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Avisos de desalojo en viviendas públicas

El propietario a cargo de un edificio de vivienda pública debe dar un aviso por escrito al inquilino antes de desalojarlo. El aviso debe indicar en detalle la razón del desalojo.

El aviso también debe indicar si el inquilino tiene derecho a una audiencia de queja para ver qué puede hacer para evitar el desalojo. Si el inquilino no tiene derecho a una audiencia de queja, el aviso debe indicar por qué.

Una solicitud para una audiencia de queja debe ser por escrito. Debe hacerse dentro del plazo indicado en el aviso. Si el inquilino solicita una audiencia informal y no está satisfecho con el resultado, puede solicitar una audiencia formal de queja.

Hay 2 tipos de aviso:

  • 14 de aviso - Se utiliza cuando el inquilino no ha pagado la renta.
  • 10 aviso: se utiliza para otra causa justificada, como actividades delictivas violentas o relacionadas con drogas, o comportamientos que amenazan a otros.

El propietario puede:

  • Entregue el aviso directamente al inquilino,
  • Entregue el aviso a alguien que viva en la casa del inquilino que tenga 13 años o más, o
  • Envíelo al inquilino por correo certificado.

El período de aviso comienza el día en que la persona recibe el aviso. Si el último día del período de aviso cae en un fin de semana o feriado, el aviso finaliza el siguiente día hábil. El propietario debe conservar una copia del aviso.

A menos que el inquilino pague la renta o solicite una audiencia de queja antes de que finalice el período de aviso, el propietario puede presentar una demanda de desalojo. En Chicago y algunas otras ciudades, el inquilino puede evitar un desalojo corrigiendo las violaciones del contrato de renta dentro del período del aviso.

Última revisión completa realizada por un experto en la materia
29 de abril de 2020
Última revisión por parte del personal
24 de mayo de 2020