Inmigrantes e inmigración
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Este Artículo se centra en la información para patrocinadores y en lo que una persona debe saber si quiere patrocinar a un familiar. Más información sobre cómo obtener una green card como beneficiario.
Obtener el estatus de residente permanente legal (LPR o green card) para un familiar es un proceso de dos partes. También se requieren dos personas:
- Un peticionario, y
- Un beneficiario.
El familiar patrocinador es el "peticionario" en el proceso. A menudo se les llama "patrocinador". El familiar que desea inmigrar es el "beneficiario". El proceso para obtener el estado LPR también se conoce como "obtener la green card".
¿Qué es el estado LPR?
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Los LPR son personas con permiso para vivir y trabajar permanentemente en EE. UU. También se les conoce comúnmente como "titulares de green card". El estado de LPR es permanente. Sin embargo, puede ser revocado por violar las leyes de inmigración o por cometer ciertos delitos. El estado de LPR también puede ser abandonado intencionalmente o de manera no intencional.
Un LPR puede ser elegible para solicitar convertirse en ciudadano estadounidense tras cinco años, o en algunos casos tres años.
El estado LPR es diferente del estado de visado de no inmigrante. Las visas de no inmigrante permiten a las personas venir a los EE. UU. con un propósito específico y por un periodo de tiempo limitado. Son temporales.
¿Qué es una tarjeta de residencia?
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Una tarjeta verde es un término común para referirse a una tarjeta LPR. La green card es un comprobante físico del estado LPR de alguien. A los LPR a menudo se les denomina titulares de green card. El proceso para obtener el estado LPR también se conoce como obtener la green card.
¿Quién puede ser patrocinador de un familiar para obtener la green card?
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Los ciudadanos estadounidenses y los LPR pueden ser patrocinadores de ciertos familiares para obtener la green card. Los nacionales estadounidenses no ciudadanos también pueden patrocinar a ciertos miembros de la familia. Son personas nacidas en Samoa Americana o en la isla Swains.
Nota: Las personas condenadas por ciertos delitos contra menores generalmente no pueden ser patrocinadores de familiares.
¿Qué familiares pueden los ciudadanos estadounidenses o los LPR patrocinar para obtener una green card?
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Depende de si el patrocinador es ciudadano estadounidense, LPR o no ciudadano estadounidense.
Nota: Los LPR y los ciudadanos estadounidenses no ciudadanos pueden patrocinar a los mismos tipos de familiares. De ahora en adelante, este Artículo se referirá únicamente a los patrocinadores de LPR.
Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar:
- Su cónyuge,
- Cualquier hijo soltero menor de 21 años, y
- Sus padres, si el patrocinador tiene al menos 21 años.
A estos tres tipos de familiares se les llama "familiares inmediatos". Son elegibles para solicitar la green card inmediatamente una vez que su petición es aprobada. Solo los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a familiares inmediatos.
Los ciudadanos estadounidenses también pueden patrocinar a otros miembros de la familia, llamados inmigrantes de "categoría de preferencia". Los inmigrantes de la categoría de preferencia pueden no ser elegibles para una green card de inmediato.
Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a estas personas como inmigrantes de categoría preferente:
- Sus hijos o hijas adultos solteros,
- Sus hijos e hijas casados, y
- Sus hermanos y hermanas que tienen al menos 21 años.
Los LPR solo pueden patrocinar:
- Su cónyuge,
- Su hijo menor de edad no casado menor de 21 años, y
- Su hijo adulto soltero mayor de 21 años.
Todos los beneficiarios de LPR son inmigrantes de la categoría de preferencia. A diferencia de los ciudadanos estadounidenses, los LPR no pueden ser patrocinadores de sus padres, hermanos ni de sus hijos adultos casados mayores de 21 años.
¿Qué es una presentación de un solo paso para familiares inmediatos?
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Los familiares inmediatos son elegibles para un visado tan pronto como se apruebe la petición de su patrocinador. Si el beneficiario familiar inmediato está en EE. UU. y es elegible para el ajuste de estado, puede presentar todo junto a USCIS en una sola presentación. Esto se conoce como presentación "de un solo paso" o presentación concurrente.
Las ventajas de hacer una presentación en un solo paso son que todo puede presentarse junto al mismo tiempo. Esto puede acelerar el proceso, ya que USCIS no tiene que esperar a que el beneficiario presente una solicitud después de que la petición sea aprobada. Una desventaja sería que todas las tasas necesarias deben pagarse juntas, lo cual puede ser muy caro.
¿Quién cuenta como "niño" para la inmigración basada en la familia?
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La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) tiene una definición específica de niño para fines de inmigración familiar. Para ser considerado un niño, una persona debe tener menos de 21 años y no estar casada. Si una persona cumple con la definición de menor, entonces su padre ciudadano estadounidense o LPR puede ser su patrocinador para obtener la green card.
Si alguien tiene menos de 21 años pero está legalmente casado, no puede considerarse un niño a efectos migratorios. Los niños adoptados legalmente también pueden cumplir esta definición si fueron adoptados antes de cumplir 16 años y han estado bajo la custodia legal y física del progenitor o padres adoptivos durante al menos dos años antes de solicitar.
