y listas para el Juicio, el caso se juzgará el mismo día. Cuando una parte está presente pero no lista para el Juicio, el juez fijará la fecha del Juicio. La fecha del Juicio no se aplazará de nuevo a menos que una parte pueda demostrar una buena causa para hacerlo.

La regla 15 cubre:

  • Fijando una fecha para el Juicio,
  • Cuando es posible un fallo por incomparecencia si un demandado no presenta una comparecencia en la fecha de devolución o antes,
  • Desestimar o reprogramar el caso si el demandante no comparece en la fecha de comparecencia,
  • Desestimar el caso por falta de enjuiciamiento si ambas partes no comparecen en la fecha de comparecencia, y
  • Cuando un demandante debe presentar comprobantes de daños antes de dictar sentencia.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Christian, Clay, Clinton, Effingham, Fayette, Jasper, Marion, Montgomery y Shelby? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Las Reglas Locales del 4º Circuito Judicial de Illinois 9-1 a 9-11 (Reclamos Menores) se aplican a los casos de reclamos menores en los condados de Christian, Clay, Clinton, Effingham, Fayette, Jasper, Marion, Montgomery y Shelby.

En el 4º Circuito Judicial, la fecha de primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte disponga lo contrario. El secretario de la Corte de Circuito debe proporcionar una copia de la Regla 9 con cada Citación. Las reglas 9-8 y 9-10(b) y (c) deben estar resaltadas o en negrita.

En la primera Audiencia, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión inmediato de un fallo por incomparecencia contra un demandado que haya sido notificado si el demandado no:

  • Presente una moción o respuesta escrita,
  • Notifique por escrito al secretario del circuito al menos 5 días antes de la primera fecha de la Corte que planea impugnar la Demanda, o
  • Preséntese en la Corte en la fecha de regreso y admita o niegue las acusaciones de la Demanda.

El juez puede decidir dictar fallo por incomparecencia de inmediato o exigir al demandante que presente pruebas en una Audiencia de prueba en otra fecha. Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

Si ambas partes están presentes en la fecha de regreso, el juez celebrará una conferencia informal para ayudar a las partes a llegar a un Acuerdo. Cuando las partes no logran llegar a un acuerdo:

  • El juez puede fijarlo para la próxima fecha disponible del Juicio, o
  • Si ambas partes están listas para el Juicio y el juez tiene tiempo, el juez puede juzgar el caso inmediatamente.

Las reglas 9-1 a 9-11 cubren:

  • Utilizando formularios de citación y denuncia,
  • Cumpliendo con las normas de verificación y declaración jurada,
  • Los tres métodos aceptables para que el demandado responda a la Denuncia y a la Citación,
  • Fijando una fecha para el Juicio,
  • Solicitar un juicio con jurado.
  • Dictar un fallo por incomparecencia si el demandado no cumple con los tres métodos permitidos para responder,
  • Desestimación por falta de enjuiciamiento si el demandante no comparece en la fecha de la entrega, y
  • Cuando se puede dictar un fallo por incomparecencia si la demanda no es Disputado.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Clark, Coles, Cumberland, Edgar y Vermilion? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

La regla local 9 del 5º Circuito Judicial de Illinois (Acciones de reclamos menores) se aplica a casos de reclamos menores en los condados de Clark, Coles, Cumberland, Edgar y Vermilion.

En el 5º Circuito Judicial, la fecha de primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte disponga lo contrario. Ambas partes deben comparecer ante la Corte en la fecha de la comparecencia, aunque el caso no se juzgue ese día. Si un demandado que ha sido notificado no presenta una Comparecencia ni acude a la Corte en la fecha de retorno, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión de fallo por incomparecencia. Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

En la primera Audiencia, si el demandado impugna la demanda, el juez fijará el caso para el Juicio. El demandado puede ser obligado a pagar la tasa de comparecencia antes de una fecha concreta. El juez puede eximir o posponer la tasa de Comparecencia si el demandado demuestra causa justificada para hacerlo.

La regla 9 cubre:

  • notificación de citación de demanda
  • Desestimar un caso sin perjuicio si el demandado no ha sido notificado en los 6 meses posteriores a la presentación de la Demanda,
  • Cuando es posible un fallo por incomparecencia si un demandado no hace comparecencia,
  • Fijando una fecha para el Juicio,
  • Desestimar un caso sin prejuicio si permanece inactivo durante 180 días, y
  • Cuánto tiempo puede mantenerse un caso bajo consideración.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Champaign, DeWitt, Douglas, Macon, Moultrie y Piatt? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Las reglas locales del 6º Circuito Judicial de Illinois 3.1 a 3.5 (Casos de reclamos menores) se aplican a los casos de reclamos menores en los condados de Champaign, DeWitt, Douglas, Macon, Moultrie y Piatt.

