Inmigrantes e inmigración
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.
Algunos de estos beneficios pueden considerarse en la prueba de carga pública cuando usted solicita una tarjeta de residencia.
Programas de beneficios que no verifican su estado de inmigración
Algunos programas en Illinois le otorgarán beneficios sin verificar ni afectar su estado migratorio. Algunos ejemplos son:
- El Programa de Alimentos Suplementarios para Mujeres, Bebés y Niños (WIC, por sus siglas en inglés),
- All Kids,
- Educación en escuelas públicas: desde el jardín de infantes hasta el 12º grado; incluyendo programas de almuerzos escolares gratuitos (y programas de desayunos gratuitos si una escuela ofrece desayuno),
- Head Start, y
- Beneficios de salud para personas mayores inmigrantes.
Programa de Alimentos Suplementarios para Mujeres, Bebés y Niños (WIC)
WIC es un programa de asistencia alimentaria financiado por el gobierno federal. Proporciona:
- Alimentos suplementarios nutritivos,
- Referencias de atención médica, y
- Educación nutricional para mujeres embarazadas, madres primerizas y niños pequeños.
Seguro médico All kids
All kids es un programa estatal que proporciona seguro médico asequible para los niños. Consulte All kids conceptos básicos del seguro médico para obtener más información.
Los niños menores de 19 años son elegibles para la cobertura de seguro médico si:
- Vivir en Illinois, y
- Tener un ingreso familiar igual o inferior al 318% del Nivel Federal de Pobreza.
Head Start
Head Start es un programa de desarrollo infantil. Brinda servicios a niños en edad preescolar (de 3 a 5 años) y sus familias cuyos ingresos son bajos, con un enfoque en:
- Educación,
- Desarrollo social y emocional,
- Salud física y mental, y
- Nutrición.
Beneficios de salud para adultos inmigrantes (HBIA, por sus siglas en inglés) (finalización del programa)
El programa de Beneficios de Salud para Adultos Inmigrantes terminará a partir del 1 y 2025 de julio. Esto significa que los nuevos solicitantes no podrán inscribirse, y el último día de cobertura médica a través de HBIA será el 30 y 2025 de junio.
Para obtener más información, visite el sitio web del Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois.
Beneficios de salud para personas mayores inmigrantes (HBIS)
Nota: El programa de Beneficios de Salud para Personas Mayores Inmigrantes se pausó para nuevos inscritos a partir del 6 de noviembre de 2023. Esto significa que los nuevos solicitantes no podrán inscribirse, al menos por ahora.
El estado de Illinois ofrece beneficios de salud para adultos mayores inmigrantes. Puede presentar su solicitud independientemente del estado de inmigración. Esto no se considera en su contra para la prueba de carga pública.
Para ser elegible, debe ser indocumentado, incluidas las personas con Estatus de Protección Temporal.
También debe ser:
- Sea residente de Illinois,
- Tener 65 años o más, y
- Tener un ingreso anual de 2022 o menos de $13,590, o de $18,310 o menos para un hogar de dos personas. El límite de ingresos depende del número de miembros del hogar.
Las facturas médicas se pueden deducir de sus ingresos o bienes.
Los activos deben ser de $17,500 o menos. Ciertos bienes, como su casa o un automóvil, no se contarán.
Puede postular (antes de 6 de noviembre de 2023):
- En el sitio web de la Solicitud de Elegibilidad para Beneficios (ABE, por sus siglas en inglés),
- Llamando al Centro de Atención al Cliente de ABE al (800) 843-6154,
- Al obtener ayuda local, o
- Poniéndose en contacto con una Agencia de Servicios Comunitarios para obtener ayuda con la solicitud. Los servicios están disponibles en 59 idiomas.
A partir del 1 de febrero de 2024, las personas inscritas en el programa tendrán nuevos copagos y coseguros para algunos servicios de atención médica. La mayoría de los servicios cubiertos siguen siendo gratuitos, incluidas las visitas de atención primaria, los medicamentos recetados y las vacunas en su farmacia o consultorio médico. Los hospitales y centros quirúrgicos pueden cobrar un copago y un coseguro por procedimientos y servicios que no son de emergencia. No se pueden cobrar copagos ni coseguros por los servicios de emergencia que necesite por una afección médica de emergencia.