Los hijastros se consideran igual que los hijos biológicos, siempre que su padrastro y progenitor biológico se casaran antes de que el niño cumpliera 16 años.
En Illinois, los niños nacidos cuando sus padres biológicos no estaban casados (también conocidos como nacidos "fuera del matrimonio") tienen los mismos derechos que los hijos nacidos de padres casados. Por lo tanto, los niños nacidos fuera del matrimonio en Illinois pueden considerarse hijos de un progenitor que lo solicita.
Nota: Para las personas que viven fuera de Illinois, las normas para los hijos fuera del matrimonio pueden ser diferentes. Consulte con un abogado local de inmigración o con un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ) para obtener Más información.
Existen normas especiales sobre cómo manejar a un niño que cumple 21 años antes de que se complete el proceso de la tarjeta verde. Más información sobre el proceso de envejecimiento aquí.
¿Cuál es el proceso para patrocinar a un familiar?
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Generalmente, obtener una tarjeta de residencia de un familiar es un proceso de dos pasos:
- Paso 1: El patrocinador debe Presentar el Formulario I-130, Petición para familiar extranjero.
- Paso 2: Una vez aprobado el I-130, el beneficiario podrá solicitar la green card mediante ajuste de estatus o procesamiento consular.
Importante: Un formulario I-130 aprobado no proporciona estado de inmigración al beneficiario. Para obtener una tarjeta verde, el beneficiario debe Presentar una Solicitud aparte.
Cuando se aprueba el I-130, el beneficiario puede presentar la solicitud para la green card cuando se disponga de un visado.
Si el beneficiario es un familiar directo, es elegible para Presentar la tarjeta de residencia cuando se aprueba la petición. Si el beneficiario está en Estados Unidos, incluso puede que pueda presentar una green card al mismo tiempo que presenta su petición. Esto se denomina presentación "de un solo paso" o presentación concurrente. Todos los familiares no inmediatos, de categoría de preferencia, tendrán que esperar hasta que haya un visado disponible.
Si el beneficiario está fuera de Estados Unidos, debe realizar un proceso consular. Esto significa que solicitan una tarjeta verde al Departamento de Estado (DOS) y son procesados en el extranjero. Si el beneficiario está en EE. UU., puede presentar una solicitud de ajuste de estado ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Incluso si un beneficiario vive en EE. UU., puede que no pueda ajustar su estado. La ley puede exigirles abandonar Estados Unidos y realizar el proceso consular en su país de origen. Un abogado puede ayudarle a navegar esta compleja área del derecho. Cualquier persona que no esté segura de su estado de inmigración debería consultar a un abogado de inmigración antes de decidir salir de Estados Unidos.
En ambos casos, se puede esperar pagar tasas, proporcionar datos biométricos y realizar una entrevista antes de obtener la tarjeta de residencia.
¿Puede un ciudadano estadounidense o un LPR patrocinar a un familiar si el patrocinador tiene antecedentes penales?
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Depende del tipo de condena penal. Generalmente, un ciudadano estadounidense o un LPR condenado por un "delito específico contra un menor" no puede ser patrocinador de un familiar. Esta norma se aplica incluso si el ciudadano estadounidense o el LPR intenta ser patrocinador de un cónyuge u otro adulto. Diversos delitos contra menores que impiden que alguien patrocine a un familiar incluyen:
- Secuestro,
- Detención ilegal,
- Solicitud para participar en conductas sexuales,
- Uso en una actuación sexual,
- Solicitud para ejercer la prostitución,
- Voyeurismo en video,
- Pornografía infantil,
- Conducta sexual delictiva contra un menor, y
- El uso de Internet para facilitar conductas sexuales delictivas contra un menor.
Las personas con este tipo de condenas penales solo pueden patrocinar a un familiar si pueden demostrar, más allá de toda duda razonable, que no representan ningún riesgo para el familiar al que están patrocinando. Este es un estándar legal muy alto que puede ser difícil de demostrar. Es útil contar con un abogado si un ciudadano estadounidense o un LPR tiene este tipo de condena penal y quiere ser patrocinador de un familiar.
Mayor riesgo para los patrocinadores de LPR: Los patrocinadores pueden estar obligados a que se les tomen las huellas dactilares en una cita biométrica después de presentar su Formulario I-130. Si un patrocinador de LPR tiene alguno de estos tipos de condenas, el gobierno de EE. UU. se enterará de estas condenas. El patrocinador puede ser remitido para deportación si su condena es lo suficientemente grave. Los patrocinadores de LPR con condenas penales deben hablar con un Abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ para determinar su riesgo.
¿Qué necesita un patrocinador para presentar una petición para un familiar?
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Un patrocinador solo necesita completar un formulario para presentar una petición a un familiar: Formulario 1-130 Petición para Familiar Extranjero. Este formulario muestra el parentesco entre el patrocinador y el familiar inmigrante, o beneficiario.
El patrocinador deberá aportar pruebas de su ciudadanía estadounidense, estado LPR o estado nacional estadounidense. Estos pueden ser copias de:
- Un pasaporte estadounidense,
- Certificado de ciudadanía, o
- Certificado de nacimiento que muestra el nacimiento en EE. UU.