En el 6º Circuito Judicial, la fecha de primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte disponga lo contrario. La oficina del secretario de la Corte de Circuito debe proporcionar una copia de las normas locales sobre reclamos menores con cada citación.

En la primera Audiencia, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión inmediato de un fallo por incomparecencia contra un demandado que haya sido notificado si el demandado no:

  • Presente una moción o respuesta escrita,
  • Notifique por escrito al secretario del circuito al menos 7 días antes de la primera fecha de la Corte que planea impugnar la Demanda, o
  • Preséntese en la Corte en la fecha de regreso y admita o niegue las acusaciones de la Demanda.

Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

Si ambas partes comparecen, el juez puede fijar el caso para:

  • juicio
  • Audiencia informal, o
  • Llamada de expediente y conferencia previa al juicio antes de la fecha del juicio.

Las reglas 3.1 a 3.5 cubren:

  • Tres métodos aceptables para que el demandado responda a la Denuncia y a la Citación,
  • Dictar un fallo por incomparecencia si el demandado no cumple con los tres métodos permitidos para responder,
  • Fijar una fecha para el Juicio o la Audiencia, y
  • Solicitar un juicio con jurado.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores de los condados de Fulton, Hancock, Henderson, Knox, McDonough y Warren? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Las Reglas Locales del 9º Circuito Judicial de Illinois 8.05 a 8.25 (Reclamos Menores) se aplican a los casos de reclamos menores en los condados de Fulton, Hancock, Henderson, Knox, McDonough y Warren.

En el 9º Circuito Judicial, la fecha de retorno no es una fecha de juicio a menos que:

  • Las partes están listas y 
  • El juez tiene tiempo suficiente.

Si un demandado que ha sido notificado no presenta una Comparecencia ni acude a la Corte en la fecha de retorno, el demandante puede solicitar el Registro de la decisión de fallo por incomparecencia. El juez puede decidir dictar fallo por incomparecencia de inmediato o exigir al demandante que presente pruebas en una Audiencia de prueba en otra fecha. Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

Cuando ambas partes comparecen en la fecha de la declaración y el demandado impugna la demanda, el juez puede celebrar una conferencia informal previa al Juicio para fomentar un Acuerdo. Si las partes no llegan a un acuerdo, el juez puede fijarlo para el Juicio el mismo día o en otra fecha de juicio.

Las reglas 8.05 a 8.25 cubren:

  • Utilizando formularios de Citación y Denuncia, incluyendo la presentación de una copia de cualquier documento escrito en el que se base la demanda,
  • Cumpliendo con las normas de verificación y declaración jurada,
  • Desestimación por falta de enjuiciamiento si el demandante no se presenta a la Corte o si un caso permanece inactivo durante más de 180 días,
  • Cuando es posible un fallo por incomparecencia o una sentencia ordinaria si un demandado no comparece, y
  • Requisitos para que los demandantes que ganan su caso presenten una moción de recuperación si quieren que el demandado pague cualquier coste que no sea la presentación o la Notificación de las citaciones.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores del condado de McLean? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

La regla local 109 del 11º circuito judicial de Illinois (Mediación de reclamos menores anexada al tribunal) se aplica a los casos de reclamos menores presentados por personas que se representan a sí mismas en el condado de McLean. 

Todos los casos de reclamos menores y arbitraje presentados por personas que se representan a sí mismas en el condado de McLean son elegibles para Mediación el mismo día en la primera fecha de la corte si ambas partes:

  • Asista a la corte en la fecha de regreso,
  • Acepte mediar en el conflicto, 
  • Participe en la sesión de Mediación, y
  • No tienen una orden de protección el uno contra el otro. 

Si existe una orden de protección entre las partes, no se puede celebrar Mediación a menos que el juez examine la situación.  La Mediación también puede programarse en cualquier momento durante el caso si ambas partes acuerdan mediar.

El descubrimiento no está disponible antes de la Mediación. Si las partes llegan a un acuerdo durante la mediación, presentan una orden acordada al juez para su aprobación. Si no se alcanza ningún acuerdo durante la Mediación o una parte no completa la Mediación, el Mediador / tercero notifica al juez que la Mediación ha finalizado. El juez entonces fija el caso para Juicio.

El programa de Mediación depende de voluntarios que no reciben remuneración por su trabajo. La regla 109 también incluye detalles sobre las cualificaciones y certificación del Mediador / tercero, conflictos de interés y qué hacer si un Mediador / tercero es descalificado.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores del condado de St. Clair? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Las Reglas Locales 14.01 a 14.04 (Reclamos Menores) de la Corte de Circuito del Condado de St. Clair se aplican a los casos de reclamos menores en el condado de St. Clair.