A partir del 1 de enero de 2024, la mayoría de los participantes del programa actual serán trasladados de los honorarios por servicio a los programas de atención administrada de Medicaid. Si está inscrito en HBIS y tiene un seguro privado integral o un gasto deducible, permanecerá en el programa de honorarios por notificación.
Renovar sus beneficios de HBIS
A partir del 1 y 2024 de abril, se les pedirá a los inscritos en HBIS que confirmen que aún son elegibles para la cobertura. El proceso será similar al proceso de redeterminación o renovación para otros programas Medicaid. Obtenga más información sobre Medicaid renovaciones.
Si usted es un residente permanente legal, será removido del programa HBIS como parte de este proceso de renovación. A partir del 30 y 2024 de abril, los residentes permanentes legales o los titulares de tarjetas verdes que hayan estado en los EE. UU. durante menos de cinco años ya no son elegibles para HBIS. Los residentes permanentes legales menores de cinco años deben ser referidos al Mercado de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA, por sus siglas en inglés) como una opción de seguro. Si lo remiten al Mercado de Seguros Médicos, puede obtener más información de las siguientes maneras:
- Visitar Get Covered Illinois, o
- Llamando al Centro de Llamadas del Mercado de Seguros Médicos al (800) 318-2596.
Si usted es un residente permanente legal y ha estado en los Estados Unidos durante más de 5 años, puede calificar para Medicaid, y el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois (HFS) lo transferirá de HBIS a Medicaid.
Si no está de acuerdo con una decisión de que ya no es elegible para Medicaid, puede presentar una apelación.
Recursos durante la pandemia de Covid-19
Si usted es inmigrante, refugiado o tiene un bajo nivel de inglés, puede encontrar información sobre recursos de Covid-19.
Programas de beneficios que dependen del estado de inmigración
Para otros programas, su elegibilidad depende de si usted es un "Inmigrante Calificado".
Algunos de estos programas incluyen:
- Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP)>
- Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI)>
- Ayuda de Illinois para personas mayores, ciegas o discapacitadas (AABD)>
- Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF)>
- Asistencia General de Illinois (GA)>
- Beneficios de retiro del Seguro Social, y
- Medicaid.
"Inmigrante calificado" es un término que se define en la ley de inmigración de los Estados Unidos. Los inmigrantes calificados incluyen:
- Residentes Permanentes Legales (LPRs),
- Refugiados y asilados,
- Inmigrantes que han sido puestos en libertad condicional en los EE. UU. por 1 año o más,
- Inmigrantes cuya deportación o remoción de los EE. UU. ha sido retenida,
- Inmigrantes a los que se les concede el registro de la decisión condicional,
- Entrantes haitianos/cubanos,
- Amerasians,
- Ciertos nativos americanos nacidos en el extranjero,
- Víctimas de abuso doméstico,
- Víctimas de trata, o
- Inmigrantes a quienes se les ha otorgado el estado de no inmigrante en virtud de la ley de EE. UU.
Para ser elegible para la mayoría de estos programas, usted debe ser un inmigrante calificado durante al menos 5 años. Pero para algunos de ellos, ciertos inmigrantes calificados son elegibles de inmediato.
Beneficios de SNAP para inmigrantes (cupones de alimentos)
Usted puede ser elegible inmediatamente para el programa SNAP si es miembro de uno de los siguientes grupos:
- Un inmigrante calificado que tiene en virtud de 18 años de edad,
- Refugiados,
- Víctimas de trata,
- Asilados,
- Inmigrantes a quienes se les ha suspendido la deportación,
- Inmigrantes amerasiáticos,
- inmigrantes cubanos o haitianos,
- Inmigrantes iraquíes y afganos,
- Nativos americanos nacidos en otro país,
- Los miembros de las tribus Hmong o de las Tierras Altas de Laos,
- Inmigrantes nacidos en o antes del 22 de agosto de 1931 y que vivieron legalmente en los Estados Unidos el 22 de agosto de 1996,
- Residentes permanentes legales que son ciegos o discapacitados,
- Residentes legales permanentes que son veteranos o miembros en servicio activo de las fuerzas armadas de los EE. UU. y sus dependientes, o
- Residentes legales permanentes que tienen 40 trimestres de trabajo calificados .