El patrocinador también debe aportar pruebas del parentesco familiar, como un certificado de matrimonio para el cónyuge o un certificado de nacimiento para un hijo.
Si solicita un cónyuge, el patrocinador también debe aportar pruebas que demuestren que el matrimonio es "de buena fe". Esto significa que deben demostrar que el matrimonio no se contrajo solo con fines migratorios. El gobierno querrá ver que el patrocinador y el beneficiario se casaron porque querían construir una vida juntos. El peticionario puede presentar documentos como:
- Contratos de hipoteca o de contrato de alquiler que demuestren que viven con el beneficiario,
- Facturas de servicio público con ambos sus nombres,
- Extractos de cuentas bancarias de propiedad conjunta, y
- Certificados de nacimiento de cualquier hijo que les haya nacido.
Las instrucciones del Formulario I-130 enumeran los documentos específicos necesarios para cada tipo de Solicitud. El gobierno también puede pedir al patrocinador que proporcione datos biométricos e información adicional para las verificaciones de antecedentes.
Nota: Cuando el beneficiario solicita su tarjeta verde, el patrocinador también deberá presentar una Declaración jurada de manutención en el Formulario I-864.
¿Qué es una Declaración jurada de manutención?
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Los patrocinadores deben presentar un Formulario I-864 declaración jurada de apoyo cuando el beneficiario solicite su tarjeta verde. Este es un contrato legal que el patrocinador hace con el gobierno de Estados Unidos. Dice que el patrocinador tiene la responsabilidad legal de apoyar económicamente a ese familiar.
El patrocinador debe demostrar que tiene ingresos familiares iguales o superiores al 125% del umbral federal de pobreza. El patrocinador también debe comprometerse a apoyar económicamente al beneficiario. Esta responsabilidad legal suele durar hasta que el beneficiario se convierte en ciudadano estadounidense o trabaja durante diez años. Termina si fallece el patrocinador o la persona patrocinada, pero no termina con el divorcio. Incluso si se divorcian, el patrocinador sigue siendo responsable económicamente del beneficiario.
Si el beneficiario recibe ciertos beneficios públicos, el patrocinador puede ser responsable de devolver al gobierno el valor de esos beneficios. Si el patrocinador no puede cumplir con los requisitos de ingreso, otra persona debe presentar una declaración jurada de manutención. A esta persona se le llama "patrocinador conjunto". El patrocinador conjunto no tiene por qué estar relacionado con el beneficiario.
¿Cuánto cuesta patrocinar a un familiar?
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A fecha del 2026 de julio, la tasa para presentar un formulario I-130 online es de $625. Cuesta $675 presentarlo en papel. Esto es solo la tasa del formulario I-130. No hay exención de honorarios disponible para el Formulario I-130.
Cuando llega el momento de que el beneficiario presente su tarjeta de residencia, hay cargos adicionales con esa Solicitud. Si el beneficiario es un familiar inmediato y elegible para ajuste de estado, puede presentar el Formulario I-130 junto con su solicitud de ajuste de estado y pagar todas las tasas asociadas. La cantidad variará dependiendo de si el beneficiario necesitará una exención. También habrá costos asociados a la realización de un examen médico.
USCIS ofrece una calculadora de tarifas en su sitio web para ayudar a las personas a obtener una estimación de sus costes relacionados con la inmigración.
¿Cuánto tiempo tarda el patrocinio familiar?
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El proceso puede durar muchos años. Primero, el formulario I-130 debe ser aprobado. Para determinar cuánto tiempo tardan los Formularios I-130 en ser aprobados, consulte la página de tiempos de procesamiento de USCIS. A fecha del 2026 de julio, los I-130 presentados por ciudadanos estadounidenses para familiares inmediatos tardan 72 meses en tramitarse. Una vez aprobada la petición, el beneficiario debe solicitar la green card, ya sea mediante ajuste de estado o tramitación consular. Una vez presentado, esto también puede tardar meses o años en ser aprobado.
Para familiares inmediatos aprobados, los visados siempre están disponibles sin tiempo de espera. Incluso si hacen una presentación en un solo paso, sigue tardando en procesar la Solicitud, y esto puede tardar meses o años.
¿Cuáles son los retos más comunes del patrocinio familiar?
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Algunos retos comunes con el patrocinio familiar son:
- La necesidad del patrocinador de demostrar el apoyo financiero al beneficiario,
- Potencialmente, tiempos de espera muy largos para la disponibilidad de visado,
- Demostrar que un matrimonio es legítimo y no fraudulento,
- Recopilar y traducir los documentos necesarios para la Solicitud,
- Navegar inadmisibilidad, y
- Pagar las tasas.
Consulte con un abogado de inmigración experimentado o un representante acreditado por el DOJ antes de decidir ser patrocinador de un familiar. Pueden ayudar a evaluar el riesgo que supone para el patrocinador, preparar las solicitudes y seleccionar la mejor evidencia para la solicitud.
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Puede obtener ayuda legal gratuita.