Las reglas 14.01 a 14.04 cubren:

  • Pago de tasas de presentación,
  • Desestimar el caso sin perjuicio si el demandado no ha sido notificado en un plazo de 6 meses desde la fecha de la primera comparecencia,
  • Fijar fechas de tribunal, y
  • Cuando es posible el fallo por incomparecencia o la desestimación por falta de enjuiciamiento.

Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

¿Qué temas cubren las normas locales de la Corte de reclamos menores del condado de Iroquois? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

La regla local 5.1 del 21º circuito judicial de Illinois (reclamos menores) se aplica a los casos de reclamos menores en los condados de Kankakee e Iroquois. 

En el condado de Iroquois, la fecha de la primera Comparecencia no es fecha de Juicio a menos que la Corte ordene lo contrario. El demandante puede solicitar el Registro de la decisión inmediato de fallo por incomparecencia contra un demandado que haya sido notificado en la primera Audiencia si el demandado no:

  • Presentar una comparecencia,
  • Notifique por escrito al secretario del circuito al menos 7 días antes de la primera fecha de la Corte que planea impugnar la Demanda, 
  • Presentar una Comparecencia, o
  • Preséntese en la Corte en la fecha de regreso.

Más información sobre Incumplimiento de reclamos menores.

La regla 5.1 cubre:

  • Los tres métodos aceptables para que el demandado responda a la Denuncia y a la Citación,
  • Dictar fallo por incomparecencia si el demandado no cumple con los tres métodos permitidos de respuesta,
  • Fijar una fecha para el Juicio, y
  • ¿Qué ocurre cuando un demandado quiere un jurado?

¿Quién puede ayudarme con casos de reclamos menores? Copie el enlace de esta pregunta El enlace ha sido copiado. ×

Utilice Obtenga Ayuda Legal para localizar recursos. Para recibir ayuda con la presentación y preguntas sobre la corte local, contacte Illinois Court Help al (833) 411-1121. Más información sobre Determinación de ayuda legal para un caso de reclamos menores. 

Las Reglas 281-289 de la Corte Suprema de Illinois se aplican a todos los casos de reclamos menores en Illinois. Consulte el sitio web de la Corte o pregunte en la oficina del secretario de la Corte de Circuito dónde se está escuchando el caso para obtener copias de las normas locales, órdenes generales y reglamentos.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
28 de julio de 2026
Última revisión por parte del personal
28 de julio de 2026

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fuentes legales

Si desea más información, puede utilizar estos recursos como punto de partida o aprender más sobre realizar su propia investigación legal.
Procedimiento de reclamos menores del condado de Alexander, Jackson, Johnson, Massac, Pope, Pulaski, Saline, Union y Williamson, Reglas Locales del 1° Circuito Judicial de Illinois 3.1 a 3.2 Esto le llevará a otro sitio web.
Reclamos menores de los condados de Champaign, DeWitt, Douglas, Macon, Moultrie y Piatt, Illinois 6° Circuito Judicial Reglas Locales 3.1 a 3.5 Esto le llevará a otro sitio web.
Christian, Clay, Clinton, Effingham, Fayette, Jasper, Marion, Montgomery y Shelby County reclamos menores, Illinois 4th Judicial Circuit Local Rules 9-1 a 9-11 Esto le llevará a otro sitio web.
Reclamos menores del condado de Clark, Coles, Cumberland, Edgar y Vermilion, Illinois 5º circuito judicial, regla local 9 Esto le llevará a otro sitio web.
Crawford, Edwards, Franklin, Gallatin, Hamilton, Hardin, Jefferson, Lawrence, Richland, Wabash, Wayne y White County Reclamos Menores, Regla Local 15 del 2º Circuito Judicial de Illinois Esto le llevará a otro sitio web.
Fulton, Hancock, Henderson, Knox, McDonough y Warren County Reclamos Menores, Illinois 9th Judicial Circuit Local Rules 8.05 a 8.25 Esto le llevará a otro sitio web.
Reclamos menores del condado de Kankakee e Iroquois, regla local 5.1 del 21º circuito judicial de Illinois Esto le llevará a otro sitio web.
Mediación de reclamos menores anexada a la Corte del Condado de McLean, regla local 109 del 11º circuito judicial de Illinois Esto le llevará a otro sitio web.
Reclamos menores del condado de St. Clair, normas locales 14.01 a 14.04 de la Corte de Circuito del condado de St. Clair Esto le llevará a otro sitio web.
Normas estatales de reclamos menores, Normas 281 a 289 de la Corte Suprema de Illinois Esto le llevará a otro sitio web.
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