Usted puede ser elegible para el Programa SNAP después de un período de espera de 5 años si pertenece a uno de los siguientes grupos:
- LPRs,
- Personas en libertad condicional,
- Inmigrantes a los que se les concedió el registro de la decisión condicional, o
- Víctimas de violencia doméstica.
Más información sobre la Política de SNAP sobre la elegibilidad de los no ciudadanos.
No califico, ¿qué otras opciones tengo?
Incluso si no califica para SNAP debido a su estado de inmigración, puede solicitar para sus hijos o miembros del hogar que sí califican.
Para participar en SNAP y recibir beneficios, usted debe ganar menos de los límites de ingreso y cumplir con los demás requisitos del programa.
Recibir beneficios de SNAP no afectará su estatus migratorio. Nota del 2025 de mayo: El Departamento de Agricultura de EE. UU. ha solicitado a los estados información sobre el SNAP, pero no está claro si se recopilará y utilizará esta información y cómo lo hará.
Para obtener más información, visite el sitio de Protecting Immigrant Families y nuestra página Obtener cupones de alimentos.
Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés)
SSI proporciona beneficios mensuales para personas que tienen ingreso y bienes limitados y que:
- 65 años o más,
- Ciego, o
- Discapacitado.
Usted puede ser elegible para los beneficios de SSI si es miembro de uno de los siguientes grupos:
- LPRs,
- Inmigrantes a los que se les concedió el registro de la decisión condicional en los EE. UU.,
- Personas en libertad condicional, refugiados, asilados e inmigrantes a quienes se les ha retenido su deportación o remoción,
- inmigrantes cubanos y haitianos,
- Inmigrantes amerasiáticos, y
- Inmigrantes que han sufrido abuso doméstico.
También debe cumplir 1 de las siguientes condiciones:
- Usted estaba recibiendo SSI el 22 de agosto de 1996 y vive legalmente en los EE. UU.,
- Usted es un residente permanente legal (LPR) que tiene 40 trimestres de trabajo calificados. Para ver qué es un trimestre de trabajo calificado, consulte Trimestre de cobertura,
- Está en servicio activo en las fuerzas armadas de los Estados Unidos o es veterano, o es dependiente de un veterano o de un miembro en servicio activo,
- Usted vivía legalmente en los EE. UU. el 22 de agosto de 1996 y es ciego o discapacitado, o
- Usted es víctima de trata de personas.
Ciertos nativos americanos que no son ciudadanos estadounidenses están indultados de estas reglas.
ayuda a los ancianos, ciegos y discapacitados (AABD)
AABD es un programa de Illinois que proporciona una subvención en efectivo a ciertas personas de ingreso bajo que:
- Tener una discapacidad,
- Son ciegos, o
- A partir de 65 años.
Usted puede ser elegible para los beneficios de AABD si es miembro de uno de los siguientes grupos:
- Una persona que recibió efectivo de AABD de Illinois el 31 de diciembre de 1973,
- Una persona que cumple con la definición de anciano, ciego o discapacitado de la Administración del Seguro Social, o
- Un inmigrante de 65 años o más que estuvo legalmente presente en los EE. UU. el 22 de agosto de 1996, cumple con ciertos requisitos de ciudadanía/inmigración para recibir asistencia médica y ha sido determinado "no discapacitado" por el Seguro Social.
Para calificar, usted debe estar en uno de los siguientes grupos de inmigrantes calificados:
- Los LPR que han estado viviendo en los EE. UU. desde antes de agosto 22 de 1996 y que actualmente residen en los EE. UU.,
- Los LPR que han estado en los EE. UU. durante 5 años,
- Residentes legales permanentes en virtud de 18 años de edad,
- Inmigrantes que han sido puestos en libertad condicional en los EE. UU. por 1 año o más,
- Nativos americanos nacidos en Canadá,
- Los veteranos de EE. UU., aquellos que están en servicio activo y sus dependientes,
- Refugiados o asilados,
- inmigrantes cubanos y haitianos,
- Inmigrantes amerasiáticos y sus familiares cercanos,
- miembros de la tribu Hmong o de la tribu de las Tierras Altas de Laos,
- Inmigrantes a quienes se les concedió registro de la decisión o libertad condicional,
- Inmigrantes a quienes se les ha suspendido la deportación,
- Las víctimas de la trata de personas y sus familiares cercanos,
- Inmigrantes especiales iraquíes o afganos, o
- Víctimas de abuso doméstico y sus familias.
También puede pedirle a su gestor de casos que le explique los requisitos.
Programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families, TANF, por sus siglas en inglés)
TANF es uno de los programas de asistencia pública más grandes. Ofrece asistencia financiera temporal para las familias. TANF puede ayudarle a pagar por:
- Alimentos,
- refugio,
- Gastos de servicio público, y
- Otros gastos que no son médicos.
TANF también puede ayudarle a adquirir las habilidades necesarias para conseguir un empleo estable. TANF ofrece clases y programas para mejorar su educación y habilidades laborales.
Los requisitos de ciudadanía para TANF son los mismos que los requisitos para AABD. El Departamento de Servicios Humanos de Illinois le anima a preguntar a su trabajador de caso cuáles son esos requisitos. Si sus hijos son elegibles para beneficios y usted no, puede recibir beneficios de TANF para sus hijos.
Asistencia General de Illinois (GA)
GA proporciona asistencia económica y médica a quienes la necesitan. El programa es gestionado por un municipio o un condado.
Las reglas sobre la elegibilidad pueden cambiar de un municipio a otro. Debería comunicarse con su Centro de Recursos Comunitarios Familiares del DHS local. Para encontrar el centro más cercano a usted, consulte el Localizador de oficinas. Para obtener más información sobre la Asistencia General (GA), consulte Asistencia General.
Beneficios de retiro del Seguro Social
El Seguro Social proporciona ingresos a los trabajadores jubilados de 62 años o más.
Los inmigrantes que no son ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para los beneficios del Seguro Social si han tenido uno de los siguientes estatus durante al menos 5 años:
- Residentes permanentes legales (LPR)
- Inmigrantes autorizados para vivir y trabajar en los Estados Unidos,
- Inmigrantes admitidos porque tienen familia en Estados Unidos,
- Inmigrantes calificados a quienes se les permite trabajar en los Estados Unidos y que recibieron un número de Seguro Social después del 2003 de diciembre, o
- Otros inmigrantes calificados.
Consulte los beneficios de retiro del Seguro Social para obtener más información.
Para obtener información sobre los números y tarjetas de Seguro Social, consulte el siguiente folleto: Inglés/Español/Polaco/Francés/Chino.
Medicaid
Medicaid es un programa estatal y federal que cubre los gastos médicos de las personas con ingresos bajos.
Puede ser elegible para Medicaid si pertenece a uno de los siguientes grupos:
- Los LPR que han estado viviendo en los EE. UU. desde antes de agosto 22 de 1996 y que actualmente residen en los EE. UU.,
- Los LPR que han estado en los EE. UU. durante 5 años,
- Ciertos nativos americanos nacidos en Canadá,
- Los veteranos de EE. UU., aquellos que están en servicio activo y sus dependientes,
- Refugiados o asilados,
- inmigrantes cubanos y haitianos,
- Inmigrantes amerasiáticos y sus familiares cercanos,
- miembros de la tribu Hmong o de la tribu de las Tierras Altas de Laos,
- Inmigrantes a quienes se les concedió registro de la decisión o libertad condicional,
- Inmigrantes a quienes se les ha suspendido la deportación,
- Las víctimas de la trata de personas y sus familiares cercanos,
- Inmigrantes especiales iraquíes o afganos, o
- Víctimas de abuso doméstico y sus familias.
Todos los inmigrantes son elegibles para los siguientes servicios, sin importar el estado de inmigración:
- Servicios de emergencia, incluidos los servicios de enfermedad renal en etapa terminal,
- Las mujeres inmigrantes embarazadas pueden recibir atención durante y después del embarazo,
- beneficios médicos para inmigrantes que han solicitado asilo, y
- Beneficios médicos para víctimas de trata, tortura y otros crímenes graves.